Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Hidrocarburos. (BOE-A-2024-26667)
Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Enagás Transporte, SAU, autorización administrativa para el proyecto Adaptación del sistema de amarre para buques de 180.000 m³ en la planta de regasificación de Huelva.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306
Viernes 20 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 175485
determina la metodología de retribución de las actividades reguladas de transporte y
de regasificación de gas natural y la Circular 8/2020, de 2 de diciembre, por la que
se establecen los valores unitarios de referencia de inversión y de operación y
mantenimiento para el periodo regulatorio 2021-2026 y los requisitos mínimos para las
auditorías sobre inversiones y costes en instalaciones de transporte de gas natural y
plantas de gas natural licuado y teniendo en cuenta que la empresa ha acreditado
suficientemente los requisitos exigidos por el artículo 67.2 de la Ley 34/1998, de 7 de
octubre, del sector de hidrocarburos,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Primero.
1.ª En todo momento la empresa Enagás, deberá cumplir en relación con la
adaptación del sistema de amarre para buques instalado en la planta de regasificación
de Huelva, objeto de este proyecto, cuanto se establece en la Ley 34/1998, de 7 de
octubre, del sector de hidrocarburos, así como en las disposiciones y reglamentaciones
que la complementen y desarrollen; en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre,
por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, en la
legislación sobre evaluación de impacto ambiental así como en las disposiciones
legislativas en materia de ordenación del territorio; en la Ley 21/1992, de 16 de julio,
de Industria, así como en las normas y disposiciones reglamentarias de desarrollo y
aplicación de la misma.
2.ª Las actuaciones que se autorizan por la presente resolución habrán de
realizarse de acuerdo con el proyecto técnico básico de instalaciones denominado
«Adaptación del sistema de amarre para buques de 180.000 m3» en la planta de
Regasificación de Huelva. Este documento técnico ha sido suscrito por Ingeniero
de Caminos, Canales y Puertos, con núm. de colegiado 15890 del Colegio Oficial de
Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Madrid, mediante declaración responsable
de fecha 23 de julio de 2021 y presentado por la empresa Enagás en esta Dirección
General.
Las instalaciones de este proyecto se localizan íntegramente dentro del término
municipal de Palos de la Frontera y en concreto dentro de la Terminal de Regasificación
de GNL de Enagás existente en dicho término municipal.
Actualmente, el pantalán está compuesto por 7 duques de alba de amarre con
ganchos de escape rápido (en adelante, GERs) de 200 toneladas de tensión máxima y 5
duques de alba con GERs de 120 toneladas.
La solución proyectada consiste en la ampliación y mejora de los duques de amarre
AM-4, AM-5, para instalar GERs de 250 toneladas, y de los duques de amarre AT-3, AT-4
y AT-2BIS para instalar GERs de 200 toneladas, lo que implica el refuerzo de las
estructuras existentes.
Además, se construirán dos nuevos duques de alba de amarre AM-8 y AM-9 en los
que se instalarán GERs de 200 toneladas.
En concreto el proyecto contempla:
– Obras civiles.
– Suministro de los ganchos de escape rápido.
– Instalación del sistema de ayuda al atraque de buques.
cve: BOE-A-2024-26667
Verificable en https://www.boe.es
Otorgar a la empresa Enagás Transporte, SAU (en adelante, Enagás) autorización
administrativa del proyecto denominado «Adaptación del sistema de amarre para buques
de 180.000 m3» en la planta de Regasificación de Palos de la Frontera (Huelva).
La presente resolución sobre autorización de las instalaciones del referido proyecto
se otorga al amparo de lo dispuesto en el título IV del Real Decreto 1434/2002, de 27 de
diciembre, y con sujeción a las condiciones que figuran a continuación:
Núm. 306
Viernes 20 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 175485
determina la metodología de retribución de las actividades reguladas de transporte y
de regasificación de gas natural y la Circular 8/2020, de 2 de diciembre, por la que
se establecen los valores unitarios de referencia de inversión y de operación y
mantenimiento para el periodo regulatorio 2021-2026 y los requisitos mínimos para las
auditorías sobre inversiones y costes en instalaciones de transporte de gas natural y
plantas de gas natural licuado y teniendo en cuenta que la empresa ha acreditado
suficientemente los requisitos exigidos por el artículo 67.2 de la Ley 34/1998, de 7 de
octubre, del sector de hidrocarburos,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Primero.
1.ª En todo momento la empresa Enagás, deberá cumplir en relación con la
adaptación del sistema de amarre para buques instalado en la planta de regasificación
de Huelva, objeto de este proyecto, cuanto se establece en la Ley 34/1998, de 7 de
octubre, del sector de hidrocarburos, así como en las disposiciones y reglamentaciones
que la complementen y desarrollen; en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre,
por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, en la
legislación sobre evaluación de impacto ambiental así como en las disposiciones
legislativas en materia de ordenación del territorio; en la Ley 21/1992, de 16 de julio,
de Industria, así como en las normas y disposiciones reglamentarias de desarrollo y
aplicación de la misma.
2.ª Las actuaciones que se autorizan por la presente resolución habrán de
realizarse de acuerdo con el proyecto técnico básico de instalaciones denominado
«Adaptación del sistema de amarre para buques de 180.000 m3» en la planta de
Regasificación de Huelva. Este documento técnico ha sido suscrito por Ingeniero
de Caminos, Canales y Puertos, con núm. de colegiado 15890 del Colegio Oficial de
Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Madrid, mediante declaración responsable
de fecha 23 de julio de 2021 y presentado por la empresa Enagás en esta Dirección
General.
Las instalaciones de este proyecto se localizan íntegramente dentro del término
municipal de Palos de la Frontera y en concreto dentro de la Terminal de Regasificación
de GNL de Enagás existente en dicho término municipal.
Actualmente, el pantalán está compuesto por 7 duques de alba de amarre con
ganchos de escape rápido (en adelante, GERs) de 200 toneladas de tensión máxima y 5
duques de alba con GERs de 120 toneladas.
La solución proyectada consiste en la ampliación y mejora de los duques de amarre
AM-4, AM-5, para instalar GERs de 250 toneladas, y de los duques de amarre AT-3, AT-4
y AT-2BIS para instalar GERs de 200 toneladas, lo que implica el refuerzo de las
estructuras existentes.
Además, se construirán dos nuevos duques de alba de amarre AM-8 y AM-9 en los
que se instalarán GERs de 200 toneladas.
En concreto el proyecto contempla:
– Obras civiles.
– Suministro de los ganchos de escape rápido.
– Instalación del sistema de ayuda al atraque de buques.
cve: BOE-A-2024-26667
Verificable en https://www.boe.es
Otorgar a la empresa Enagás Transporte, SAU (en adelante, Enagás) autorización
administrativa del proyecto denominado «Adaptación del sistema de amarre para buques
de 180.000 m3» en la planta de Regasificación de Palos de la Frontera (Huelva).
La presente resolución sobre autorización de las instalaciones del referido proyecto
se otorga al amparo de lo dispuesto en el título IV del Real Decreto 1434/2002, de 27 de
diciembre, y con sujeción a las condiciones que figuran a continuación: