Comisión Nacional de Los Mercados y La Competencia. III. Otras disposiciones. Sector eléctrico. (BOE-A-2024-26690)
Resolución de 12 de diciembre de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la cuantía de retribución del operador del sistema eléctrico para 2025 y los precios a repercutir a los agentes para su financiación.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306
Viernes 20 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 175654
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se calcula el saldo de
la cuenta regulatoria del operador del sistema eléctrico al cierre de 2021; y la Resolución
de 28 de septiembre de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, por la que se calcula el saldo de la cuenta regulatoria del operador del
sistema eléctrico al cierre de 2022.
II. Fundamentos de Derecho
Primero.
Objeto de la presente resolución.
En esta resolución se establece la cuantía anual de retribución del operador del
sistema eléctrico para 2025 en aplicación de lo establecido en el artículo 17 de la
Circular 4/2019, de 27 de noviembre.
Asimismo, en aplicación de lo establecido en el artículo 18 de la Circular 4/2019, en
esta resolución se establecen los precios a repercutir a los agentes en 2025 para la
financiación del operador del sistema eléctrico.
Segundo.
Cálculo de la retribución del operador del sistema para 2025.
De acuerdo con el artículo 3 de la Circular 4/2019, de 27 de noviembre, la retribución
del operador del sistema,
está compuesta por una base de retribución,
el importe anual devengado de la cuenta regulatoria por nuevas obligaciones,
y un tramo de retribución por incentivos,
sigue lo establecido en el artículo 9 de la Circular 4/2019, modificado por la
Circular 1/2023, de 7 de febrero. Su valor para el periodo regulatorio 2023-2025 es
de 5.000 miles de euros y se incrementa en 6.619 miles de euros en aplicación del
artículo 9.7 de la Circular 4/2019, según se establece en la Resolución de 15 de
diciembre de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia,
resultando en un saldo de 11.619 miles de euros para el periodo regulatorio 2023-2025,
devengándose un tercio cada año del periodo regulatorio. Adicionalmente, en aplicación
del artículo 9.8 de la Circular 4/2019, añadido por la Circular 1/2023, y de acuerdo con lo
establecido en la Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Comisión Nacional de
los Mercados y la Competencia, se incorpora un importe de 7.020 miles de euros a la
cuenta regulatoria del periodo 2023-2025 a recuperar en los años 2024 y 2025,
incrementándose así el saldo de la cuenta regulatoria hasta 18.639 miles de euros. En
consecuencia, el importe devengado en 2025 es de 7.383 miles de euros.
De conformidad con lo establecido en el artículo 17.1 de la Circular 4/2019, de 27 de
noviembre, se ha incorporado una estimación del término de retribución por
consistente con un nivel de cumplimiento máximo, sin perjuicio
incentivos,
del ajuste de la diferencia con el nivel de cumplimiento que se determine posteriormente
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.2 de dicha Circular. A este respecto, en
la Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, se considera oportuno no elevar en el periodo regulatorio 2023-2025 el
cve: BOE-A-2024-26690
Verificable en https://www.boe.es
La base de retribución,
es aquella del periodo regulatorio 2023-2025 y se
calcula de acuerdo con el artículo 4 de la Circular 4/2019, de 27 de noviembre, a partir
de un término de retribución por OPEX (59.005 miles de euros), un margen del 5 % sobre
este término (2.950 miles de euros), un término de amortización estándar (13.773 miles
de euros) y un término de retribución financiera estándar (1.462 miles de euros). Los
valores de los parámetros de la base de retribución del operador del sistema eléctrico se
establecen, para el periodo regulatorio 2023-2025, en la Resolución de 15 de diciembre
de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, ascendiendo
a 77.190 miles de euros.
El importe anual devengado de la cuenta regulatoria por nuevas obligaciones,
Núm. 306
Viernes 20 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 175654
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se calcula el saldo de
la cuenta regulatoria del operador del sistema eléctrico al cierre de 2021; y la Resolución
de 28 de septiembre de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, por la que se calcula el saldo de la cuenta regulatoria del operador del
sistema eléctrico al cierre de 2022.
II. Fundamentos de Derecho
Primero.
Objeto de la presente resolución.
En esta resolución se establece la cuantía anual de retribución del operador del
sistema eléctrico para 2025 en aplicación de lo establecido en el artículo 17 de la
Circular 4/2019, de 27 de noviembre.
Asimismo, en aplicación de lo establecido en el artículo 18 de la Circular 4/2019, en
esta resolución se establecen los precios a repercutir a los agentes en 2025 para la
financiación del operador del sistema eléctrico.
Segundo.
Cálculo de la retribución del operador del sistema para 2025.
De acuerdo con el artículo 3 de la Circular 4/2019, de 27 de noviembre, la retribución
del operador del sistema,
está compuesta por una base de retribución,
el importe anual devengado de la cuenta regulatoria por nuevas obligaciones,
y un tramo de retribución por incentivos,
sigue lo establecido en el artículo 9 de la Circular 4/2019, modificado por la
Circular 1/2023, de 7 de febrero. Su valor para el periodo regulatorio 2023-2025 es
de 5.000 miles de euros y se incrementa en 6.619 miles de euros en aplicación del
artículo 9.7 de la Circular 4/2019, según se establece en la Resolución de 15 de
diciembre de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia,
resultando en un saldo de 11.619 miles de euros para el periodo regulatorio 2023-2025,
devengándose un tercio cada año del periodo regulatorio. Adicionalmente, en aplicación
del artículo 9.8 de la Circular 4/2019, añadido por la Circular 1/2023, y de acuerdo con lo
establecido en la Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Comisión Nacional de
los Mercados y la Competencia, se incorpora un importe de 7.020 miles de euros a la
cuenta regulatoria del periodo 2023-2025 a recuperar en los años 2024 y 2025,
incrementándose así el saldo de la cuenta regulatoria hasta 18.639 miles de euros. En
consecuencia, el importe devengado en 2025 es de 7.383 miles de euros.
De conformidad con lo establecido en el artículo 17.1 de la Circular 4/2019, de 27 de
noviembre, se ha incorporado una estimación del término de retribución por
consistente con un nivel de cumplimiento máximo, sin perjuicio
incentivos,
del ajuste de la diferencia con el nivel de cumplimiento que se determine posteriormente
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.2 de dicha Circular. A este respecto, en
la Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, se considera oportuno no elevar en el periodo regulatorio 2023-2025 el
cve: BOE-A-2024-26690
Verificable en https://www.boe.es
La base de retribución,
es aquella del periodo regulatorio 2023-2025 y se
calcula de acuerdo con el artículo 4 de la Circular 4/2019, de 27 de noviembre, a partir
de un término de retribución por OPEX (59.005 miles de euros), un margen del 5 % sobre
este término (2.950 miles de euros), un término de amortización estándar (13.773 miles
de euros) y un término de retribución financiera estándar (1.462 miles de euros). Los
valores de los parámetros de la base de retribución del operador del sistema eléctrico se
establecen, para el periodo regulatorio 2023-2025, en la Resolución de 15 de diciembre
de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, ascendiendo
a 77.190 miles de euros.
El importe anual devengado de la cuenta regulatoria por nuevas obligaciones,