Ministerio de Industria y Turismo. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. (BOE-A-2024-26407)
Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, especialidad de Propiedad Industrial, y se encomienda la gestión material de las pruebas selectivas a la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304
Miércoles 18 de diciembre de 2024
3.
Sec. II.B. Pág. 173811
Conservación de puntuaciones:
4. Calificación de la fase de oposición: La calificación final de la fase de oposición
vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los
ejercicios.
5. Relación de aspirantes que han superado la fase de oposición: Terminada la
oposición, el Tribunal aprobará la relación definitiva de aspirantes que han superado la
oposición, en orden decreciente según la puntuación global obtenida por cada opositor,
sin que, en ningún caso, pueda figurar en dicha relación un número de candidatos
superior al total de plazas que hubieran sido convocadas.
cve: BOE-A-2024-26407
Verificable en https://www.boe.es
3.1 Los aspirantes del cupo general que alcanzaron una nota superior al 60 por
ciento de la calificación máxima prevista para cualquiera de los tres primeros ejercicios y
no superaron la fase de oposición del proceso selectivo convocado por Resolución de 29
de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para
ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Titulados Superiores de
Organismos Autónomos del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, especialidad de
Propiedad Industrial, y se encomienda la gestión del proceso a la Oficina Española de
Patentes y Marcas, O.A (BOE núm. 5, de 5 de enero de 2024) conservarán dicha
puntuación y estarán eximidos de realizar tales ejercicios en esta convocatoria, dado que
el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios son análogos.
3.2 Los aspirantes de la reserva para personas con discapacidad que alcanzaron
una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima prevista para cualquiera de
los ejercicios y no superaron la fase de oposición del proceso selectivo convocado por
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca
proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de
Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Industria, Comercio y
Turismo, especialidad de Propiedad Industrial, y se encomienda la gestión del proceso a
la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A (BOE núm. 5, de 5 de enero de 2024)
conservarán dicha puntuación y estarán eximidos de realizar tales ejercicios en esta
convocatoria, dado que el contenido del temario y la forma de calificación de los
ejercicios son análogos.
3.3 La conservación de las puntuaciones solo será aplicable cuanto el aspirante
concurra a la misma rama y área. No obstante, la superación del ejercicio de inglés
también podrá conservarse cuando el aspirante concurra a distinta rama o área.
3.4 Los aspirantes que deseen conservar la puntuación de uno o más ejercicios de
la convocatoria anterior deberán solicitarlo expresamente en su solicitud de participación
en este proceso selectivo.
3.5 Los aspirantes del cupo general que no superen la fase de oposición podrán
conservar en la convocatoria inmediata siguiente la nota de los tres primeros ejercicios,
siempre que hubieran superado el 50 por ciento de la calificación prevista para el
correspondiente ejercicio y que el contenido del temario y su forma de calificación sean
análogos a los de la presente convocatoria.
3.6 Los aspirantes de la reserva para personas con discapacidad que no superen la
fase de oposición podrán conservar en la convocatoria inmediata siguiente la nota de
cualquiera de los ejercicios los ejercicios, siempre que hubieran superado el 50 por
ciento de la calificación prevista para el correspondiente ejercicio y que el contenido del
temario y su forma de calificación sean análogos a los de la presente convocatoria.
3.7 Dado que las bases de este proceso selectivo no prevén que puedan aplicarse
fórmulas matemáticas para transformar la puntuación obtenida al objeto de determinar la
superación de ninguno de los ejercicios, para la conservación de las calificaciones
obtenidas en los procesos selectivos anteriores se entiende por nota la puntuación
directa otorgada por el Tribunal para cada ejercicio y publicada por resolución del mismo.
Núm. 304
Miércoles 18 de diciembre de 2024
3.
Sec. II.B. Pág. 173811
Conservación de puntuaciones:
4. Calificación de la fase de oposición: La calificación final de la fase de oposición
vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los
ejercicios.
5. Relación de aspirantes que han superado la fase de oposición: Terminada la
oposición, el Tribunal aprobará la relación definitiva de aspirantes que han superado la
oposición, en orden decreciente según la puntuación global obtenida por cada opositor,
sin que, en ningún caso, pueda figurar en dicha relación un número de candidatos
superior al total de plazas que hubieran sido convocadas.
cve: BOE-A-2024-26407
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3.1 Los aspirantes del cupo general que alcanzaron una nota superior al 60 por
ciento de la calificación máxima prevista para cualquiera de los tres primeros ejercicios y
no superaron la fase de oposición del proceso selectivo convocado por Resolución de 29
de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para
ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Titulados Superiores de
Organismos Autónomos del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, especialidad de
Propiedad Industrial, y se encomienda la gestión del proceso a la Oficina Española de
Patentes y Marcas, O.A (BOE núm. 5, de 5 de enero de 2024) conservarán dicha
puntuación y estarán eximidos de realizar tales ejercicios en esta convocatoria, dado que
el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios son análogos.
3.2 Los aspirantes de la reserva para personas con discapacidad que alcanzaron
una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima prevista para cualquiera de
los ejercicios y no superaron la fase de oposición del proceso selectivo convocado por
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca
proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de
Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Industria, Comercio y
Turismo, especialidad de Propiedad Industrial, y se encomienda la gestión del proceso a
la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A (BOE núm. 5, de 5 de enero de 2024)
conservarán dicha puntuación y estarán eximidos de realizar tales ejercicios en esta
convocatoria, dado que el contenido del temario y la forma de calificación de los
ejercicios son análogos.
3.3 La conservación de las puntuaciones solo será aplicable cuanto el aspirante
concurra a la misma rama y área. No obstante, la superación del ejercicio de inglés
también podrá conservarse cuando el aspirante concurra a distinta rama o área.
3.4 Los aspirantes que deseen conservar la puntuación de uno o más ejercicios de
la convocatoria anterior deberán solicitarlo expresamente en su solicitud de participación
en este proceso selectivo.
3.5 Los aspirantes del cupo general que no superen la fase de oposición podrán
conservar en la convocatoria inmediata siguiente la nota de los tres primeros ejercicios,
siempre que hubieran superado el 50 por ciento de la calificación prevista para el
correspondiente ejercicio y que el contenido del temario y su forma de calificación sean
análogos a los de la presente convocatoria.
3.6 Los aspirantes de la reserva para personas con discapacidad que no superen la
fase de oposición podrán conservar en la convocatoria inmediata siguiente la nota de
cualquiera de los ejercicios los ejercicios, siempre que hubieran superado el 50 por
ciento de la calificación prevista para el correspondiente ejercicio y que el contenido del
temario y su forma de calificación sean análogos a los de la presente convocatoria.
3.7 Dado que las bases de este proceso selectivo no prevén que puedan aplicarse
fórmulas matemáticas para transformar la puntuación obtenida al objeto de determinar la
superación de ninguno de los ejercicios, para la conservación de las calificaciones
obtenidas en los procesos selectivos anteriores se entiende por nota la puntuación
directa otorgada por el Tribunal para cada ejercicio y publicada por resolución del mismo.