Ministerio de Sanidad. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Farmacéuticos Titulares. (BOE-A-2024-26282)
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Farmacéuticos Titulares, y para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio único, para el personal de la Administración General del Estado.
34 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303

Martes 17 de diciembre de 2024
12.16

Sec. II.B. Pág. 173133

El Tribunal calificador estará conformado por las siguientes personas:
Tribunal titular

Presidenta: Doña Andrea Martín Moro. Cuerpo de Farmacéuticos Titulares.
Secretario: Don Carlos Fernández Portillo. Escala Técnica de Gestión de
Organismos Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo.
Vocales:
Doña Raquel García Navarro. Cuerpo de Farmacéuticos Titulares.
Don Héctor Sánchez Herrero. Escala Técnica de Gestión de Organismos
Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo.
Doña Rebeca de la Rosa Rodríguez. Escala Técnica de Gestión de Organismos
Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo.
Tribunal suplente
Presidenta: Doña Mercedes Martínez Vallejo. Escala Técnica de Gestión de
Organismos Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo.
Secretario: Don José Manuel Valenzuela Mendoza. Cuerpo de Farmacéuticos
Titulares.
Vocales:
Doña Irene Grau Segura. Cuerpo de Farmacéuticos Titulares.
Doña Paloma Edurne Pizarro Ruiz. Escala Técnica de Gestión de Organismos
Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo.
Don Ignacio Manuel Giménez Alba. Escala Técnica de Gestión de Organismos
Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo.
Acceso de personas con discapacidad

13.1 El Tribunal calificador adoptará las medidas oportunas que permitan participar
a las personas aspirantes con discapacidad en las pruebas del proceso selectivo en
igualdad de condiciones que el resto de personas participantes, siempre que así lo
hubieran indicado expresamente en la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el Real
Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público
y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
13.2 Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento
podrán participar bien por el sistema de acceso general o bien por el cupo de reserva de
personas con discapacidad, debiendo indicarlo en el formulario de solicitud de
participación en el proceso selectivo.
13.3 Con independencia del sistema por el que opten, las personas aspirantes que
presenten un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, podrán requerir en el
formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios
oportunos en las pruebas del proceso selectivo.
13.4 Las personas interesadas deberán indicar expresamente en el formulario de
participación las adaptaciones de tiempo y/o medios que soliciten para cada uno de los
ejercicios del proceso selectivo. Para que el Tribunal calificador pueda valorar la
procedencia o no de la adaptación solicitada, las personas interesadas deberán adjuntar
necesariamente, en el plazo de presentación de solicitudes, copia auténtica del dictamen
técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad
en el que quede acreditado de forma fehaciente la o las deficiencias permanentes que
hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, sin que sea válido, a estos
efectos, ningún otro documento. El Tribunal calificador aplicará las adaptaciones de
tiempos que correspondan previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la
que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los

cve: BOE-A-2024-26282
Verificable en https://www.boe.es

13.