Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Autopistas de peaje. Tarifas. (BOE-A-2024-26469)
Resolución de 6 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Transporte Terrestre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de diciembre de 2024, por el que se aprueban las tarifas aplicables en determinadas autopistas de la Red de Carreteras del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 18 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 174079
No obstante, a finales de 2018, se acordó prorrogar dicho convenio hasta el 31 de
diciembre de 2022, para lo cual, el 22 de diciembre de 2018, se suscribió la
correspondiente adenda, de previa autorización del consejo de ministros. Así mismo, el
Consejo de Ministros, con fecha 14 de diciembre de 2018, aprobó el establecimiento
unas nuevas tarifas de peaje, que homogeneizaban las diferencias de tarifas existentes
entre autopistas y en las que se planteaba una rebaja generalizada de estas con el fin de
fomentar un mayor uso de las mismas.
Sin perjuicio de lo anterior, SEITT elaboró un Plan Estratégico para el
periodo 2023-2032, aprobado el 26 de octubre de 2022 por el Consejo de Administración
de la Sociedad, previa conformidad, dada el 6 de octubre del mismo año por la Dirección
General de Patrimonio del Estado del Ministerio de Hacienda y Función Pública. Para la
definición de este Plan, la Sociedad desarrolló un modelo económico para su periodo de
vigencia, que, asimismo, ha servido de base para definir el marco económico de su
gestión, en el que los ingresos ordinarios de SEITT proceden, principalmente, del cobro
de peaje a los usuarios.
A finales de 2022, se consideró preciso suscribir un nuevo convenio en el que se
diera continuidad a las labores de gestión de la explotación de las autopistas
encomendadas a SEITT previstas en el convenio suscrito el 16 de agosto de 2017, por
un plazo temporal más acorde con las necesidades de dicha gestión, y de acuerdo con la
autorización recibida a tal fin en la disposición adicional centésima vigésima primera de
la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2022.
En este contexto, el 22 de diciembre de 2022 se suscribió un nuevo convenio de
Gestión Directa entre la Administración General del Estado y la «Sociedad Estatal de
Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E., SA», por el que se regula la gestión de
la explotación de autopistas de titularidad estatal, cuyo objeto es regular las relaciones
entre la Administración General del Estado (el entonces Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana) y SEITT para atribuir a esta última Sociedad la gestión
directa de la explotación y conservación, de determinadas autopistas y tramos de
autovías y carreteras de titularidad estatal, según las previsiones de su cláusula Primera.
En el citado convenio se define la forma de financiación de la gestión de las
autopistas gestionadas por SEITT, de acuerdo con las previsiones de un modelo
económico, basado en las previsiones del Plan estratégico de la sociedad y de unas
determinadas hipótesis de ingresos. En esta financiación se prevé también la ejecución
de una serie de inversiones de actualización de las carreteras, además de las
relacionadas con la gestión.
El modelo económico del convenio previó una senda de actualización de las tarifas
bienal del 1 %, salvo el primer año 2023, en el que se fija un porcentaje mayor a los
vehículos que no utilicen un sistema de telepeaje, para incentivar su uso, siendo el
promedio de actualización anual de tarifas de un 2 %. No obstante, lo anterior, los
elevados valores de inflación a consecuencia de, entre otros acontecimientos, la guerra
de Ucrania, recomendaron no proceder a la subida de tarifas en los años 2023 y 2024,
quedando ésta postergada.
Sin perjuicio de lo anterior, el régimen de tarifas aprobado en Consejo de Ministros
en 2018, debe actualizarse para cumplir con los nuevos preceptos de la normativa
europea en esta materia, recogidos en la Directiva (UE) 2022/362, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 24 de febrero de 2022, por la que se modifican las
Directivas 1999/62/CE, 1999/37/CE y (UE) 2019/520 por lo que respecta a la aplicación
de gravámenes a los vehículos por la utilización de determinadas infraestructuras.
