Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-26881)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Ciudad Autónoma de Ceuta, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 177683
2.8 Las obligaciones pendientes de pago de la AGCA se encuentran infravaloradas en un importe
neto conjunto de 6.099 miles de euros, debido, por una parte, a deudas pendientes de registro con
la sociedad EMVICESA por la ejecución de diferentes obras, rehabilitaciones y otras actuaciones
encomendadas a la sociedad en ejercicios anteriores así como, por otra parte, a obligaciones
reconocidas no realizables a 31 de diciembre de 2020 con la sociedad PROCESA por gastos
cofinanciados no ejecutados por esta (424 miles de euros) y por excedentes de financiación
comunicados por la sociedad a la AGCA (341 miles de euros) (2.54).
2.9 El saldo de la cuenta (413) Obligaciones pendientes de aplicar al presupuesto está infravalorado
en 7.623 miles de euros por gastos devengados no imputados al presupuesto pero que reúnen
todos los requisitos para efectuar dicha imputación y que, asimismo, debieron registrarse en la
cuenta del resultado económico (2.55).
2.10 No se han dotado provisiones para riesgos y gastos a pesar de que en 2021 han resultado
desfavorables dos procedimientos judiciales, que estaban abiertos a 31 de diciembre de 2020, por
2.500 miles de euros (2.56).
2.11 La cuenta del resultado económico-patrimonial de la AGCA de 2020 presenta salvedades y
limitaciones significativas derivadas de la ausencia de dotaciones anuales a la amortización por
depreciación de los elementos del inmovilizado material e inmaterial, la falta de registro de
provisiones por deterioro de los activos no corrientes y la sobrevaloración o minusvaloración de
derechos y obligaciones reconocidas (2.57).
2.12 La Memoria de la AGCA adolece de omisiones y carencias de información relevantes, entre
las que se significan las correspondientes a las siguientes materias: inmovilizado, tasas y precios
públicos percibidos, convenios de colaboración suscritos, los gastos con financiación afectada y
compromisos de ingresos, las coberturas contables y los indicadores de gestión. Tampoco informa
sobre los hechos posteriores al cierre del ejercicio. Además, no se incorpora una relación de las
notas que no tienen contenido ni se especifica, para las que figuran en blanco o con importes nulos,
si esta circunstancia se produce como consecuencia de la ausencia de operaciones en el ejercicio
(2.58).
2.13 El remanente de tesorería de la AGCA, a 31 de diciembre de 2020, refleja un saldo positivo de
101.899 miles de euros, que no refleja la verdadera situación financiera a corto plazo de la AGCA,
encontrándose sobrevalorado en 91.471 miles de euros (2.59 y cuadro 16).
2.15 El Organismo Autónomo Servicios Tributarios de Ceuta, que tiene atribuida la gestión de los
recursos tributarios de la AGCA, no ha registrado en su balance aplazamientos y fraccionamientos
concedidos a deudores tributarios de la Ciudad por 1.762 miles de euros. Asimismo, mantiene un
exceso de amortización de su inmovilizado al haber incorporado en las dotaciones anuales de las
construcciones la parte correspondiente al valor del suelo (2.62 y 2.64).
2.16 El tratamiento contable aplicado por las sociedades AMGEVICESA, OBIMASA, OBIMACE,
S.L.U., EMVICESA y Parque Marítimo del Mediterráneo, S.A. a las ayudas recibidas de la Ciudad
Autónoma para gastos de funcionamiento no ha seguido lo dispuesto en la O.EHA/733/2010, de 25
cve: BOE-A-2024-26881
Verificable en https://www.boe.es
2.14 Los Organismos Autónomos no han contabilizado los bienes inmuebles recibidos en
adscripción de la AGCA correspondientes a sus sedes sociales, que están radicadas en edificios
propiedad de la AGCA, a excepción del Instituto Ceutí de Deportes. No obstante, este mismo
Organismo no ha registrado cuatro instalaciones deportivas gestionadas por él, cuyo valor razonable
no ha podido determinarse al no disponer la Ciudad de tasaciones y valoraciones actualizadas de
los mismos (2.61).
