Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-26197)
Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Carretera N-332. Duplicación de la variante de Torrevieja».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Lunes 16 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 172540

c.6

Red Natura 2000 y espacios protegidos.

El proyecto no es coincidente con ningún espacio Red Natura 2000. Sin embargo, se
podrían producir impactos indirectos a espacios próximos, por lo que el promotor realiza
un estudio de repercusiones sobre Red Natura 2000, en el que analiza el Parque Natural
de las Lagunas de la Mata y Torrevieja, que es colindante con la margen izquierda de las
actuaciones, y alberga el LIC (ES0000059) y la ZEPA (ES0000485) ambos denominados
«Lagunas de la Mata y Torrevieja».

cve: BOE-A-2024-26197
Verificable en https://www.boe.es

En fase de diseño, el promotor planteará soluciones para minimizar las superficies de
ocupación proyectadas, tanto permanentes como temporales, y elaborará un Plan de
prevención y extinción de incendios, en consonancia con lo establecido en el Plan de
Acción Territorial Forestal de la Comunidad Valenciana (PATFOR).
En fase de construcción, procederá al desbroce en plataforma, taludes y caminos de
acceso y, además, se prevé pérdida de vegetación por la realización de desmontes y
terraplenes. El promotor realizará un adecuado jalonamiento de las superficies, riegos
automáticos y protección eficaz del arbolado, realizando un cerco alrededor de este que
preserve tanto la zona radical como las copas de los árboles.
En relación con la especie Orchis collina, el promotor se compromete a realizar una
prospección florística previa al inicio de las obras, con el objetivo de identificar dicha
especie, así como otras formaciones vegetales que puedan verse afectadas por la
alternativa seleccionada. En caso de detectar su presencia en la zona de trabajo, el
promotor establecerá las medidas necesarias para proteger los ejemplares y evitar
cualquier daño causado por las actuaciones. Si fuese necesario eliminar algún ejemplar,
se procederá a su traslado a otra área dentro de su hábitat natural.
Por otra parte, en relación con la uña de gato (Carpobrotus edulis), especie
clasificada como invasora en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras (Real
Decreto 630/2013, de 2 de agosto), antes de la aprobación del proyecto constructivo, el
promotor desarrollará un proyecto de restauración ambiental y un protocolo para su
control y erradicación, según lo establecido en el Decreto 213/2009, de 20 de noviembre,
del Consell, por el que se aprueban medidas para el control de especies exóticas
invasoras en la Comunidad Valenciana.
Finalmente, aunque la zona de estudio se encuentra muy antropizada, están
catalogados los Hábitats de Interés Comunitario (HIC): 1150 «Lagunas costeras»; 1310
«Vegetación anual pionera con Salicornia y otras especies de zonas fangosas o
arenosas»; 1410 «Pastizales salinos mediterráneos Juncetalia maritimi»; 1420
«Matorrales halófilos mediterráneos y termoatlánticos Sarcocornetea fructicosae»; 1430
«Matorrales halo-nitrófilos Pegano-Salsoletea)»; 1510* «Estepas salinas mediterráneas
Limonietalia» (prioritario); y 5330 «Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos» que
se podrían ver afectados por el proyecto. En concreto, las actuaciones proyectadas
podrían afectar a los HIC 1420, 1430, 1510* en la zona del canal artificial «El Acequión»
que une la Laguna de Torrevieja con el mar Mediterráneo y el HIC 5330 en la parte final
del trazado. Debido al marcado carácter urbano en el entorno de este canal, se observa
un estado deficiente de conservación o incluso la ausencia de los hábitats catalogados
en la zona (HIC 1420, 1430 y 1510*). En cuanto al HIC 5330 en el final del trazado, se
descarta su presencia en la margen izquierda debido a la ubicación de la desaladora de
Torrevieja. Por otro lado, en la margen derecha, el suelo está clasificado como
urbanizable según el Plan Urbanístico, y cuenta con los servicios correspondientes al
Programa de Acción Integrada. La inexistencia del hábitat en este espacio impide su
afección.
El promotor establece una serie de medidas relativas a la vegetación con el fin de
prevenir posibles afecciones al remanente de vegetación correspondiente a los HIC que
pudiera haber en la zona, como evitar la ubicación de instalaciones auxiliares, parques
de maquinaria y zonas de acopio en zonas de interés natural; restaurar las áreas
colindantes al trazado afectadas por las obras; y prestar especial atención a aquellas
labores que puedan generar incendios, disponiendo de los medios de control adecuados.