Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-26252)
Enmiendas de 2022 al Código internacional sobre el programa mejorado de inspecciones durante los reconocimientos de graneleros y petroleros, 2011 (Código ESP 2011) adoptadas en Londres el 10 de noviembre de 2022 mediante la Resolución MSC. 525(106).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303
Martes 17 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 172852
ANEXO 10
Informe sobre la evaluación del estado del buque (resumen ejecutivo sobre el casco)
Contenido del informe sobre la evaluación del estado del buque (resumen ejecutivo
sobre el casco)
16.
La actual parte 9 (Memorandos) se sustituye por el texto siguiente:
«Parte 9 – Memorandos
– Defectos aceptables.
– Particularidades a las que habrá de prestarse atención en ulteriores
reconocimientos: por ejemplo, zonas sospechosas.
– Examen de los tanques de lastre en los reconocimientos anuales por
deterioro del revestimiento.»
Sistema de prevención de la corrosión de los tanques
17.
El texto actual del párrafo que sigue a la nota n.º 3 se sustituye por el siguiente:
«En el caso de los tanques de lastre, si el estado del revestimiento es inferior a
BUENO, habrán de examinarse los tanques en los reconocimientos anuales. Se
hará constar tal circunstancia en la parte 9 del contenido del informe sobre la
evaluación del estado del buque (resumen ejecutivo sobre el casco).»
ANEXO 12
Directrices para la evaluación técnica en relación con la planificación de los
reconocimientos mejorados de los petroleros
Referencias
18.
Las referencias actuales se sustituyen por las siguientes:
«1 IACS, Recommendation 96: Double Hull Oil Tankers – Guidelines
for Surveys, Assessment and Repair of Hull Structures, 2019
2 TSCF, Guidelines for the Inspection and Maintenance of Double Hull Tanker
Structures, 1995
3 TSCF, Guidance Manual for Tanker Structures, 1997»
Parte B
1.
Generalidades.
1.2
Definiciones.
19.
El párrafo 1.2.1 se sustituye por el siguiente:
«1.2.1 Petrolero: buque construido principalmente para transportar
hidrocarburos a granel en tanques de carga que forman parte integrante del casco
del buque, incluidos los tipos de buques como los buques de carga combinados
(petroleros/mineraleros, etc.), pero no los buques que transportan hidrocarburos
cve: BOE-A-2024-26252
Verificable en https://www.boe.es
Código sobre el programa mejorado de inspecciones durante los reconocimientos
de petroleros que no tengan doble casco
Núm. 303
Martes 17 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 172852
ANEXO 10
Informe sobre la evaluación del estado del buque (resumen ejecutivo sobre el casco)
Contenido del informe sobre la evaluación del estado del buque (resumen ejecutivo
sobre el casco)
16.
La actual parte 9 (Memorandos) se sustituye por el texto siguiente:
«Parte 9 – Memorandos
– Defectos aceptables.
– Particularidades a las que habrá de prestarse atención en ulteriores
reconocimientos: por ejemplo, zonas sospechosas.
– Examen de los tanques de lastre en los reconocimientos anuales por
deterioro del revestimiento.»
Sistema de prevención de la corrosión de los tanques
17.
El texto actual del párrafo que sigue a la nota n.º 3 se sustituye por el siguiente:
«En el caso de los tanques de lastre, si el estado del revestimiento es inferior a
BUENO, habrán de examinarse los tanques en los reconocimientos anuales. Se
hará constar tal circunstancia en la parte 9 del contenido del informe sobre la
evaluación del estado del buque (resumen ejecutivo sobre el casco).»
ANEXO 12
Directrices para la evaluación técnica en relación con la planificación de los
reconocimientos mejorados de los petroleros
Referencias
18.
Las referencias actuales se sustituyen por las siguientes:
«1 IACS, Recommendation 96: Double Hull Oil Tankers – Guidelines
for Surveys, Assessment and Repair of Hull Structures, 2019
2 TSCF, Guidelines for the Inspection and Maintenance of Double Hull Tanker
Structures, 1995
3 TSCF, Guidance Manual for Tanker Structures, 1997»
Parte B
1.
Generalidades.
1.2
Definiciones.
19.
El párrafo 1.2.1 se sustituye por el siguiente:
«1.2.1 Petrolero: buque construido principalmente para transportar
hidrocarburos a granel en tanques de carga que forman parte integrante del casco
del buque, incluidos los tipos de buques como los buques de carga combinados
(petroleros/mineraleros, etc.), pero no los buques que transportan hidrocarburos
cve: BOE-A-2024-26252
Verificable en https://www.boe.es
Código sobre el programa mejorado de inspecciones durante los reconocimientos
de petroleros que no tengan doble casco