Comisión Nacional de Los Mercados y La Competencia. III. Otras disposiciones. Energía eléctrica. (BOE-A-2024-26218)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad de aplicación a partir del 1 de enero de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Lunes 16 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 172719

III. OTRAS DISPOSICIONES

COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS
Y LA COMPETENCIA
26218

Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia, por la que se establecen los valores de los
peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad de
aplicación a partir del 1 de enero de 2025.

La Sala de Supervisión Regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, en su sesión de 3 de diciembre de 2024, previo trámite de audiencia y de
acuerdo con la función establecida en el artículo 7.1 bis de la Ley 3/2013, de 4 de junio,
de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, y de
conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Circular 3/2020, de 15 de diciembre,
de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, resuelve lo siguiente:
Antecedentes

La Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y
la Competencia, en su redacción dada por el Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero,
de medidas urgentes para adecuar las competencias de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia a las exigencias derivadas del derecho comunitario en
relación a las Directivas 2009/72/CE y 2009/73/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la
electricidad y del gas natural, establece en su artículo 7.1.a) que es función de la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia establecer mediante circular la
metodología, previo trámite de audiencia y con criterios de eficiencia económica,
transparencia, objetividad y no discriminación y de acuerdo con las orientaciones de
política energética, para el cálculo de los peajes de acceso a las redes de electricidad
destinados a cubrir la retribución del transporte y la distribución de energía eléctrica.
En el ejercicio de esta competencia el pasado 24 de enero de 2020 fue publicada en
el «Boletín Oficial del Estado» la Circular 3/2020, de 15 de enero, por la que se establece
la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad.
Por otra parte, en el ejercicio de las competencias asignadas a la Comisión Nacional
de los Mercados y la Competencia en el artículo 7.1.g) de la Ley 3/2013, de 4 de junio,
fueron aprobadas la Circular 5/2019, de 5 de diciembre, por la que se establece la
metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de transporte de energía
eléctrica y la Circular 6/2019, de 5 de diciembre, por la que se establece la metodología
para el cálculo de la retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica. Estas
Circulares fueron publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» del día 19 de diciembre
de 2019.
Conforme al artículo 7.1 bis de la Ley 3/2013, de 4 de junio, y el artículo 13 de la
citada Circular 3/2020, de 15 de enero, la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia, previo trámite de audiencia, calculará anualmente y publicará en el
«Boletín Oficial del Estado» mediante resolución los valores de los peajes de acceso a
las redes de transporte y distribución, así como la cuantía de la retribución de las
actividades de transporte y distribución de electricidad.
En relación con los peajes de acceso a las redes, han sido publicadas la Resolución
de 18 de marzo de 2021, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia,
por la que se establecen los valores de los peajes de acceso a las redes de transporte y
distribución de electricidad de aplicación a partir del 1 de junio de 2021; la Resolución

cve: BOE-A-2024-26218
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I.