Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-26660)
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Izmar, SLU, para los años 2024-2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Viernes 20 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 175330

La aplicación de esta jornada podrá superar el tope diario de trabajo hasta alcanzar
un máximo de 10 horas (que garantice el descanso entre jornadas), y operará en la
forma y por el orden siguiente:
– Por prolongación de jornada laboral diaria de lunes a viernes.
– Por la realización de días de trabajo adicionales en sábado.
Si por razones justificadas fuera necesario para la terminación de un trabajo en curso
superar el tope diario antes indicado en un tiempo prudencial, desde la finalización del
trabajo hasta la incorporación del trabajador a su siguiente jornada trascurrirán al
menos 12 horas. Estas horas se acumularán en positivo con la cuenta de horas del
trabajador. Las horas realmente trabajadas en este sistema forman parte de la jornada
anual pactada y cada hora realizada será descansada con cargo a la propia jornada
normal y ordinaria de trabajo, dentro de los 4 meses siguientes a su realización,
estableciendo la necesaria previsión y programación para su cumplimiento.
Por otra parte, la aplicación de esta jornada flexible con el fin de reducir la jornada
laboral en situaciones de baja actividad productiva, se llevará a cabo organizando
rotativamente días de descanso individual adicionales. Estas horas se acumularán en
negativo en la cuenta de horas del trabajador.
Cada trabajador/a dispone de una bolsa de horas personal donde se reflejan, en
negativo, las horas trabajadas de menos y, en positivo, las horas trabajadas de más. El
saldo de esta bolsa de horas es anual, de tal manera que antes de que finalice el mes de
febrero del año siguiente, se comprobara la jornada realmente realizada por cada
trabajador/a en el año anterior.
Si su jornada excediera de la jornada ordinaria prevista para el año anterior, se
compensará dicho exceso de jornada mediante descansos que deberán disfrutarse en el
primer trimestre del año siguiente, salvo pacto en contrario entre la empresa y el/la
trabajador/a.
Si la jornada realizada por el/la trabajador/a en el año anterior fuera inferior a la
correspondiente a ese año, se regularizará el exceso de salario abonado en el año
anterior mediante un descuento en la nómina a partir del mes de febrero del año
siguiente. Dicho descuento podrá prorratearse en varios meses de tal manera que no
podrán descontarse por este concepto más de 50 euros/mes.
Al finalizar el contrato laboral, el saldo positivo o negativo de la bolsa de hora
personal se liquidará con el finiquito abonando o descontando, respectivamente, el
importe correspondiente según lo establecido en el presente convenio colectivo.
Artículo 21.

Trabajo a turnos.

Turno de mañana: 06:00 a 14:00 horas, con los descansos que establece la ley.
Turno de tarde: 14:00 a 22:00 horas, con los descansos que establece la ley.
A efectos de dar cobertura a las necesidades de abastecimiento de nuestra clientela
en casos excepcionales se puede establecer a su vez un turno de noche, al espacio
productivo de ciertas áreas o actividades de la empresa, se procera a la adaptación de la
jornada laboral.
Turno de Noche: de 22:00 a 06:00 horas.
La Empresa tendrá la facultad de modificar el calendario y los horarios vigentes de
los turnos, iniciando procedimiento establecido en artículo 41 del ET probando la
existencia de razones económicas, técnicas, organizativas o de producción.
Perteneciendo al ámbito organizativo empresarial, la fijación del cuadrante colectivo de
turnos es una facultad de la empresa, y será esta quien los determine, previa comunicación y

cve: BOE-A-2024-26660
Verificable en https://www.boe.es

La rotación de turnos para el personal de taller será cada semana, exceptuando el
personal regido por el turno central de servicios auxiliares, que se compondrá de todos
los puestos de logística, almacén y mantenimiento de la nave, que permanecerá con el
mismo horario todo el año: