Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-26865)
Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
7.
Sec. II.B. Pág. 176874
Reclamaciones contra la propuesta de la comisión de acceso
7.1 Plazo, órgano competente, escrito de reclamación y alegaciones de las
personas interesadas.
Contra la propuesta de nombramiento realizada por la comisión de acceso, las
personas concursantes podrán presentar reclamación ante el rector en el plazo máximo
de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de su publicación en el e-TOUZ.
La reclamación se presentará a través del registro electrónico de la Universidad y deberá
contener toda la información exigida en el artículo 66.1 de la L39/15 y, de manera especial y
con toda claridad, los hechos, razones y petición en que se concrete la reclamación. A tal fin,
las personas aspirantes tendrán acceso al expediente en la sede del departamento al que
esté adscrita la plaza objeto de la reclamación para lo cual el interesado deberá concertar cita
con la administración del departamento. Esta consulta, en los supuestos en que, a juicio del
departamento, resulte adecuado, podrá realizarse por medios electrónicos.
7.2
Admisión a trámite de la reclamación y plazo de resolución.
Si la reclamación reúne los requisitos indicados en el apartado anterior, el rector la
admitirá a trámite, se anunciará en el e-TOUZ y se remitirá al presidente de la Comisión
de Reclamaciones; en caso contrario, el rector dictará resolución inadmitiendo la
reclamación y se notificará a la persona interesada.
Las personas participantes en el concurso de acceso dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación en el e-TOUZ de la
admisión a trámite, para formular las alegaciones que estimen procedentes ante la
Comisión de Reclamaciones.
La Comisión de Reclamaciones dispondrá de un plazo máximo de tres meses,
contados desde la fecha en que la reclamación sea notificada a su presidente, para
ratificar o no la propuesta de la comisión de acceso, tras lo que el rector dictará la
correspondiente resolución. Trascurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución
expresa, la reclamación se entenderá desestimada.
8.
Acceso al expediente
8.1 Quienes accedan al expediente y consulten datos de otras personas aspirantes
están sometidos al deber de confidencialidad por lo que deberán guardar reserva de los
mismos y solo podrán hacer uso de tales datos a los efectos de argumentar o plantear
tanto la reclamación como las alegaciones a que hubiere lugar, en su caso.
Cualquier divulgación de datos del expediente podrá implicar la exigencia de
responsabilidades conforme a la legislación vigente.
Los datos obtenidos, en cualquier soporte, serán destruidos una vez cumplida la
finalidad para la que se solicitaron.
8.2 El acceso al expediente se formalizará a través del registro electrónico de la
universidad utilizando el formulario que se encuentra en la siguiente dirección:
IMPRESO_DE_SOLICITUD_DE_DATOS.xls
9.1
Presentación de documentación.
Los/las candidatos/as propuestos/as para la provisión de las plazas deberán
presentar, en los veinte días siguientes al de la publicación en el e-TOUZ de la propuesta
de provisión por la comisión de acceso, los siguientes documentos:
a) Salvo que ya obren en poder de la Universidad de Zaragoza, copia del título de
Doctor o, en su caso, copia cotejada de la homologación o del certificado de equivalencia
cve: BOE-A-2024-26865
Verificable en https://www.boe.es
9. Presentación de documentación, reconocimiento médico y nombramiento
Núm. 308
Lunes 23 de diciembre de 2024
7.
Sec. II.B. Pág. 176874
Reclamaciones contra la propuesta de la comisión de acceso
7.1 Plazo, órgano competente, escrito de reclamación y alegaciones de las
personas interesadas.
Contra la propuesta de nombramiento realizada por la comisión de acceso, las
personas concursantes podrán presentar reclamación ante el rector en el plazo máximo
de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de su publicación en el e-TOUZ.
La reclamación se presentará a través del registro electrónico de la Universidad y deberá
contener toda la información exigida en el artículo 66.1 de la L39/15 y, de manera especial y
con toda claridad, los hechos, razones y petición en que se concrete la reclamación. A tal fin,
las personas aspirantes tendrán acceso al expediente en la sede del departamento al que
esté adscrita la plaza objeto de la reclamación para lo cual el interesado deberá concertar cita
con la administración del departamento. Esta consulta, en los supuestos en que, a juicio del
departamento, resulte adecuado, podrá realizarse por medios electrónicos.
7.2
Admisión a trámite de la reclamación y plazo de resolución.
Si la reclamación reúne los requisitos indicados en el apartado anterior, el rector la
admitirá a trámite, se anunciará en el e-TOUZ y se remitirá al presidente de la Comisión
de Reclamaciones; en caso contrario, el rector dictará resolución inadmitiendo la
reclamación y se notificará a la persona interesada.
Las personas participantes en el concurso de acceso dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación en el e-TOUZ de la
admisión a trámite, para formular las alegaciones que estimen procedentes ante la
Comisión de Reclamaciones.
La Comisión de Reclamaciones dispondrá de un plazo máximo de tres meses,
contados desde la fecha en que la reclamación sea notificada a su presidente, para
ratificar o no la propuesta de la comisión de acceso, tras lo que el rector dictará la
correspondiente resolución. Trascurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución
expresa, la reclamación se entenderá desestimada.
8.
Acceso al expediente
8.1 Quienes accedan al expediente y consulten datos de otras personas aspirantes
están sometidos al deber de confidencialidad por lo que deberán guardar reserva de los
mismos y solo podrán hacer uso de tales datos a los efectos de argumentar o plantear
tanto la reclamación como las alegaciones a que hubiere lugar, en su caso.
Cualquier divulgación de datos del expediente podrá implicar la exigencia de
responsabilidades conforme a la legislación vigente.
Los datos obtenidos, en cualquier soporte, serán destruidos una vez cumplida la
finalidad para la que se solicitaron.
8.2 El acceso al expediente se formalizará a través del registro electrónico de la
universidad utilizando el formulario que se encuentra en la siguiente dirección:
IMPRESO_DE_SOLICITUD_DE_DATOS.xls
9.1
Presentación de documentación.
Los/las candidatos/as propuestos/as para la provisión de las plazas deberán
presentar, en los veinte días siguientes al de la publicación en el e-TOUZ de la propuesta
de provisión por la comisión de acceso, los siguientes documentos:
a) Salvo que ya obren en poder de la Universidad de Zaragoza, copia del título de
Doctor o, en su caso, copia cotejada de la homologación o del certificado de equivalencia
cve: BOE-A-2024-26865
Verificable en https://www.boe.es
9. Presentación de documentación, reconocimiento médico y nombramiento