Ministerio de Cultura. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2024-26142)
Resolución de 6 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir plazas de personal laboral fijo, fuera de convenio, de Profesor Tutti (violín, viola y violonchelo) de la Orquesta Nacional de España, y la elaboración de relaciones de candidatos, dependiente del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302
Lunes 16 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 172132
ingreso de estas solicitudes podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o, cuando se disponga de una cuenta bancaria abierta
en una entidad extranjera, mediante transferencia a la cuenta corriente código IBAN
ES06-0182-2370-4902-0020-3962 (código BIC BBVAESMM) del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Derechos de examen». El sistema de pago mediante transferencia a esta cuenta sólo
será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero y desde cuentas
bancarias abiertas en entidades extranjeras, no siendo admitida esta modalidad de pago
en ningún otro caso.
En caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción,
las personas aspirantes deberán dirigirse al teléfono 060, o acceder al formulario de consultas/
incidencias de IPS (disponible en https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS).
3.7 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá a la Subdirección General de Personal del
Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
3.8 La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
3.9 A la solicitud se acompañará:
Estarán exentas de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad las
personas incluidas en el apartado a) de la base 2.1, así como las personas extranjeras
residentes en España incluidas en el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud
la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de
Datos de Identidad. El resto de las personas candidatas deberán acompañar a su
solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.
Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que
soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico
Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de
discapacidad.
La primera prueba de la audición se realizará obligatoriamente con pianista de
acompañamiento que la Orquesta y Coro Nacionales de España ponga a disposición de
las personas aspirantes exclusivamente para el día de celebración de la prueba. Las
personas aspirantes sólo podrán disponer de pianista propio para la segunda prueba y
siguientes, en caso de que las hubiera. En caso de que las personas aspirantes deseen
disponer del pianista de la OCNE para la 2.ª prueba y siguientes deberán adjuntar a la
solicitud el anexo V de la presente convocatoria, debidamente cumplimentado y firmado.
3.10 Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición de la persona
interesada.
3.11 El tratamiento de la información por medios electrónicos se ajustará a lo
establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y
por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos
Personales) y en el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
4. Admisión de las personas aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante
dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de
personas admitidas y excluidas. En atención al elevado número de plazas ofertadas y del
número previsto de solicitudes de participación en este proceso selectivo, y de acuerdo
cve: BOE-A-2024-26142
Verificable en https://www.boe.es
– Curriculum vitae.
Núm. 302
Lunes 16 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 172132
ingreso de estas solicitudes podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o, cuando se disponga de una cuenta bancaria abierta
en una entidad extranjera, mediante transferencia a la cuenta corriente código IBAN
ES06-0182-2370-4902-0020-3962 (código BIC BBVAESMM) del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Derechos de examen». El sistema de pago mediante transferencia a esta cuenta sólo
será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero y desde cuentas
bancarias abiertas en entidades extranjeras, no siendo admitida esta modalidad de pago
en ningún otro caso.
En caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción,
las personas aspirantes deberán dirigirse al teléfono 060, o acceder al formulario de consultas/
incidencias de IPS (disponible en https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS).
3.7 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá a la Subdirección General de Personal del
Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
3.8 La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
3.9 A la solicitud se acompañará:
Estarán exentas de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad las
personas incluidas en el apartado a) de la base 2.1, así como las personas extranjeras
residentes en España incluidas en el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud
la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de
Datos de Identidad. El resto de las personas candidatas deberán acompañar a su
solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.
Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que
soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico
Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de
discapacidad.
La primera prueba de la audición se realizará obligatoriamente con pianista de
acompañamiento que la Orquesta y Coro Nacionales de España ponga a disposición de
las personas aspirantes exclusivamente para el día de celebración de la prueba. Las
personas aspirantes sólo podrán disponer de pianista propio para la segunda prueba y
siguientes, en caso de que las hubiera. En caso de que las personas aspirantes deseen
disponer del pianista de la OCNE para la 2.ª prueba y siguientes deberán adjuntar a la
solicitud el anexo V de la presente convocatoria, debidamente cumplimentado y firmado.
3.10 Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición de la persona
interesada.
3.11 El tratamiento de la información por medios electrónicos se ajustará a lo
establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y
por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos
Personales) y en el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
4. Admisión de las personas aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante
dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de
personas admitidas y excluidas. En atención al elevado número de plazas ofertadas y del
número previsto de solicitudes de participación en este proceso selectivo, y de acuerdo
cve: BOE-A-2024-26142
Verificable en https://www.boe.es
– Curriculum vitae.