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 177683
2.8 Las obligaciones pendientes de pago de la AGCA se encuentran infravaloradas en un importe
neto conjunto de 6.099 miles de euros, debido, por una parte, a deudas pendientes de registro con
la sociedad EMVICESA por la ejecución de diferentes obras, rehabilitaciones y otras actuaciones
encomendadas a la sociedad en ejercicios anteriores así como, por otra parte, a obligaciones
reconocidas no realizables a 31 de diciembre de 2020 con la sociedad PROCESA por gastos
cofinanciados no ejecutados por esta (424 miles de euros) y por excedentes de financiación
comunicados por la sociedad a la AGCA (341 miles de euros) (2.54).
2.9 El saldo de la cuenta (413) Obligaciones pendientes de aplicar al presupuesto está infravalorado
en 7.623 miles de euros por gastos devengados no imputados al presupuesto pero que reúnen
todos los requisitos para efectuar dicha imputación y que, asimismo, debieron registrarse en la
cuenta del resultado económico (2.55).
2.10 No se han dotado provisiones para riesgos y gastos a pesar de que en 2021 han resultado
desfavorables dos procedimientos judiciales, que estaban abiertos a 31 de diciembre de 2020, por
2.500 miles de euros (2.56).
2.11 La cuenta del resultado económico-patrimonial de la AGCA de 2020 presenta salvedades y
limitaciones significativas derivadas de la ausencia de dotaciones anuales a la amortización por
depreciación de los elementos del inmovilizado material e inmaterial, la falta de registro de
provisiones por deterioro de los activos no corrientes y la sobrevaloración o minusvaloración de
derechos y obligaciones reconocidas (2.57).
2.12 La Memoria de la AGCA adolece de omisiones y carencias de información relevantes, entre
las que se significan las correspondientes a las siguientes materias: inmovilizado, tasas y precios
públicos percibidos, convenios de colaboración suscritos, los gastos con financiación afectada y
compromisos de ingresos, las coberturas contables y los indicadores de gestión. Tampoco informa
sobre los hechos posteriores al cierre del ejercicio. Además, no se incorpora una relación de las
notas que no tienen contenido ni se especifica, para las que figuran en blanco o con importes nulos,
si esta circunstancia se produce como consecuencia de la ausencia de operaciones en el ejercicio
(2.58).
2.13 El remanente de tesorería de la AGCA, a 31 de diciembre de 2020, refleja un saldo positivo de
101.899 miles de euros, que no refleja la verdadera situación financiera a corto plazo de la AGCA,
encontrándose sobrevalorado en 91.471 miles de euros (2.59 y cuadro 16).
2.15 El Organismo Autónomo Servicios Tributarios de Ceuta, que tiene atribuida la gestión de los
recursos tributarios de la AGCA, no ha registrado en su balance aplazamientos y fraccionamientos
concedidos a deudores tributarios de la Ciudad por 1.762 miles de euros. Asimismo, mantiene un
exceso de amortización de su inmovilizado al haber incorporado en las dotaciones anuales de las
construcciones la parte correspondiente al valor del suelo (2.62 y 2.64).
2.16 El tratamiento contable aplicado por las sociedades AMGEVICESA, OBIMASA, OBIMACE,
S.L.U., EMVICESA y Parque Marítimo del Mediterráneo, S.A. a las ayudas recibidas de la Ciudad
Autónoma para gastos de funcionamiento no ha seguido lo dispuesto en la O.EHA/733/2010, de 25
cve: BOE-A-2024-26881
Verificable en https://www.boe.es
2.14 Los Organismos Autónomos no han contabilizado los bienes inmuebles recibidos en
adscripción de la AGCA correspondientes a sus sedes sociales, que están radicadas en edificios
propiedad de la AGCA, a excepción del Instituto Ceutí de Deportes. No obstante, este mismo
Organismo no ha registrado cuatro instalaciones deportivas gestionadas por él, cuyo valor razonable
no ha podido determinarse al no disponer la Ciudad de tasaciones y valoraciones actualizadas de
los mismos (2.61).