Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-26581)
Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Soterramiento de línea eléctrica aérea de 20 kV en el Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama en los términos municipales de Cercedilla, Navacerrada, Real Sitio de San Ildefonso y Rascafría».
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 174902
20. Las obras se realizarán en horario diurno, evitando las horas de mayor actividad
para la fauna, el amanecer y el anochecer. Los trabajos nocturnos o en horas de mayor
actividad para la fauna contarán con autorización del organismo competente autonómico
y estarán limitados a zonas muy concretas.
21. Las zanjas abiertas durante las obras, preferiblemente, serán abiertas y
cerradas en el día. En caso contrario, deberán taparse durante la noche y contarán con
dispositivos de salida de fauna de pequeño y mediano tamaño. Preferentemente, se
optará por rampas de salida y se evitará el uso de rejillas de materiales de origen
sintético, con riesgo de desprendimiento y afección a la fauna atrapada, salvo que las
condiciones técnicas así lo requieran. Las zanjas se revisarán antes de los inicios de
trabajo diarios, para la detección de individuos atrapados que se liberarán al medio
natural a la mayor brevedad posible.
22. No podrán ocuparse superficies que constituyan hábitat potencial para topillo de
Cabrera, salvo si fuera estrictamente necesario para el desarrollo del proyecto. Estas
superficies habrán de quedar debidamente señalizadas y balizadas, de forma que se
limite el tránsito de personal de obra, vehículos y maquinaria a su través. En cualquier
caso, todas las superficies de hábitat potencial de esta especie que deban ser ocupadas
habrán de ser debidamente restauradas.
23. El proyecto técnico deberá incluir un estudio geotécnico de los taludes
afectados con el objetivo de descartar riesgo sobre la estabilidad de dichos taludes y, en
su caso, se deberán aportar las medidas específicas oportunas que garanticen su
estabilidad tras las obras.
24. El promotor habrá de presentar un plan de gestión de residuos previamente a la
ejecución de las obras que deberá contar con la conformidad de los organismos
competentes en medio ambiente de las comunidades autónomas afectadas.
25. Previamente a la ejecución de las obras, se delimitarán los accesos, zonas de
actuación, puntos de acopio de material de obra y de residuos del desmantelamiento, y
zonas auxiliares, para minimizar la superficie de suelo afectada, en coordinación con los
órganos competentes en medio ambiente correspondientes. Las zonas auxiliares
deberán ubicarse en áreas acondicionadas para tal fin y deberán estar correctamente
impermeabilizadas para evitar riesgos de infiltración y contaminación.
26. No se permite recoger, arañar o acopiar tierra forestal, ni desmonte de ningún
terreno adyacente a la obra sin autorización previa.
27. El tránsito de vehículos se limitará exclusivamente a los caminos existentes, y
la apertura de nuevos caminos o acondicionado de los existentes requerirá informe
previo del organismo competente.
28. La tierra que se vaya a emplear en las restauraciones provendrá,
preferentemente, de la propia excavación de la obra, reservando la capa vegetal para la
restauración.
29. Tras las obras, deberá restituirse, en la medida de lo posible, la morfología y
estructura natural del terreno original para favorecer la recuperación de la vegetación
natural existente previamente a las obras. Se revegetarán las zonas afectadas,
especialmente taludes y terrenos de alto riesgo erosivo, en el menor tiempo posible con
el fin de evitar la pérdida del suelo o su desestabilización.
30. Tras las obras, se retirarán las instalaciones temporales, los restos de residuos
y los escombros, que se depositarán en vertederos controlados e instalaciones
adecuadas para su tratamiento.
