Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2024-26772)
Adenda n.º 2 al Convenio de 20 de diciembre de 2022, para la explotación y mantenimiento de la sección internacional de una línea ferroviaria de alta velocidad entre Figueres y Perpiñán, hecha en Madrid y París el 15 de noviembre, 5 y 9 de diciembre de 2024.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Lunes 23 de diciembre de 2024

Sec. I. Pág. 176491

Mediante auto del 29 septiembre de 2016, el Juzgado de lo Mercantil de Girona dictó
la apertura de la fase de liquidación de la sociedad TP Ferro Concesionaria, SA.
En una carta de fecha 19 de diciembre de 2016, el Reino de España y la República
Francesa notificaron a la sociedad TP Ferro Concesionaria, SA, la resolución del
Contrato de Concesión, efectiva a partir del 20 de diciembre de 2016.
Las Partes precisaron en el «Convenio para la explotación y mantenimiento de la
Sección Internacional de una línea ferroviaria de alta velocidad entre Figueres y
Perpiñán» de fecha 19 de diciembre de 2016, de acuerdo con el Protocolo Adicional, las
condiciones en las que la sociedad Línea Figueras Perpignan, SA, se encargaría de
garantizar la continuidad del servicio público en la Sección Internacional, a partir del 21
de diciembre de 2016.
El 20 de diciembre de 2022, las Partes firmaron un nuevo «Convenio para la
explotación y mantenimiento de la Sección Internacional de una línea ferroviaria de alta
velocidad entre Figueres y Perpiñán», en lo sucesivo denominado «el Convenio», para
confiar la explotación y el mantenimiento de la Sección Internacional a la sociedad Línea
Figueras Perpignan, SA, por otros cuatro (4) años.
Con posterioridad a la firma del Convenio, la sociedad Línea Figueras Perpignan, SA,
comunicó que durante el año 2023 se habían producido varios acontecimientos
exógenos y fuera del control de la sociedad que afectaban de manera sustancial al
tráfico en la sección internacional y, por lo tanto, a sus ingresos en el año 2023 y el
año 2024. Estos hechos sobrevenidos fueron:
– La completa interrupción de los servicios de RENFE Viajeros entre España y
Francia desde diciembre de 2022. Estos servicios se reanudaron el 13 de julio de 2023, y
de manera parcial. La vuelta a la normalidad se realizó el 1 de octubre de 2023.
– La anulación de un gran número de trenes entre enero y mayo de 2023, debido a
las huelgas en Francia.
– La anulación de trenes con origen o destino en Alemania como consecuencia de la
saturación de la red de DB Netz.

1.

Objeto de la adenda.

En primer lugar, el Plan de Explotación presentado por el Proveedor de Servicios
muestra un Importe Máximo Acumulado en los tres años restantes del Convenio, es
decir, 2024, 2025 y 2026, superior a la que figura en el anexo 5 del Convenio vigente,
modificado por la Adenda n.º 1. La presente adenda tiene por objeto modificar el Importe
Máximo Acumulado que figura en el apéndice 5 del Convenio. Las partes se
comprometen a reunirse antes del final de 2024 con el fin de asegurar el mantenimiento

cve: BOE-A-2024-26772
Verificable en https://www.boe.es

Como consecuencia de ello, las Partes firmaron una adenda al Convenio, en lo
sucesivo denominada Adenda n.º 1, con el fin de revisar la distribución anual de los
importes que figuraban en el anexo 5 del Convenio, a fin de atender a las necesidades
de financiación a corto plazo de la sociedad Línea Figueras Perpignan, SA.
Desde la firma de esta Adenda n.º 1, la sociedad Línea Figueras Perpignan, SA, ha
seguido recaudando menos de lo que había previsto, debido a una fuerte caída del
tráfico en la Sección Internacional, por diferentes motivos sumados a los que dieron lugar
a la Adenda n.º 1.
Reconociendo esta situación, la sociedad Línea Figueras Perpignan, SA, ha
presentado en 2024 la octava revisión del Plan de Explotación (Plan Financiero) que
concluye la necesidad de un incremento del Importe Máximo Acumulado previsto por el
anexo 5 del Convenio vigente para el global del periodo 2024 a 2026.
Además, las Partes han acordado introducir una tarificación más atractiva para los
trenes de mercancías, con el fin de acelerar el cambio modal, lo que supone la reducción
de los correspondientes cánones previstos, a partir del 1 de enero de 2025.
Teniendo en cuenta lo expuesto, se acuerda y estipula lo siguiente: