Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2024-26376)
Real Decreto 1285/2024, de 17 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención en el ámbito del medio ambiente para el ejercicio presupuestario 2024 al Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304

Miércoles 18 de diciembre de 2024

Sec. I. Pág. 173645

Asimismo, en cuanto al trámite de audiencia e información pública, previsto en el
artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, el presente proyecto de real
decreto fue publicado de la fecha 22 de julio de 2024 en la web del Ministerio a través del
siguiente enlace: https://www.miteco.gob.es/es/ministerio/servicios/participacion-publica/
proyecto-real-decreto-2024.html. Además, se ha dado audiencia a la entidad beneficiaria
de la subvencione objeto de la norma con el fin que manifestara su conformidad con la
misma o, en su caso, formulara las observaciones correspondientes.
Por todo lo expuesto, se estima que concurren circunstancias excepcionales que
acreditan las razones de interés público y social para la aprobación de la concesión
directa de subvenciones, prevista en el artículo 22.2.c) y regulada en los apartados 2 y 3
del artículo 28 de la Ley 38/2003, de 17 noviembre.
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en la regla 23.ª del artículo 149.1
de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia en materia de
legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de
las Comunidades Autónomas de establecer normas adicionales de protección.
En su virtud, a propuesta de la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, con el informe del Ministerio de Hacienda, y
previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 17 de diciembre
de 2024,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto.

Artículo 2.

Beneficiarios y actuaciones a financiar.

1. La entidad beneficiaria de esta subvención es el Ayuntamiento de Sant Feliu de
Llobregat para actuaciones de reverdecimiento urbano, en marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.

cve: BOE-A-2024-26376
Verificable en https://www.boe.es

1. Este real decreto tiene por objeto regular la concesión directa una subvención,
con carácter excepcional y por razones de interés público y social, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, en relación con el artículo 28.2 y 3 de la misma Ley, y el artículo 67 del
Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio. La concesión directa de la subvención se realizará
en los términos fijados en el presente real decreto y en las correspondientes
resoluciones y convenios.
2. Además, este real decreto contribuye a la ejecución parcial de la inversión 3,
«Restauración de ecosistemas e infraestructura verde», del componente 4 «Conservación y
restauración de ecosistemas y su biodiversidad» del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia, que tiene como objetivo fomentar la infraestructura verde, cubriendo las
necesidades de las autoridades locales, en particular: i) estrategias de planificación y
regeneración urbanas con el objetivo de crear y regenerar infraestructuras verdes y azules y
liberar espacio urbano para aumentar la biodiversidad, la permeabilidad del suelo y la
conectividad natural en las ciudades; ii) actuaciones y proyectos que abarquen procesos de
gobernanza y participación, gestión de espacios verdes y azules y proyectos de
metabolismo urbano relacionados con la biodiversidad, y iii) apoyo a proyectos de equipo e
infraestructuras para la planificación urbana, y cuya consecución está prevista para el
segundo trimestre de 2026, de acuerdo con la normativa reguladora del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia y del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia a
nivel europeo y nacional.