Comisión Nacional de Los Mercados y La Competencia. III. Otras disposiciones. Energía eléctrica. (BOE-A-2024-26218)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad de aplicación a partir del 1 de enero de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 16 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 172720
de 16 de diciembre de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia,
por la que se establecen los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y
distribución de electricidad de aplicación a partir del 1 de enero de 2022; la Resolución
de 15 de diciembre de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia,
por la que se establecen los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y
distribución de electricidad de aplicación a partir del 1 de enero de 2023 y la Resolución
de 21 de diciembre de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia,
por la que se establecen los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y
distribución de electricidad de aplicación a partir del 1 de enero de 2024.
En lo que respecta a la retribución de las actividades del transporte y la distribución,
a la espera de la ejecución de las Sentencias del Tribunal Supremo en relación con la
declaración de lesividad de las órdenes IET/980/2016, de 10 de junio, por la que se
establece la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para el
año 2016 y IET/981/2016, de 15 de junio, por la que se establece la retribución de las
empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica para el año 2016,
las resoluciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia por las que
se establece la retribución de las actividades de transporte y distribución de los
ejercicios 2021 y 2022 fijaron con carácter provisional, para sendos ejercicios, las
retribuciones establecidas en las citadas órdenes IET/980/2016 y IET/981/2016.
Por otra parte, el 1 de junio de 2022 fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado»
la Orden TED/490/2022, de 31 de mayo, por la que se ejecuta la sentencia del Tribunal
Supremo en relación con la declaración de lesividad para el interés público de la
Orden IET/980/2016, de 10 de junio, por la que se establece la retribución de las
empresas de distribución de energía eléctrica para el año 2016 y con posterioridad la
Orden TED/749/2022, de 27 de julio, por la que se aprueba el incentivo o penalización
para la reducción de pérdidas en la red de distribución de energía eléctrica para el
año 2016, se modifica la retribución base del año 2016 para varias empresas
distribuidoras, y se aprueba la retribución de las empresas de distribución de energía
eléctrica para los años 2017, 2018 y 2019.
Asimismo, han sido publicadas la Orden TED/1311/2022, de 23 de diciembre, por la
que se aprueba la retribución de Red Eléctrica de España, SA, correspondiente al
año 2016, en ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo en relación con el recurso
contencioso-administrativo número 264/2018 planteado por la Abogacía del Estado
respecto de las cuestiones que motivaron el Acuerdo del Consejo de Ministros que
declaró la lesividad de la Orden IET/981/2016, de 15 de junio, y la
Orden TED/1343/2022, de 23 de diciembre, por la que se establece la retribución de las
empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica para los
años 2017, 2018 y 2019.
Una vez se ha dispuesto de la base de retribución de activos actualizada, la CNMC
ha ditado, conforme a las metodologías de las Circulares 5/2019 y 6/2019 la Resolución
de 27 de julio de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por
la que se establece la retribución de las empresas titulares de instalaciones de
transporte de energía eléctrica para el año 2020; la Resolución de 4 de abril de 2024,
de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la
retribución de las empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica
para el año 2021; la Resolución de 27 de junio de 2024, de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia, por la que se establece el ajuste a realizar en la
retribución de las empresas de transporte y distribución de energía eléctrica de los
ejercicios 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024, por el empleo de la fibra óptica en la
realización de actividades distintas y la Resolución de 31 de julio de 2024, de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la retribución de las
empresas titulares de instalaciones de distribución de energía eléctrica para el año 2020.
Actualmente, se encuentran en fase de tramitación la resolución por la que se
establece la retribución de la actividad de distribución correspondiente al ejercicio 2021 y
la retribución de la actividad de transporte correspondiente al ejercicio 2022.
cve: BOE-A-2024-26218
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 302
Lunes 16 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 172720
de 16 de diciembre de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia,
por la que se establecen los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y
distribución de electricidad de aplicación a partir del 1 de enero de 2022; la Resolución
de 15 de diciembre de 2022, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia,
por la que se establecen los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y
distribución de electricidad de aplicación a partir del 1 de enero de 2023 y la Resolución
de 21 de diciembre de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia,
por la que se establecen los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y
distribución de electricidad de aplicación a partir del 1 de enero de 2024.
En lo que respecta a la retribución de las actividades del transporte y la distribución,
a la espera de la ejecución de las Sentencias del Tribunal Supremo en relación con la
declaración de lesividad de las órdenes IET/980/2016, de 10 de junio, por la que se
establece la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para el
año 2016 y IET/981/2016, de 15 de junio, por la que se establece la retribución de las
empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica para el año 2016,
las resoluciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia por las que
se establece la retribución de las actividades de transporte y distribución de los
ejercicios 2021 y 2022 fijaron con carácter provisional, para sendos ejercicios, las
retribuciones establecidas en las citadas órdenes IET/980/2016 y IET/981/2016.
Por otra parte, el 1 de junio de 2022 fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado»
la Orden TED/490/2022, de 31 de mayo, por la que se ejecuta la sentencia del Tribunal
Supremo en relación con la declaración de lesividad para el interés público de la
Orden IET/980/2016, de 10 de junio, por la que se establece la retribución de las
empresas de distribución de energía eléctrica para el año 2016 y con posterioridad la
Orden TED/749/2022, de 27 de julio, por la que se aprueba el incentivo o penalización
para la reducción de pérdidas en la red de distribución de energía eléctrica para el
año 2016, se modifica la retribución base del año 2016 para varias empresas
distribuidoras, y se aprueba la retribución de las empresas de distribución de energía
eléctrica para los años 2017, 2018 y 2019.
Asimismo, han sido publicadas la Orden TED/1311/2022, de 23 de diciembre, por la
que se aprueba la retribución de Red Eléctrica de España, SA, correspondiente al
año 2016, en ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo en relación con el recurso
contencioso-administrativo número 264/2018 planteado por la Abogacía del Estado
respecto de las cuestiones que motivaron el Acuerdo del Consejo de Ministros que
declaró la lesividad de la Orden IET/981/2016, de 15 de junio, y la
Orden TED/1343/2022, de 23 de diciembre, por la que se establece la retribución de las
empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica para los
años 2017, 2018 y 2019.
Una vez se ha dispuesto de la base de retribución de activos actualizada, la CNMC
ha ditado, conforme a las metodologías de las Circulares 5/2019 y 6/2019 la Resolución
de 27 de julio de 2023, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por
la que se establece la retribución de las empresas titulares de instalaciones de
transporte de energía eléctrica para el año 2020; la Resolución de 4 de abril de 2024,
de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la
retribución de las empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica
para el año 2021; la Resolución de 27 de junio de 2024, de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia, por la que se establece el ajuste a realizar en la
retribución de las empresas de transporte y distribución de energía eléctrica de los
ejercicios 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024, por el empleo de la fibra óptica en la
realización de actividades distintas y la Resolución de 31 de julio de 2024, de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la retribución de las
empresas titulares de instalaciones de distribución de energía eléctrica para el año 2020.
Actualmente, se encuentran en fase de tramitación la resolución por la que se
establece la retribución de la actividad de distribución correspondiente al ejercicio 2021 y
la retribución de la actividad de transporte correspondiente al ejercicio 2022.
cve: BOE-A-2024-26218
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 302