Tribunal de Cuentas. I. Disposiciones generales. Rendición de cuentas. Gestión informatizada. (BOE-A-2024-26774)
Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se publica el Acuerdo del Pleno de 18 de diciembre de 2024, por el que se aprueba la Instrucción que regula la rendición telemática al Tribunal de Cuentas de las Cuentas Generales de las Comunidades Autónomas sin Órgano de Control Externo Autonómico propio, a partir de la correspondiente al ejercicio 2024, y el formato de dichas cuentas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Lunes 23 de diciembre de 2024

Sec. I. Pág. 176521

Regla 4. Formato de carga de las cuentas anuales de las entidades y grupos de
entidades.
1. La información principal de las cuentas anuales, sin perjuicio de las
adaptaciones semánticas necesarias según lo previsto en el punto sexto de esta
regla, se cargará en fichero XBRL, ajustado a las especificaciones técnicas definidas
por la IGAE para las taxonomías CONTAEPA(5) y CONTAEP(6), que son objeto de
publicación en el portal de la Administración Presupuestaria en Internet (actualmente,
www.oficinavirtual.pap.hacienda.gob.es), conforme al siguiente detalle:
(5)
https://www.oficinavirtual.pap.hacienda.gob.es/sitios/oficinavirtual/es-ES/CatalogoSistemasInformacion/REDcoa/
Paginas/TaxonomiaXBRLCONTAEPA.aspx
(6)
https://www.oficinavirtual.pap.hacienda.gob.es/sitios/oficinavirtual/es-ES/CatalogoSistemasInformacion/CICEPred/
Paginas/TaxonomiaXBRLCONTAEP.aspx

a) Las entidades a las que les sea de aplicación el correspondiente Plan General
de Contabilidad Pública autonómico deberán presentar la información de sus cuentas
anuales en fichero XBRL ajustado a las especificaciones técnicas definidas por la IGAE
para la taxonomía CONTAEPA, limitativos.
b) Los fondos carentes de personalidad jurídica que elaboren sus cuentas conforme
a las normas contables aprobadas por Resolución de 1 de julio de 2011, de la IGAE,
deberán presentar la información de sus cuentas anuales en fichero XBRL ajustado a las
especificaciones técnicas definidas por la IGAE para la taxonomía CONTAEPA, fondos.
c) Las entidades a las que les sea de aplicación el Plan General de Contabilidad de
la empresa española y sus adaptaciones deberán presentar la información de sus
cuentas anuales en fichero XBRL ajustado a las especificaciones técnicas definidas por
la IGAE para la taxonomía CONTAEP, entidades no financieras, grupos consolidables o
fundaciones. No formará parte de la información a presentar la incluida en los módulos
de «información del artículo 129.3» y de «información en caso de causar baja» de la
taxonomía CONTAEP.
2. En caso de ser necesario aportar información complementaria a estados
principales o a apartados de la memoria cuya información principal se contenga en el
fichero XBRL, esta se cargará, preferentemente, en formato XML ajustado a las
especificaciones técnicas definidas por el Tribunal de Cuentas y publicadas en la Sede
electrónica del Tribunal de Cuentas(7) o, en su defecto, en PDF.
https://sede.tcu.es/es/sede-electronica/GRCuentas/

3. La información de las cuentas que no esté incluida en la respectiva taxonomía,
así como la información adicional a la memoria o a la cuenta, se cargará,
preferentemente, en formato XML, ajustado a las especificaciones técnicas definidas por
el Tribunal de Cuentas y publicadas en su Sede electrónica o, en su defecto, en PDF.
4. Aquellos estados contables o apartados de la memoria que no puedan adaptarse
al estándar de la taxonomía de la IGAE, y previa solicitud cursada a través de la
Plataforma Ret@n, podrán cargarse en formato XML ajustado a las especificaciones
técnicas definidas por el Tribunal de Cuentas y publicadas en su Sede electrónica o, de
no ser viable, en PDF.
5. En el caso de la taxonomía CONTAEP, la Plataforma Ret@n habilita la
posibilidad de carga manual de los estados principales mediante la cumplimentación de
formularios.
6. Con el objeto de que el contenido y la visualización de las cuentas cargadas con
la taxonomía CONTAEPA se ajuste a las particularidades y especialidades normativas
existentes en cada una de las Comunidades Autónomas, se remitirán ficheros XML de
adaptación semántica de la taxonomía XBRL CONTAEPA ajustados a las
especificaciones técnicas definidas por el Tribunal de Cuentas, que son objeto de
publicación en su Sede electrónica.

cve: BOE-A-2024-26774
Verificable en https://www.boe.es

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