Ministerio de Cultura. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2024-26142)
Resolución de 6 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir plazas de personal laboral fijo, fuera de convenio, de Profesor Tutti (violín, viola y violonchelo) de la Orquesta Nacional de España, y la elaboración de relaciones de candidatos, dependiente del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 16 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 172131
3.2 Las solicitudes y, en su caso, la subsanación y procedimientos de impugnación
de las actuaciones en el proceso selectivo, deberán presentarse obligatoriamente por vía
electrónica, de acuerdo a lo establecido en la disposición adicional primera del Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
La presentación de la solicitud se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Procesos
Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips),
siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario como requisito previo
para la inscripción el poseer un certificado digital válido de persona física, de los
incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación» (TSL)
establecidos en España (más información en http://firmaelectronica.gob.es y en
http://www.dnielectronico.es).
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea del modelo oficial.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de
inscripción.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo otorgado a estos
efectos, permitiendo completar o modificar los datos que fueran erróneos, y/o adjuntar a
través de IPS la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.
3.3 En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica
tengan que ir acompañadas de documentación adicional, ésta podrá adjuntarse
escaneada en la solicitud electrónica.
3.4 La presentación de la solicitud se realizará haciendo uso del servicio Inscripción
en Procesos Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se indican en el anexo
IV, siendo necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un certificado
digital válido de persona física, de los incluidos en la «Lista de confianza de prestadores
de servicios de certificación» (TSL) establecidos en España (más información en http://
firmaelectronica.gob.es y en http://www.dnielectronico.es).
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea del modelo oficial.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de
inscripción.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo otorgado a estos
efectos, permitiendo completar o modificar los datos que fueran erróneos, y/o adjuntar a
través de IPS la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.
3.5 El ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en
Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips)
en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia del
correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC)
emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
3.6 En el caso de las personas aspirantes que cursen su solicitud en el extranjero,
para los que el órgano de selección haya acordado la cumplimentación y presentación
sustitutoria en papel, estos podrán presentarla en las representaciones diplomáticas o
consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero
acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El
cve: BOE-A-2024-26142
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 302
Lunes 16 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 172131
3.2 Las solicitudes y, en su caso, la subsanación y procedimientos de impugnación
de las actuaciones en el proceso selectivo, deberán presentarse obligatoriamente por vía
electrónica, de acuerdo a lo establecido en la disposición adicional primera del Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
La presentación de la solicitud se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Procesos
Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips),
siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario como requisito previo
para la inscripción el poseer un certificado digital válido de persona física, de los
incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación» (TSL)
establecidos en España (más información en http://firmaelectronica.gob.es y en
http://www.dnielectronico.es).
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea del modelo oficial.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de
inscripción.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo otorgado a estos
efectos, permitiendo completar o modificar los datos que fueran erróneos, y/o adjuntar a
través de IPS la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.
3.3 En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica
tengan que ir acompañadas de documentación adicional, ésta podrá adjuntarse
escaneada en la solicitud electrónica.
3.4 La presentación de la solicitud se realizará haciendo uso del servicio Inscripción
en Procesos Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se indican en el anexo
IV, siendo necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un certificado
digital válido de persona física, de los incluidos en la «Lista de confianza de prestadores
de servicios de certificación» (TSL) establecidos en España (más información en http://
firmaelectronica.gob.es y en http://www.dnielectronico.es).
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea del modelo oficial.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
– La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de
inscripción.
– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo otorgado a estos
efectos, permitiendo completar o modificar los datos que fueran erróneos, y/o adjuntar a
través de IPS la documentación que se requiera para legitimar la subsanación.
3.5 El ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en
Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips)
en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia del
correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC)
emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
3.6 En el caso de las personas aspirantes que cursen su solicitud en el extranjero,
para los que el órgano de selección haya acordado la cumplimentación y presentación
sustitutoria en papel, estos podrán presentarla en las representaciones diplomáticas o
consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero
acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El
cve: BOE-A-2024-26142
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 302