Ministerio de Sanidad. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Farmacéuticos Titulares. (BOE-A-2024-26282)
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Farmacéuticos Titulares, y para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio único, para el personal de la Administración General del Estado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303
Martes 17 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 173127
El ejercicio se puntuará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 25
puntos para acceder al siguiente ejercicio.
6.4.2.2
Segundo ejercicio.
Este ejercicio, de carácter no eliminatorio, puntuará de 0 a 10 puntos. El cuestionario
estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas con las siguientes
características:
– Las preguntas tendrán tres respuestas alternativas, siendo sólo una la correcta.
– Todas las respuestas correctas tendrán el mismo valor de 1 punto.
– Las contestaciones erróneas o en blanco no restarán puntuación.
6.4.2.3 La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma
de las puntuaciones obtenidas en el primero y segundo ejercicio, siendo necesario
obtener un mínimo de 25 puntos para acceder a la fase de concurso.
6.5
Descripción de la fase de concurso.
6.5.1
Cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo.
6.5.1.1
En la fase de concurso se valorarán los siguientes méritos:
a) Antigüedad. Se valorará la antigüedad global reconocida al trabajador o
trabajadora como personal laboral fijo del IV Convenio único en el ámbito de la
Administración General del Estado, hasta la fecha de publicación de la convocatoria, a
razón de 1 punto por año hasta un máximo de 30 puntos. Sólo computarán los años
completos de servicios prestados.
b) Trabajo desarrollado. Se valorará el tiempo, como personal laboral fijo, hasta la
fecha de publicación de la convocatoria, desempeñando puestos de trabajo con
funciones propias del anexo II del IV Convenio Único en el ámbito de la Administración
General del Estado, siempre y cuando los puestos en los que se han desempeñado
dichas funciones hayan quedado encuadrados en el referido anexo II, a razón de 0,21
puntos por mes completo de servicios, hasta un máximo de 10 puntos. El trabajo
desarrollado computará por días y meses de servicios prestados.
6.5.1.2 La calificación del concurso se valorará con una puntuación máxima de 40
puntos, no pudiendo determinar por si sola la superación del proceso.
6.5.1.3 La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de
las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios, por este orden:
Primero. Mayor puntuación obtenida por antigüedad.
Segundo. Mayor puntuación obtenida por trabajo desarrollado.
Tercero. Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
Curso selectivo.
El curso selectivo solo será obligatorio para las personas aspirantes del turno de
acceso libre, eximiéndose de él a las personas aspirantes del turno de cambio de
régimen jurídico del personal laboral fijo.
Consistirá en un periodo de formación de teórico-práctico destinado a la adquisición
de conocimientos y habilidades en materia de administración, reglamentación,
evaluación y gestión de medicamentos y productos sanitarios y consistirá en un periodo
formativo con una duración máxima de un mes, a celebrar en las sedes del Ministerio de
Sanidad y en las áreas funcionales y dependencias provinciales de Sanidad y Política
Social de las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno.
cve: BOE-A-2024-26282
Verificable en https://www.boe.es
6.6
Núm. 303
Martes 17 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 173127
El ejercicio se puntuará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 25
puntos para acceder al siguiente ejercicio.
6.4.2.2
Segundo ejercicio.
Este ejercicio, de carácter no eliminatorio, puntuará de 0 a 10 puntos. El cuestionario
estará compuesto por preguntas con respuestas alternativas con las siguientes
características:
– Las preguntas tendrán tres respuestas alternativas, siendo sólo una la correcta.
– Todas las respuestas correctas tendrán el mismo valor de 1 punto.
– Las contestaciones erróneas o en blanco no restarán puntuación.
6.4.2.3 La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma
de las puntuaciones obtenidas en el primero y segundo ejercicio, siendo necesario
obtener un mínimo de 25 puntos para acceder a la fase de concurso.
6.5
Descripción de la fase de concurso.
6.5.1
Cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo.
6.5.1.1
En la fase de concurso se valorarán los siguientes méritos:
a) Antigüedad. Se valorará la antigüedad global reconocida al trabajador o
trabajadora como personal laboral fijo del IV Convenio único en el ámbito de la
Administración General del Estado, hasta la fecha de publicación de la convocatoria, a
razón de 1 punto por año hasta un máximo de 30 puntos. Sólo computarán los años
completos de servicios prestados.
b) Trabajo desarrollado. Se valorará el tiempo, como personal laboral fijo, hasta la
fecha de publicación de la convocatoria, desempeñando puestos de trabajo con
funciones propias del anexo II del IV Convenio Único en el ámbito de la Administración
General del Estado, siempre y cuando los puestos en los que se han desempeñado
dichas funciones hayan quedado encuadrados en el referido anexo II, a razón de 0,21
puntos por mes completo de servicios, hasta un máximo de 10 puntos. El trabajo
desarrollado computará por días y meses de servicios prestados.
6.5.1.2 La calificación del concurso se valorará con una puntuación máxima de 40
puntos, no pudiendo determinar por si sola la superación del proceso.
6.5.1.3 La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de
las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.
En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios, por este orden:
Primero. Mayor puntuación obtenida por antigüedad.
Segundo. Mayor puntuación obtenida por trabajo desarrollado.
Tercero. Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
Curso selectivo.
El curso selectivo solo será obligatorio para las personas aspirantes del turno de
acceso libre, eximiéndose de él a las personas aspirantes del turno de cambio de
régimen jurídico del personal laboral fijo.
Consistirá en un periodo de formación de teórico-práctico destinado a la adquisición
de conocimientos y habilidades en materia de administración, reglamentación,
evaluación y gestión de medicamentos y productos sanitarios y consistirá en un periodo
formativo con una duración máxima de un mes, a celebrar en las sedes del Ministerio de
Sanidad y en las áreas funcionales y dependencias provinciales de Sanidad y Política
Social de las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno.
cve: BOE-A-2024-26282
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