Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Protección Civil. (BOE-A-2024-26452)
Orden PJC/1430/2024, de 16 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional de 15 de octubre de 2024, por el que se aprueba la Estrategia Nacional de Protección Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304

Miércoles 18 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 173942

La Norma Básica recoge, en primer lugar, el catálogo de riesgos que deban ser
objeto de la protección civil, y que deben ser definidos bien por disposición
reglamentaria, bien en la propia Norma, a la que se incorpora el correspondiente
catálogo. La inclusión de un riesgo en el catálogo establecido en el anexo de esta Norma
Básica se realiza mediante real decreto a propuesta del Ministerio del Interior, previo
informe del Consejo Nacional de Protección Civil.
Los riesgos más relevantes a efectos de la presente Estrategia Nacional de
Protección Civil, de entre los citados en la Ley 17/2015, del Sistema Nacional de
Protección Civil y de la Norma Básica de Protección Civil, son los siguientes:
– Inundaciones.
– Incendios forestales.
– Terremotos y maremotos.
– Volcánico.
– Fenómenos meteorológicos adversos.
– Accidentes en instalaciones o procesos en los que se utilicen o almacenen
sustancias químicas, biológicas, nucleares o radiactivas.
● Riesgo químico derivado de accidentes en instalaciones en los que se utilicen
almacenen sustancias químicas.
● Riesgo biológico derivado de accidentes en instalaciones en los que se utilicen
almacenen sustancias Biológicas.
● Riesgo nuclear derivado de accidentes en instalaciones en los que se utilicen
almacenen sustancias combustibles empleadas en las centrales nucleares.
● Riesgo radiológico derivado de accidentes en instalaciones en los que se utilicen
almacenen sustancias radioactivas.

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– Accidentes en el transporte de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril.
– Accidentes de aviación civil.
– Riesgo bélico.
A continuación, se definen y analizan los principales riesgos en el ámbito de la
protección civil.
Inundaciones.

En España la pluviosidad media no es muy abundante, aun así, los episodios de
precipitaciones con valores extremos concentrados en pocas horas se repiten con mayor
asiduidad, generando caudales tales que al circular por el terreno pueden dar lugar a
crecidas, avenidas o riadas, desbordando su cauce habitual, provocando la inundación
de terrenos, y afectando a personas y bienes, produciendo pérdida de vidas humanas,
alrededor de 300 en los últimos 30 años, y cuantiosos daños materiales estimados en
unos 500 millones de euros anuales.
La gran variabilidad entre los caudales ordinarios y extraordinarios de algunos ríos,
en ocasiones de forma súbita, y la ocupación desordenada de los márgenes de los
cauces, hace que el problema de las inundaciones revista en España una especial
gravedad.
Por otra parte, los temporales y borrascas de alto impacto de varios días de duración
que afectan a grandes cuencas producen otro tipo de inundación más lenta, que causan
fundamentalmente daños económicos y, más infrecuentemente, personales.
Aunque las crecidas son, en su origen, un fenómeno natural eminentemente físico e
hidrológico, en su desarrollo sobre zonas donde hay actividades humanas se convierte
en un problema relacionado con la ordenación del territorio que presenta importantes
repercusiones sociales y económicas.

cve: BOE-A-2024-26452
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