Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-26581)
Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Soterramiento de línea eléctrica aérea de 20 kV en el Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama en los términos municipales de Cercedilla, Navacerrada, Real Sitio de San Ildefonso y Rascafría».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 174893
El promotor prevé que el movimiento de tierras y las zanjas durante la construcción
de la línea soterrada supongan la modificación de la geomorfología del terreno.
Concretamente, prevé la excavación de 23.012 m3 de tierra, aunque el 98,9 % será
reutilizada para el relleno de las zanjas y los terraplenes. Además, prevé la
compactación del suelo por el trasiego de maquinaria y vehículos, contaminación edáfica
por posibles vertidos accidentales y un incremento del riesgo erosivo, especialmente
durante el tramo 1 (34 T/ha*año), por discurrir perpendicular a las curvas de nivel del
terreno. Los tramos 2, 3, 4 y 5, supondrán menor riesgo erosivo (0,065 T/ha*año) por
discurrir a favor de las curvas de nivel. El cambio geomorfológico vinculado a la apertura
de la zanja y los movimientos de tierras, junto con el desbroce de la vegetación, pueden
modificar la red de drenaje y aumentar los efectos erosivos sobre el suelo, si no se
plantean medidas específicas.
La construcción de la línea soterrada supone la pérdida temporal y permanente del
suelo en la superficie afectada por la canalización de la línea. La ocupación permanente
será de 1 m a lo largo de la línea (29.016,32 m2, de los que 8.804 m2 corresponden a
suelo natural), mientras que la ocupación temporal será de 2-4 m a lo largo de la línea
(60.649 m2, de los que 5.335 m2 corresponden a suelo natural).
Por otro lado, en el caso del tramo 3, la servidumbre de canalización de la línea
discurre a lo largo de la cuneta de la carretera SG-615, por lo que será necesario realizar
una excavación en el talud de la carretera. Debido a esto, el promotor considera que es
probable que puedan producirse efectos sobre la estabilidad del talud, por lo que
recomienda incluir un estudio geotécnico del talud en el proyecto técnico de ejecución.
Para prevenir o corregir los impactos detectados, el promotor plantea buenas
prácticas generales de obra como la retirada y reutilización de tierra vegetal; adecuada
gestión de los residuos generados; control de los posibles vertidos; etc. En el caso de
que se localicen imbornales cercanos en la ejecución de la zanja, se protegerán con
filtros que permitan el paso del agua y retengan los sedimentos procedentes de la obra.
El promotor indica que la ocupación del territorio volverá a su estado original al finalizar
la fase de construcción. Solo se producirá pérdida de suelo en el tramo 3, por la
implantación de la pista deportiva y la cuneta, y en la zona de implantación del centro de
mandos y los centros de seccionamiento debido a la ocupación.
El Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Dirección General de Patrimonio
Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León y la Dirección General de
Biodiversidad y Gestión Forestal de la Comunidad de Madrid indican medidas de buenas
prácticas de obras y restauración relativas a la gestión de la tierra vegetal y la
restauración de las zonas afectadas por el proyecto, que han sido consideradas en el
EsIA y aceptadas por el promotor.
Teniendo en cuenta lo anterior, se incluyen en el condicionado de la presente
resolución condiciones para la protección del suelo, subsuelo y la geodiversidad.
b.6) Atmósfera, clima y cambio climático.
El EsIA aporta cálculos de absorción total asociada a la revegetación de la calle de
seguridad en la línea desmantelada, en la que se estima que crezcan, aproximadamente,
tres mil pies arbóreos, por lo que la absorción total calculada es de 641,31 t CO2 o 31,51
t CO2/ha. Si bien, la construcción de la línea soterrada supone la pérdida de sumidero de
carbono, debido a la eliminación de 2.982 pies arbóreos de Pinus sylvestris de pequeño
porte en un área de 0,69 ha, esta pérdida será compensada mediante la reposición
de 210 ejemplares con porte superior a 20 cm de diámetro.
Como consecuencia de las obras, se prevé la emisión de gases de efecto
invernadero derivados de la maquinaria y vehículos de transporte utilizados y de
partículas en suspensión derivadas de los movimientos de tierra y el tráfico. Tras las
obras, estos impactos se reducirán significativamente a los mínimos necesarios para la
supervisión de la línea.
