Ministerio de Sanidad. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Farmacéuticos Titulares. (BOE-A-2024-26282)
Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Farmacéuticos Titulares, y para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio único, para el personal de la Administración General del Estado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303
Martes 17 de diciembre de 2024
6.4
Sec. II.B. Pág. 173125
Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la siguiente forma:
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá
calificar los ejercicios de las personas aspirantes de acuerdo con los criterios de
corrección y los baremos de puntuación establecidos en esta convocatoria y conforme a
lo indicado en el apartado 12.11, y deberá publicar con anterioridad a la realización de la
prueba los criterios de corrección, valoración y superación de aquella que no estén
expresamente establecidos en las bases de la convocatoria.
El Tribunal fijará las puntuaciones directas mínimas necesarias para superar cada
uno de los ejercicios.
La puntuación directa mínima no podrá ser inferior al 30 por ciento de la puntuación
máxima obtenible del ejercicio.
Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones
máximas del ejercicio.
En los ejercicios de la fase de oposición las calificaciones resultarán de las
puntuaciones transformadas que se derivan de los baremos establecidos por el Tribunal.
6.4.1
6.4.1.1
Acceso libre.
Primer ejercicio.
En este ejercicio se valorarán hasta un máximo de 120 preguntas, que se puntuarán
de la forma siguiente:
Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo
de 5 puntos para acceder al siguiente ejercicio, para lo cual el Tribunal calificador
adaptará la puntuación del ejercicio a una calificación de 0 a 10 puntos.
Las personas aspirantes que alcancen al menos la mitad de la puntuación máxima
superarán el ejercicio y, en caso de que de este modo no superasen el ejercicio al menos
tres personas aspirantes por plaza ofertada, se considerará como puntuación mínima del
ejercicio la que corresponda hasta que el mismo sea superado por el triple de personas
aspirantes que plazas se convocan en la presente convocatoria, siempre que dichas
personas aspirantes hayan obtenido al menos el 35 por ciento de la puntuación teórica
máxima (3,5 puntos).
A las personas que hubieran superado el primer ejercicio con una nota superior al 60
por ciento de calificación máxima en la convocatoria de 2023, se les podrá conservar la
calificación, siempre y cuando ésta sea análoga en el contenido del temario y la forma de
calificación, salvo actualización normativa. No obstante, si optasen por presentarse
estando exentas, quedará sin efecto el resultado obtenido en la convocatoria inmediata
anterior.
Para hacer uso de este derecho, deberán presentar solicitud de participación a las
pruebas selectivas y solicitar dicha conservación conforme el anexo II de esta
convocatoria.
Las plantillas correctoras de este ejercicio se harán públicas en el plazo máximo de
dos días hábiles a contar desde el día siguiente a la finalización del mismo.
6.4.1.2
Segundo ejercicio.
Este ejercicio, tanto la modalidad presencial como la modalidad por acreditación, se
calificará como «apto» o «no apto», siempre cuando el nivel corresponda con un nivel B2
cve: BOE-A-2024-26282
Verificable en https://www.boe.es
– Cada contestación correcta valdrá 1 punto.
– Se restará 0,25 puntos por cada una de las respuestas incorrectas.
– Se dejarán de valorar las preguntas no respondidas.
– De las operaciones anteriores se obtendrá la valoración de cada persona
participante en el ejercicio.
Núm. 303
Martes 17 de diciembre de 2024
6.4
Sec. II.B. Pág. 173125
Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la siguiente forma:
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá
calificar los ejercicios de las personas aspirantes de acuerdo con los criterios de
corrección y los baremos de puntuación establecidos en esta convocatoria y conforme a
lo indicado en el apartado 12.11, y deberá publicar con anterioridad a la realización de la
prueba los criterios de corrección, valoración y superación de aquella que no estén
expresamente establecidos en las bases de la convocatoria.
El Tribunal fijará las puntuaciones directas mínimas necesarias para superar cada
uno de los ejercicios.
La puntuación directa mínima no podrá ser inferior al 30 por ciento de la puntuación
máxima obtenible del ejercicio.
Las puntuaciones directas máximas obtenibles equivaldrán a las calificaciones
máximas del ejercicio.
En los ejercicios de la fase de oposición las calificaciones resultarán de las
puntuaciones transformadas que se derivan de los baremos establecidos por el Tribunal.
6.4.1
6.4.1.1
Acceso libre.
Primer ejercicio.
En este ejercicio se valorarán hasta un máximo de 120 preguntas, que se puntuarán
de la forma siguiente:
Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo
de 5 puntos para acceder al siguiente ejercicio, para lo cual el Tribunal calificador
adaptará la puntuación del ejercicio a una calificación de 0 a 10 puntos.
Las personas aspirantes que alcancen al menos la mitad de la puntuación máxima
superarán el ejercicio y, en caso de que de este modo no superasen el ejercicio al menos
tres personas aspirantes por plaza ofertada, se considerará como puntuación mínima del
ejercicio la que corresponda hasta que el mismo sea superado por el triple de personas
aspirantes que plazas se convocan en la presente convocatoria, siempre que dichas
personas aspirantes hayan obtenido al menos el 35 por ciento de la puntuación teórica
máxima (3,5 puntos).
A las personas que hubieran superado el primer ejercicio con una nota superior al 60
por ciento de calificación máxima en la convocatoria de 2023, se les podrá conservar la
calificación, siempre y cuando ésta sea análoga en el contenido del temario y la forma de
calificación, salvo actualización normativa. No obstante, si optasen por presentarse
estando exentas, quedará sin efecto el resultado obtenido en la convocatoria inmediata
anterior.
Para hacer uso de este derecho, deberán presentar solicitud de participación a las
pruebas selectivas y solicitar dicha conservación conforme el anexo II de esta
convocatoria.
Las plantillas correctoras de este ejercicio se harán públicas en el plazo máximo de
dos días hábiles a contar desde el día siguiente a la finalización del mismo.
6.4.1.2
Segundo ejercicio.
Este ejercicio, tanto la modalidad presencial como la modalidad por acreditación, se
calificará como «apto» o «no apto», siempre cuando el nivel corresponda con un nivel B2
cve: BOE-A-2024-26282
Verificable en https://www.boe.es
– Cada contestación correcta valdrá 1 punto.
– Se restará 0,25 puntos por cada una de las respuestas incorrectas.
– Se dejarán de valorar las preguntas no respondidas.
– De las operaciones anteriores se obtendrá la valoración de cada persona
participante en el ejercicio.