Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2024-26315)
Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Universidad Carlos III de Madrid, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Gestión.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303
Martes 17 de diciembre de 2024
3.5
Sec. II.B. Pág. 173212
A la instancia se acompañará la siguiente documentación:
a) Los aspirantes con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 que
soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán hacerlo según el modelo que figura
como anexo IV, adjuntando, además, dictamen técnico facultativo emitido por el Órgano
Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad. La falta de indicación
detallada de la adaptación que precisa determinará el desistimiento del aspirante en su
solicitud de adaptación.
b) Documentación acreditativa de la nacionalidad, en virtud de la base 2.1.a).
c) Documento acreditativo de la realización del abono de los derechos de examen,
mediante la aportación de una copia del resguardo del ingreso o transferencia realizada,
o bien del documento acreditativo que determina la causa de exención de su abono, en
su caso. La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de su exención
determinará la exclusión del aspirante.
3.6
Son causas de exclusión del aspirante:
a) El incumplimiento de los requisitos de participación establecidos en la presente
convocatoria.
b) La no presentación de la solicitud, así como de la documentación relacionada en
la base 3.5, en tiempo y forma.
c) La falta de pago de la tasa correspondiente por derechos de examen o la falta de
justificación de su abono o de encontrarse exento, total o parcialmente, de este pago;
todo ello en tiempo y forma.
Admisión de aspirantes.
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Gerencia de la
Universidad Carlos III de Madrid dictará resolución en virtud de la cual se declararán
aprobadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas a las plazas
convocadas, con indicación expresa de la causa de exclusión. Dicha resolución, que se
publicará en la página web de la Universidad https://www.uc3m.es/empleo/pas,
contendrá la designación de las personas que integrarán el Tribunal calificador.
4.2 Quienes resulten excluidos/as expresamente, así como quienes no figuren en
las listas provisionales publicadas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la mencionada resolución para
poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión de las
relaciones de admitidos y excluidos. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la
exclusión o la omisión, justificando su derecho a estar incluidos en la relación de
admitidos, serán definitivamente excluidos/as de la participación en el proceso selectivo.
4.3 Finalizado el plazo de subsanación se publicará, en la página web de la
Universidad Carlos III de Madrid, la resolución por la que se aprueban las listas
definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, entendiéndose desestimadas las
reclamaciones no recogidas en la misma.
Una vez publicada la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, el Tribunal se
reunirá para valorar los méritos aportados por los y las aspirantes.
Los méritos a valorar serán los alegados y acreditados documentalmente por las
personas aspirantes durante el plazo de presentación de solicitudes, no tomándose en
consideración los alegados con posterioridad a la finalización de dicho plazo, ni los
aportados por otros medios que no sean los indicados en esta convocatoria.
Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará como fecha límite para
su cómputo la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de
participación en el proceso selectivo.
No se valorarán los méritos que, habiendo sido alegados, no hayan sido
debidamente acreditados.
cve: BOE-A-2024-26315
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 303
Martes 17 de diciembre de 2024
3.5
Sec. II.B. Pág. 173212
A la instancia se acompañará la siguiente documentación:
a) Los aspirantes con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 que
soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán hacerlo según el modelo que figura
como anexo IV, adjuntando, además, dictamen técnico facultativo emitido por el Órgano
Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad. La falta de indicación
detallada de la adaptación que precisa determinará el desistimiento del aspirante en su
solicitud de adaptación.
b) Documentación acreditativa de la nacionalidad, en virtud de la base 2.1.a).
c) Documento acreditativo de la realización del abono de los derechos de examen,
mediante la aportación de una copia del resguardo del ingreso o transferencia realizada,
o bien del documento acreditativo que determina la causa de exención de su abono, en
su caso. La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de su exención
determinará la exclusión del aspirante.
3.6
Son causas de exclusión del aspirante:
a) El incumplimiento de los requisitos de participación establecidos en la presente
convocatoria.
b) La no presentación de la solicitud, así como de la documentación relacionada en
la base 3.5, en tiempo y forma.
c) La falta de pago de la tasa correspondiente por derechos de examen o la falta de
justificación de su abono o de encontrarse exento, total o parcialmente, de este pago;
todo ello en tiempo y forma.
Admisión de aspirantes.
4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Gerencia de la
Universidad Carlos III de Madrid dictará resolución en virtud de la cual se declararán
aprobadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas a las plazas
convocadas, con indicación expresa de la causa de exclusión. Dicha resolución, que se
publicará en la página web de la Universidad https://www.uc3m.es/empleo/pas,
contendrá la designación de las personas que integrarán el Tribunal calificador.
4.2 Quienes resulten excluidos/as expresamente, así como quienes no figuren en
las listas provisionales publicadas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la mencionada resolución para
poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión de las
relaciones de admitidos y excluidos. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la
exclusión o la omisión, justificando su derecho a estar incluidos en la relación de
admitidos, serán definitivamente excluidos/as de la participación en el proceso selectivo.
4.3 Finalizado el plazo de subsanación se publicará, en la página web de la
Universidad Carlos III de Madrid, la resolución por la que se aprueban las listas
definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, entendiéndose desestimadas las
reclamaciones no recogidas en la misma.
Una vez publicada la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, el Tribunal se
reunirá para valorar los méritos aportados por los y las aspirantes.
Los méritos a valorar serán los alegados y acreditados documentalmente por las
personas aspirantes durante el plazo de presentación de solicitudes, no tomándose en
consideración los alegados con posterioridad a la finalización de dicho plazo, ni los
aportados por otros medios que no sean los indicados en esta convocatoria.
Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará como fecha límite para
su cómputo la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de
participación en el proceso selectivo.
No se valorarán los méritos que, habiendo sido alegados, no hayan sido
debidamente acreditados.
cve: BOE-A-2024-26315
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.