El proyecto no supone la presencia de elementos que puedan suscitar contaminación
lumínica.
cve: BOE-A-2024-26581
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 305
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 174893
El promotor prevé que el movimiento de tierras y las zanjas durante la construcción
de la línea soterrada supongan la modificación de la geomorfología del terreno.
Concretamente, prevé la excavación de 23.012 m3 de tierra, aunque el 98,9 % será
reutilizada para el relleno de las zanjas y los terraplenes. Además, prevé la
compactación del suelo por el trasiego de maquinaria y vehículos, contaminación edáfica
por posibles vertidos accidentales y un incremento del riesgo erosivo, especialmente
durante el tramo 1 (34 T/ha*año), por discurrir perpendicular a las curvas de nivel del
terreno. Los tramos 2, 3, 4 y 5, supondrán menor riesgo erosivo (0,065 T/ha*año) por
discurrir a favor de las curvas de nivel. El cambio geomorfológico vinculado a la apertura
de la zanja y los movimientos de tierras, junto con el desbroce de la vegetación, pueden
modificar la red de drenaje y aumentar los efectos erosivos sobre el suelo, si no se
plantean medidas específicas.
La construcción de la línea soterrada supone la pérdida temporal y permanente del
suelo en la superficie afectada por la canalización de la línea. La ocupación permanente
será de 1 m a lo largo de la línea (29.016,32 m2, de los que 8.804 m2 corresponden a
suelo natural), mientras que la ocupación temporal será de 2-4 m a lo largo de la línea
(60.649 m2, de los que 5.335 m2 corresponden a suelo natural).
Por otro lado, en el caso del tramo 3, la servidumbre de canalización de la línea
discurre a lo largo de la cuneta de la carretera SG-615, por lo que será necesario realizar
una excavación en el talud de la carretera. Debido a esto, el promotor considera que es
probable que puedan producirse efectos sobre la estabilidad del talud, por lo que
recomienda incluir un estudio geotécnico del talud en el proyecto técnico de ejecución.
Para prevenir o corregir los impactos detectados, el promotor plantea buenas
prácticas generales de obra como la retirada y reutilización de tierra vegetal; adecuada
gestión de los residuos generados; control de los posibles vertidos; etc. En el caso de
que se localicen imbornales cercanos en la ejecución de la zanja, se protegerán con
filtros que permitan el paso del agua y retengan los sedimentos procedentes de la obra.
El promotor indica que la ocupación del territorio volverá a su estado original al finalizar
la fase de construcción. Solo se producirá pérdida de suelo en el tramo 3, por la
implantación de la pista deportiva y la cuneta, y en la zona de implantación del centro de
mandos y los centros de seccionamiento debido a la ocupación.
El Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Dirección General de Patrimonio
Natural y Política Forestal de la Junta de Castilla y León y la Dirección General de
Biodiversidad y Gestión Forestal de la Comunidad de Madrid indican medidas de buenas
prácticas de obras y restauración relativas a la gestión de la tierra vegetal y la
restauración de las zonas afectadas por el proyecto, que han sido consideradas en el
EsIA y aceptadas por el promotor.
Teniendo en cuenta lo anterior, se incluyen en el condicionado de la presente
resolución condiciones para la protección del suelo, subsuelo y la geodiversidad.
b.6) Atmósfera, clima y cambio climático.
El EsIA aporta cálculos de absorción total asociada a la revegetación de la calle de
seguridad en la línea desmantelada, en la que se estima que crezcan, aproximadamente,
tres mil pies arbóreos, por lo que la absorción total calculada es de 641,31 t CO2 o 31,51
t CO2/ha. Si bien, la construcción de la línea soterrada supone la pérdida de sumidero de
carbono, debido a la eliminación de 2.982 pies arbóreos de Pinus sylvestris de pequeño
porte en un área de 0,69 ha, esta pérdida será compensada mediante la reposición
de 210 ejemplares con porte superior a 20 cm de diámetro.
Como consecuencia de las obras, se prevé la emisión de gases de efecto
invernadero derivados de la maquinaria y vehículos de transporte utilizados y de
partículas en suspensión derivadas de los movimientos de tierra y el tráfico. Tras las
obras, estos impactos se reducirán significativamente a los mínimos necesarios para la
supervisión de la línea.
El proyecto no supone la presencia de elementos que puedan suscitar contaminación
lumínica.
cve: BOE-A-2024-26581
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 305