Por todos los motivos expuestos, se considera oportuna la aprobación un nuevo
régimen tarifario para el periodo 2025-2032, necesario para que SEITT pueda cumplir las
atribuciones establecidas en el convenio de Gestión Directa suscrito el 22 de diciembre
de 2022, por el que se regula la gestión de la explotación de autopistas de titularidad
estatal.
cve: BOE-A-2024-26469
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 304
Miércoles 18 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 174079
No obstante, a finales de 2018, se acordó prorrogar dicho convenio hasta el 31 de
diciembre de 2022, para lo cual, el 22 de diciembre de 2018, se suscribió la
correspondiente adenda, de previa autorización del consejo de ministros. Así mismo, el
Consejo de Ministros, con fecha 14 de diciembre de 2018, aprobó el establecimiento
unas nuevas tarifas de peaje, que homogeneizaban las diferencias de tarifas existentes
entre autopistas y en las que se planteaba una rebaja generalizada de estas con el fin de
fomentar un mayor uso de las mismas.
Sin perjuicio de lo anterior, SEITT elaboró un Plan Estratégico para el
periodo 2023-2032, aprobado el 26 de octubre de 2022 por el Consejo de Administración
de la Sociedad, previa conformidad, dada el 6 de octubre del mismo año por la Dirección
General de Patrimonio del Estado del Ministerio de Hacienda y Función Pública. Para la
definición de este Plan, la Sociedad desarrolló un modelo económico para su periodo de
vigencia, que, asimismo, ha servido de base para definir el marco económico de su
gestión, en el que los ingresos ordinarios de SEITT proceden, principalmente, del cobro
de peaje a los usuarios.
A finales de 2022, se consideró preciso suscribir un nuevo convenio en el que se
diera continuidad a las labores de gestión de la explotación de las autopistas
encomendadas a SEITT previstas en el convenio suscrito el 16 de agosto de 2017, por
un plazo temporal más acorde con las necesidades de dicha gestión, y de acuerdo con la
autorización recibida a tal fin en la disposición adicional centésima vigésima primera de
la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2022.
En este contexto, el 22 de diciembre de 2022 se suscribió un nuevo convenio de
Gestión Directa entre la Administración General del Estado y la «Sociedad Estatal de
Infraestructuras del Transporte Terrestre, S.M.E., SA», por el que se regula la gestión de
la explotación de autopistas de titularidad estatal, cuyo objeto es regular las relaciones
entre la Administración General del Estado (el entonces Ministerio de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana) y SEITT para atribuir a esta última Sociedad la gestión
directa de la explotación y conservación, de determinadas autopistas y tramos de
autovías y carreteras de titularidad estatal, según las previsiones de su cláusula Primera.
En el citado convenio se define la forma de financiación de la gestión de las
autopistas gestionadas por SEITT, de acuerdo con las previsiones de un modelo
económico, basado en las previsiones del Plan estratégico de la sociedad y de unas
determinadas hipótesis de ingresos. En esta financiación se prevé también la ejecución
de una serie de inversiones de actualización de las carreteras, además de las
relacionadas con la gestión.
El modelo económico del convenio previó una senda de actualización de las tarifas
bienal del 1 %, salvo el primer año 2023, en el que se fija un porcentaje mayor a los
vehículos que no utilicen un sistema de telepeaje, para incentivar su uso, siendo el
promedio de actualización anual de tarifas de un 2 %. No obstante, lo anterior, los
elevados valores de inflación a consecuencia de, entre otros acontecimientos, la guerra
de Ucrania, recomendaron no proceder a la subida de tarifas en los años 2023 y 2024,
quedando ésta postergada.
Sin perjuicio de lo anterior, el régimen de tarifas aprobado en Consejo de Ministros
en 2018, debe actualizarse para cumplir con los nuevos preceptos de la normativa
europea en esta materia, recogidos en la Directiva (UE) 2022/362, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 24 de febrero de 2022, por la que se modifican las
Directivas 1999/62/CE, 1999/37/CE y (UE) 2019/520 por lo que respecta a la aplicación
de gravámenes a los vehículos por la utilización de determinadas infraestructuras.
Por todos los motivos expuestos, se considera oportuna la aprobación un nuevo
régimen tarifario para el periodo 2025-2032, necesario para que SEITT pueda cumplir las
atribuciones establecidas en el convenio de Gestión Directa suscrito el 22 de diciembre
de 2022, por el que se regula la gestión de la explotación de autopistas de titularidad
estatal.
cve: BOE-A-2024-26469
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 304