Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-26581)
Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Soterramiento de línea eléctrica aérea de 20 kV en el Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama en los términos municipales de Cercedilla, Navacerrada, Real Sitio de San Ildefonso y Rascafría».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Jueves 19 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 174884

El plazo previsto para la ejecución y puesta en funcionamiento del proyecto es
de veinticuatro meses.
Los elementos descritos se representan en el croquis adjunto a la presente
resolución.
2. Tramitación del procedimiento
A los efectos de lo previsto en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental, el órgano sustantivo somete el proyecto a información pública
mediante anuncio en el «Boletín Oficial del Estado» de 5 de agosto de 2023.
Con fecha de 7 de agosto de 2023, el órgano sustantivo consulta a las
Administraciones públicas afectadas y personas interesadas, en virtud del artículo 37.1
de la Ley de evaluación ambiental. El resultado de ambos trámites de información
pública y consultas se resume en el anexo de la presente resolución.
Con fecha 26 de octubre de 2023, tiene entrada en esta Dirección General, el
expediente para el inicio del trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria.
Con fecha 17 de noviembre de 2023, se requiere, en virtud del artículo 40.1 de la Ley
de evaluación ambiental, la incorporación de los informes preceptivos de la
Confederación Hidrográfica del Duero, la Dirección General de Biodiversidad y Gestión
Forestal de la Comunidad de Madrid y la Dirección General de Patrimonio Natural y
Política Forestal de la Junta de Castilla y León. Asimismo, se requiere la consulta a los
Ayuntamientos afectados por el proyecto (Navacerrada, Cercedilla, Rascafría y Real Sitio
de San Ildefonso), a la Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental
de la Junta de Castilla y León, a la Dirección General de Transición Energética y
Economía Circular de la Comunidad de Madrid y a organizaciones sin ánimo de lucro de
carácter medioambiental.
Con fecha 8 de febrero de 2024, se aporta la documentación requerida, quedando
formalmente subsanado el expediente.
Durante el análisis técnico, con fecha 21 de marzo de 2024 y al amparo del
artículo 40.3 de la Ley de evaluación ambiental, se solicita al promotor documentación
adicional, concretamente: aclaración del voltaje de la línea eléctrica que se proyecta
soterrar; prospecciones de flora y de hábitats favorables para el topillo de Cabrera
(Microtus cabreare); estudio de afección del proyecto sobre el río Eresma y medidas
para conservar la calidad de las aguas; prospección arqueológica y adaptación del
trazado de la línea soterrada en caso de afección al patrimonio cultural; aclaración de
impactos por los campos electromagnéticos del proyecto.
Con fecha 30 de mayo de 2024, el promotor solicita ampliación del plazo de
respuesta al requerimiento de información adicional, la cual se otorga de modo que, el 5
de agosto de 2024, se recibe la documentación adicional solicitada.
3. Análisis técnico del expediente
Análisis de alternativas.

Respecto del desmantelamiento de la línea eléctrica, el promotor descarta la
alternativa 0 o de no actuación, por cuanto supondría incumplir la Ley de Declaración del
Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, y plantea dos alternativas para la
ejecución del desmantelamiento, que difieren en la tipología de la maquinaria empleada.
La alternativa 1 consiste en el desmantelamiento con maquinaria forestal de alto
impacto (retroexcavadora de orugas, tractor de cadenas, autocargador forestal, bulldozer
o arrastrador skidder) para el transporte de residuos al punto de acopio habilitado y
maquinaria de bajo impacto (retroaraña o tractor de cadenas) para los trabajos de
desmantelamiento mecánicos. En las zonas más abruptas sin acceso, el transporte de
material se realizaría con helicóptero. Esta alternativa supone la ocupación de 47.200 m2
de suelo, de los que 32.400 m2 se encontrarían ocupados por vegetación natural y 1.767
m2 por hábitats de interés comunitario (en adelante, HIC).

cve: BOE-A-2024-26581
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