Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Actividad investigadora. Evaluación. (BOE-A-2024-26587)
Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios para la evaluación de la actividad investigadora.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 19 de diciembre de 2024
2.
Sec. III. Pág. 174945
Valoración de las aportaciones:
En el caso de los artículos se valorarán preferentemente aquellas aportaciones
publicadas en revistas de calidad contrastada o indexadas en bases de datos
bibliográficas o en editoriales de reconocido prestigio o en aquellas que hayan recibido
un sello o reconocimiento de calidad por un organismo independiente, así como en
plataformas de publicación de resultados de investigación como Open Research Europe.
En el caso de los libros y capítulos de libros se valorará el prestigio de la editorial, de
editoras/es, la colección en la que se publica la obra, si la colección o el libro ha obtenido
algún sello de calidad otorgado por una institución de reconocido prestigio y las reseñas
recibidas en las revistas científicas especializadas.
En el caso de exposiciones, obras premiadas, proyectos de conservación o
restauración y proyectos artísticos, que se podrán presentar a las áreas de Bellas Artes,
se valorarán el tipo, objeto y magnitud de la aportación (individual/colectiva, largometraje/
cortometraje, bienes inmuebles/bienes muebles, proyectos integrales, proyectos
interdisciplinares, encargo de entidad relevante, etc.); la relevancia del proyecto
(patrimonio cultural, BIC, etc.) y su grado de innovación; la itinerancia (otros espacios
expositivos, festivales, certámenes o similares de relevancia, salas de proyección, etc.),
relevancia del comisario/a y de artistas/investigadoras/es participantes; y la vinculación a
proyectos de investigación relevantes concedidos en convocatoria pública competitiva.
También se tendrán en cuenta criterios sobre la calidad del medio de difusión; tipo de
espacio/evento expositivo y su proyección (internacional/nacional); edición de catálogo
(extensión, relevancia de las autoras/es de los textos, traducción a otras lenguas, etc.);
patrocinadoras, productoras, promotoras o distribuidoras; tipo de convocatoria y forma de
adjudicación (tipo, cuantía, etc.); y existencia de jurado, comité externo, comisión de
seguimiento o similar. Asimismo, se tendrán en cuento criterios sobre la repercusión de
la aportación: identificación y relevancia de medios especializados; referencias
bibliográficas recogidas en libros o catálogos, revistas especializadas, bibliografías
académicas, medios audiovisuales, etc.; invitación a participar en talleres, conferencias,
etc., así como premios y menciones.
En el caso de la creación artística, se aceptarán aportaciones desde todas las
disciplinas o prácticas creativas dentro de las áreas de Bellas Artes y afines, siempre y
cuando representen un avance del conocimiento o innovación de carácter metodológico,
desde la investigación-creación.
Respecto al comisariado de exposiciones, solo se tendrán en cuenta los proyectos
que aporten novedades relevantes de investigación, con capítulo específico de la
persona solicitante que signifique avance de conocimiento en relación con el objeto de la
exposición, ya sea del argumento expositivo, del artista/s o de las obras presentadas
documentada en el mismo catálogo y de acuerdo con los criterios determinados en los
apartados anteriores respecto a la calidad del proyecto, medio de difusión y repercusión
en los medios especializados nacionales e internacionales conforme a lo expresado
anteriormente.
En el caso de las aportaciones correspondientes a las áreas de Artes Escénicas se
valorarán la relevancia y el grado de innovación de la creación teatral, coreográfica,
musical o escenográfica, de su composición, dirección, guion, interpretación,
instrumentación y diseño de la puesta en escena; el tipo, objeto y magnitud de la
aportación (obra original, versionada o adaptada); en el caso de la interpretación, se
considerará su innovación metodológica interpretativa, calidad de la ejecución, estreno y
repercusión en medios especializados y las actividades derivadas de la aportación, como
giras y conciertos, la impartición de masterclass, talleres de especialización, etc., y, en el
caso de participación en agrupaciones o compañías, se tendrá en cuenta, además, el
nivel de responsabilidad, así como el nivel y la relevancia de la compañía; relevancia
del/de la director/a y de intérpretes participantes; vinculación a proyectos de
investigación relevantes concedidos en convocatoria pública competitiva.
La calidad del medio de difusión se valorará en la calidad del tipo de espacio
(auditorio, teatro u otros) y su proyección nacional e internacional en certámenes y
cve: BOE-A-2024-26587
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 305
Jueves 19 de diciembre de 2024
2.