Agua:
31. Los cruces de la línea soterrada con cualquier cauce dentro de la cuenca vertiente
de la reserva fluvial Alto Eresma deberán ejecutarse mediante perforación dirigida cuando
los caudales no estén muy crecidos, respetando escrupulosamente la banda de protección
cve: BOE-A-2024-26581
Verificable en https://www.boe.es
Suelo:
Núm. 305
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 174902
20. Las obras se realizarán en horario diurno, evitando las horas de mayor actividad
para la fauna, el amanecer y el anochecer. Los trabajos nocturnos o en horas de mayor
actividad para la fauna contarán con autorización del organismo competente autonómico
y estarán limitados a zonas muy concretas.
21. Las zanjas abiertas durante las obras, preferiblemente, serán abiertas y
cerradas en el día. En caso contrario, deberán taparse durante la noche y contarán con
dispositivos de salida de fauna de pequeño y mediano tamaño. Preferentemente, se
optará por rampas de salida y se evitará el uso de rejillas de materiales de origen
sintético, con riesgo de desprendimiento y afección a la fauna atrapada, salvo que las
condiciones técnicas así lo requieran. Las zanjas se revisarán antes de los inicios de
trabajo diarios, para la detección de individuos atrapados que se liberarán al medio
natural a la mayor brevedad posible.
22. No podrán ocuparse superficies que constituyan hábitat potencial para topillo de
Cabrera, salvo si fuera estrictamente necesario para el desarrollo del proyecto. Estas
superficies habrán de quedar debidamente señalizadas y balizadas, de forma que se
limite el tránsito de personal de obra, vehículos y maquinaria a su través. En cualquier
caso, todas las superficies de hábitat potencial de esta especie que deban ser ocupadas
habrán de ser debidamente restauradas.
23. El proyecto técnico deberá incluir un estudio geotécnico de los taludes
afectados con el objetivo de descartar riesgo sobre la estabilidad de dichos taludes y, en
su caso, se deberán aportar las medidas específicas oportunas que garanticen su
estabilidad tras las obras.
24. El promotor habrá de presentar un plan de gestión de residuos previamente a la
ejecución de las obras que deberá contar con la conformidad de los organismos
competentes en medio ambiente de las comunidades autónomas afectadas.
25. Previamente a la ejecución de las obras, se delimitarán los accesos, zonas de
actuación, puntos de acopio de material de obra y de residuos del desmantelamiento, y
zonas auxiliares, para minimizar la superficie de suelo afectada, en coordinación con los
órganos competentes en medio ambiente correspondientes. Las zonas auxiliares
deberán ubicarse en áreas acondicionadas para tal fin y deberán estar correctamente
impermeabilizadas para evitar riesgos de infiltración y contaminación.
26. No se permite recoger, arañar o acopiar tierra forestal, ni desmonte de ningún
terreno adyacente a la obra sin autorización previa.
27. El tránsito de vehículos se limitará exclusivamente a los caminos existentes, y
la apertura de nuevos caminos o acondicionado de los existentes requerirá informe
previo del organismo competente.
28. La tierra que se vaya a emplear en las restauraciones provendrá,
preferentemente, de la propia excavación de la obra, reservando la capa vegetal para la
restauración.
29. Tras las obras, deberá restituirse, en la medida de lo posible, la morfología y
estructura natural del terreno original para favorecer la recuperación de la vegetación
natural existente previamente a las obras. Se revegetarán las zonas afectadas,
especialmente taludes y terrenos de alto riesgo erosivo, en el menor tiempo posible con
el fin de evitar la pérdida del suelo o su desestabilización.
30. Tras las obras, se retirarán las instalaciones temporales, los restos de residuos
y los escombros, que se depositarán en vertederos controlados e instalaciones
adecuadas para su tratamiento.
Agua:
31. Los cruces de la línea soterrada con cualquier cauce dentro de la cuenca vertiente
de la reserva fluvial Alto Eresma deberán ejecutarse mediante perforación dirigida cuando
los caudales no estén muy crecidos, respetando escrupulosamente la banda de protección
cve: BOE-A-2024-26581
Verificable en https://www.boe.es
Suelo: