Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Protección Civil. (BOE-A-2024-26452)
Orden PJC/1430/2024, de 16 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional de 15 de octubre de 2024, por el que se aprueba la Estrategia Nacional de Protección Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304

Miércoles 18 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 173948

CAPÍTULO 3
Objetivos estratégicos en el ámbito de la protección civil y líneas de actuación
3.1

Introducción.

La misión o fin último de la protección civil, como instrumento de la política de
seguridad pública, es proteger a las personas y bienes garantizando una respuesta
adecuada ante los distintos tipos de emergencias y catástrofes originadas por causas
naturales o derivadas de la acción humana, tomando en consideración la incidencia de
los diferentes factores potenciadores de las amenazas y riesgos –en especial el cambio
climático– y la necesidad de fortalecer la resiliencia comunitaria frente a este tipo de
eventos.
En España, las políticas públicas de protección civil se articulan sobre la base de una
acción concertada que involucre de forma eficiente todos los recursos necesarios de las
distintas Administraciones Públicas, del sector privado, así como la participación activa
de los ciudadanos. Estas políticas están dirigidas al logro de unos objetivos compartidos
que permitan la anticipación, prevención, respuesta eficaz y recuperación necesaria por
los daños derivados de las catástrofes que en el ámbito de la protección civil que se
producen en España, y que pueden requerir de una acción concertada con otros actores
internacionales.
Los objetivos estratégicos buscan crear un enfoque integral en la gestión de riesgos
y la protección civil, abordando las diferentes actuaciones del Sistema Nacional de
Protección Civil o lo que también se conoce como el ciclo de la emergencia: Anticipación,
Prevención, Planificación, Respuesta inmediata a las emergencias y Recuperación. Es
importante adaptarlos a la realidad específica de cada comunidad y actualizarlos de
manera regular para abordar los cambios en los riesgos y las capacidades.
Teniendo en cuenta las consideraciones anteriores, así como el análisis de los
principales riesgos y amenazas que afectan a España en materia de protección civil, el
criterio general que ha de regir la Estrategia Nacional de Protección Civil y para el que la
Administración General del Estado ha de disponer los recursos humanos y materiales
necesarios es establecer las directrices y líneas de acción para mejorar los sistemas de
prevención, preparación y respuesta ante catástrofes en el ámbito de la protección civil,
tratando de evitar nuevos riesgos de catástrofes, reducir el riesgo existente y gestionar el
residual y con ello mejorar la resiliencia a las catástrofes.
Objetivos estratégicos y líneas de actuación.

Los objetivos contemplados en la Estrategia corresponden a las diferentes fases del
ciclo de protección civil como se definen en la Ley 17/2015, del Sistema Nacional de
Protección Civil: Anticipación, Prevención, Planificación, Respuesta inmediata a las
emergencias y Recuperación.
Además de estos objetivos estratégicos se contemplan dos objetivos transversales,
fundamentales para el funcionamiento y la mejora continua del Sistema, pero no
alineados directamente con ninguno de los anteriores: la Formación y las Relaciones
Internacionales. Un tercer aspecto transversal es la tecnología, tanto en el aspecto de
comunicaciones como en el de los sistemas de información para el soporte a la decisión.
Sin embargo, este tercer aspecto no se considera como un objetivo en sí mismo, sino
como una herramienta que permite y facilita el desarrollo de los demás.
Por este motivo en los apartados siguientes las líneas de acción relacionadas con la
tecnología se encuentran asignadas al objetivo estratégico al que sirven de apoyo.
3.2.1

Anticipación.

Consiste en determinar los riesgos en un territorio basándose en las condiciones de
vulnerabilidad y las posibles amenazas, y comprende los análisis y estudios que
permitan obtener información y predicciones sobre situaciones peligrosas.

cve: BOE-A-2024-26452
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3.2