Sec. III. Pág. 174945
Valoración de las aportaciones:
En el caso de los artículos se valorarán preferentemente aquellas aportaciones
publicadas en revistas de calidad contrastada o indexadas en bases de datos
bibliográficas o en editoriales de reconocido prestigio o en aquellas que hayan recibido
un sello o reconocimiento de calidad por un organismo independiente, así como en
plataformas de publicación de resultados de investigación como Open Research Europe.
En el caso de los libros y capítulos de libros se valorará el prestigio de la editorial, de
editoras/es, la colección en la que se publica la obra, si la colección o el libro ha obtenido
algún sello de calidad otorgado por una institución de reconocido prestigio y las reseñas
recibidas en las revistas científicas especializadas.
En el caso de exposiciones, obras premiadas, proyectos de conservación o
restauración y proyectos artísticos, que se podrán presentar a las áreas de Bellas Artes,
se valorarán el tipo, objeto y magnitud de la aportación (individual/colectiva, largometraje/
cortometraje, bienes inmuebles/bienes muebles, proyectos integrales, proyectos
interdisciplinares, encargo de entidad relevante, etc.); la relevancia del proyecto
(patrimonio cultural, BIC, etc.) y su grado de innovación; la itinerancia (otros espacios
expositivos, festivales, certámenes o similares de relevancia, salas de proyección, etc.),
relevancia del comisario/a y de artistas/investigadoras/es participantes; y la vinculación a
proyectos de investigación relevantes concedidos en convocatoria pública competitiva.
También se tendrán en cuenta criterios sobre la calidad del medio de difusión; tipo de
espacio/evento expositivo y su proyección (internacional/nacional); edición de catálogo
(extensión, relevancia de las autoras/es de los textos, traducción a otras lenguas, etc.);
patrocinadoras, productoras, promotoras o distribuidoras; tipo de convocatoria y forma de
adjudicación (tipo, cuantía, etc.); y existencia de jurado, comité externo, comisión de
seguimiento o similar. Asimismo, se tendrán en cuento criterios sobre la repercusión de
la aportación: identificación y relevancia de medios especializados; referencias
bibliográficas recogidas en libros o catálogos, revistas especializadas, bibliografías
académicas, medios audiovisuales, etc.; invitación a participar en talleres, conferencias,
etc., así como premios y menciones.
En el caso de la creación artística, se aceptarán aportaciones desde todas las
disciplinas o prácticas creativas dentro de las áreas de Bellas Artes y afines, siempre y
cuando representen un avance del conocimiento o innovación de carácter metodológico,
desde la investigación-creación.
Respecto al comisariado de exposiciones, solo se tendrán en cuenta los proyectos
que aporten novedades relevantes de investigación, con capítulo específico de la
persona solicitante que signifique avance de conocimiento en relación con el objeto de la
exposición, ya sea del argumento expositivo, del artista/s o de las obras presentadas
documentada en el mismo catálogo y de acuerdo con los criterios determinados en los
apartados anteriores respecto a la calidad del proyecto, medio de difusión y repercusión
en los medios especializados nacionales e internacionales conforme a lo expresado
anteriormente.
En el caso de las aportaciones correspondientes a las áreas de Artes Escénicas se
valorarán la relevancia y el grado de innovación de la creación teatral, coreográfica,
musical o escenográfica, de su composición, dirección, guion, interpretación,
instrumentación y diseño de la puesta en escena; el tipo, objeto y magnitud de la
aportación (obra original, versionada o adaptada); en el caso de la interpretación, se
considerará su innovación metodológica interpretativa, calidad de la ejecución, estreno y
repercusión en medios especializados y las actividades derivadas de la aportación, como
giras y conciertos, la impartición de masterclass, talleres de especialización, etc., y, en el
caso de participación en agrupaciones o compañías, se tendrá en cuenta, además, el
nivel de responsabilidad, así como el nivel y la relevancia de la compañía; relevancia
del/de la director/a y de intérpretes participantes; vinculación a proyectos de
investigación relevantes concedidos en convocatoria pública competitiva.
La calidad del medio de difusión se valorará en la calidad del tipo de espacio
(auditorio, teatro u otros) y su proyección nacional e internacional en certámenes y
cve: BOE-A-2024-26587
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 305