Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2024-26570)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Universidad Politécnica de Cataluña, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral fijo.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 174828
5.7 Los miembros del tribunal, el personal asesor y el personal colaborador de
soporte a las pruebas deben observar la confidencialidad y el secreto profesional en todo
lo que hace referencia a las cuestiones tratadas en las reuniones que se celebren.
5.8 El tribunal tiene la facultad de interpretar las presentes bases, resolver las
cuestiones que se planteen en cuanto a su interpretación y tomar los acuerdos
necesarios para el buen funcionamiento del proceso selectivo en todo aquello que no
esté previsto en estas bases.
5.9 El tribunal tiene la sede en el Servicio de Acceso y Provisión (edificio Vèrtex,
plaza Eusebi Güell, núm. 6, 08034 Barcelona), sin perjuicio que cualquier comunicación
de las personas candidatas hacia el tribunal se debe realizar a través de la Sede
Electrónica.
Sexta. Pruebas de conocimientos de lengua catalana.
Las personas candidatas que no estén exentas deben realizar la prueba para la
valoración de sus conocimientos.
A estos efectos, se les convoca a la realización de una prueba en un llamamiento
único. La prueba tiene la valoración de apto o no apto. Se valoran la expresión escrita y
oral, y los conocimientos gramaticales y léxicos. En caso de no superar la prueba, la
persona queda excluida de la convocatoria.
En caso de que el resultado de la prueba sea apto, este resultado también servirá
para otros concursos dentro de la UPC a los que se presente la misma persona
aspirante durante un año a partir del momento de realización de la prueba.
La falta de asistencia a la prueba comportará la exclusión del proceso, salvo en los
casos de fuerza mayor debidamente acreditados y valorados por el órgano convocante,
que podrá citar a la persona afectada en una nueva fecha para la prueba de idiomas,
siempre y cuando no comporte un retraso en el proceso selectivo que afecte al servicio
público.
En el supuesto que el resultado de la prueba sea de valoración Apto, este resultado
también servirá para otros concursos dentro de la UPC a los cuales se presente la
misma persona aspirante durante un año a partir del momento en que haya realizado la
prueba.
Séptima.
7.1
Desarrollo de las pruebas.
Fases y puntuación del proceso de selección.
a) Primera fase: Prueba de conocimientos o de adecuación a las funciones del
puesto de trabajo.
Valoración de la prueba: hasta 5 puntos.
La puntuación mínima exigida para acceder a la entrevista es de 2,5 puntos.
En caso de que la prueba conste de varias partes eliminatorias, el tribunal fijará la
puntuación máxima de cada una de ellas y la puntuación mínima; para superarlas, será
la mitad de la puntuación exigida.
b) Segunda fase: Entrevista personal para evaluar las competencias personales de
adecuación en relación con el perfil, los intereses y las motivaciones.
Valoración de la entrevista: hasta 5 puntos.
La puntuación mínima exigida para superarla es de 2,5 puntos.
La puntuación final en el proceso selectivo es la suma de las puntuaciones obtenidas
en cada fase, siempre y cuando se haya alcanzado la puntuación mínima establecida
para superarlas.
Las personas seleccionadas son las que consigan la puntuación más alta en el total
del proceso.
cve: BOE-A-2024-26570
Verificable en https://www.boe.es
Las candidaturas admitidas se evaluan en dos fases:
Núm. 305
Jueves 19 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 174828
5.7 Los miembros del tribunal, el personal asesor y el personal colaborador de
soporte a las pruebas deben observar la confidencialidad y el secreto profesional en todo
lo que hace referencia a las cuestiones tratadas en las reuniones que se celebren.
5.8 El tribunal tiene la facultad de interpretar las presentes bases, resolver las
cuestiones que se planteen en cuanto a su interpretación y tomar los acuerdos
necesarios para el buen funcionamiento del proceso selectivo en todo aquello que no
esté previsto en estas bases.
5.9 El tribunal tiene la sede en el Servicio de Acceso y Provisión (edificio Vèrtex,
plaza Eusebi Güell, núm. 6, 08034 Barcelona), sin perjuicio que cualquier comunicación
de las personas candidatas hacia el tribunal se debe realizar a través de la Sede
Electrónica.
Sexta. Pruebas de conocimientos de lengua catalana.
Las personas candidatas que no estén exentas deben realizar la prueba para la
valoración de sus conocimientos.
A estos efectos, se les convoca a la realización de una prueba en un llamamiento
único. La prueba tiene la valoración de apto o no apto. Se valoran la expresión escrita y
oral, y los conocimientos gramaticales y léxicos. En caso de no superar la prueba, la
persona queda excluida de la convocatoria.
En caso de que el resultado de la prueba sea apto, este resultado también servirá
para otros concursos dentro de la UPC a los que se presente la misma persona
aspirante durante un año a partir del momento de realización de la prueba.
La falta de asistencia a la prueba comportará la exclusión del proceso, salvo en los
casos de fuerza mayor debidamente acreditados y valorados por el órgano convocante,
que podrá citar a la persona afectada en una nueva fecha para la prueba de idiomas,
siempre y cuando no comporte un retraso en el proceso selectivo que afecte al servicio
público.
En el supuesto que el resultado de la prueba sea de valoración Apto, este resultado
también servirá para otros concursos dentro de la UPC a los cuales se presente la
misma persona aspirante durante un año a partir del momento en que haya realizado la
prueba.
Séptima.
7.1
Desarrollo de las pruebas.
Fases y puntuación del proceso de selección.
a) Primera fase: Prueba de conocimientos o de adecuación a las funciones del
puesto de trabajo.
Valoración de la prueba: hasta 5 puntos.
La puntuación mínima exigida para acceder a la entrevista es de 2,5 puntos.
En caso de que la prueba conste de varias partes eliminatorias, el tribunal fijará la
puntuación máxima de cada una de ellas y la puntuación mínima; para superarlas, será
la mitad de la puntuación exigida.
b) Segunda fase: Entrevista personal para evaluar las competencias personales de
adecuación en relación con el perfil, los intereses y las motivaciones.
Valoración de la entrevista: hasta 5 puntos.
La puntuación mínima exigida para superarla es de 2,5 puntos.
La puntuación final en el proceso selectivo es la suma de las puntuaciones obtenidas
en cada fase, siempre y cuando se haya alcanzado la puntuación mínima establecida
para superarlas.
Las personas seleccionadas son las que consigan la puntuación más alta en el total
del proceso.
cve: BOE-A-2024-26570
Verificable en https://www.boe.es
Las candidaturas admitidas se evaluan en dos fases: