Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-26188)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo de reforma juvenil y protección de menores.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302
Lunes 16 de diciembre de 2024
2.
Sec. III. Pág. 172491
Pedagogo/a.
Competencias: Diseña y participa en el proyecto educativo del centro, participando y
asesorando en la realización de las adaptaciones curriculares y el apoyo docente a
los/las menores/jóvenes.
3.
Médico/a y Psiquiatra.
Competencias: Atiende la salud de los/las menores/jóvenes, sin menoscabo de su
especialización.
4.
Abogado/a.
Competencias: Realiza el asesoramiento jurídico, ya esté incluido en un
departamento, ya forme parte de un servicio de apoyo o asesoría interna, ya constituya
parte integrante del equipo técnico de un centro de trabajo.
Realiza el seguimiento y valoración jurídico de la medida judicial impuesta a la
persona menor de edad o joven en un centro, así como la asesoría al resto de
integrantes del equipo técnico y a la dirección del centro sobre la forma de adecuar la
ejecución de medidas con el Proyecto Educativo de Centro (PEC) mediante el Programa
Individual de Ejecución de Medida (PIEM).
5.
Ingeniero/a en informática.
Competencias: Desempeña el diseño y supervisión, tanto en lo relativo a
mantenimiento de hardware/software como en lo relativo a establecimiento, supervisión y
mantenimiento de redes, equipos y servidores informáticos de la entidad.
6.
Jefe/a de administración.
Competencias: Realiza las funciones de administración y gestión económica de la
entidad.
Referencia CNCP: Administración y gestión. Nivel 3.
7.
Profesor/a de secundaria.
Competencias: Realiza la instrucción y educación formal de los menores/jóvenes en
los niveles educativos correspondientes. Forma parte del equipo educativo del centro o
programa.
8.
Graduado/a social/relaciones laborales.
Competencias: Desempeña funciones técnicas de tipo administrativo/gestión laboral
de la entidad o empresa.
Trabajador/a social.
Competencias: Elaborar y emitir informes técnicos sobre los/as menores/jóvenes, en
los cuales se valore la situación del menor/joven y su entorno.
Asesoramiento y apoyo técnico a dirección.
Orientar a los profesionales que desarrollan su trabajo en contacto directo con los/las
menores/jóvenes sobre las características particulares de cada uno de ellos para
conseguir los objetivos establecidos en sus programas individuales.
Determinar la situación psicosocial de cada menor/joven de forma individualizada.
Favorecer una mejor adaptación de los/las menores/jóvenes y su reintegración
psicosocial, mejorando la asunción de responsabilidades y competencia socio familiar de
menor/joven.
Aportación de información relevante de carácter técnico en los procesos judiciales de
los/las menores/jóvenes cuando ésta sea requerida por la dirección.
cve: BOE-A-2024-26188
Verificable en https://www.boe.es
9.
Núm. 302
Lunes 16 de diciembre de 2024
2.
Sec. III. Pág. 172491
Pedagogo/a.
Competencias: Diseña y participa en el proyecto educativo del centro, participando y
asesorando en la realización de las adaptaciones curriculares y el apoyo docente a
los/las menores/jóvenes.
3.
Médico/a y Psiquiatra.
Competencias: Atiende la salud de los/las menores/jóvenes, sin menoscabo de su
especialización.
4.
Abogado/a.
Competencias: Realiza el asesoramiento jurídico, ya esté incluido en un
departamento, ya forme parte de un servicio de apoyo o asesoría interna, ya constituya
parte integrante del equipo técnico de un centro de trabajo.
Realiza el seguimiento y valoración jurídico de la medida judicial impuesta a la
persona menor de edad o joven en un centro, así como la asesoría al resto de
integrantes del equipo técnico y a la dirección del centro sobre la forma de adecuar la
ejecución de medidas con el Proyecto Educativo de Centro (PEC) mediante el Programa
Individual de Ejecución de Medida (PIEM).
5.
Ingeniero/a en informática.
Competencias: Desempeña el diseño y supervisión, tanto en lo relativo a
mantenimiento de hardware/software como en lo relativo a establecimiento, supervisión y
mantenimiento de redes, equipos y servidores informáticos de la entidad.
6.
Jefe/a de administración.
Competencias: Realiza las funciones de administración y gestión económica de la
entidad.
Referencia CNCP: Administración y gestión. Nivel 3.
7.
Profesor/a de secundaria.
Competencias: Realiza la instrucción y educación formal de los menores/jóvenes en
los niveles educativos correspondientes. Forma parte del equipo educativo del centro o
programa.
8.
Graduado/a social/relaciones laborales.
Competencias: Desempeña funciones técnicas de tipo administrativo/gestión laboral
de la entidad o empresa.
Trabajador/a social.
Competencias: Elaborar y emitir informes técnicos sobre los/as menores/jóvenes, en
los cuales se valore la situación del menor/joven y su entorno.
Asesoramiento y apoyo técnico a dirección.
Orientar a los profesionales que desarrollan su trabajo en contacto directo con los/las
menores/jóvenes sobre las características particulares de cada uno de ellos para
conseguir los objetivos establecidos en sus programas individuales.
Determinar la situación psicosocial de cada menor/joven de forma individualizada.
Favorecer una mejor adaptación de los/las menores/jóvenes y su reintegración
psicosocial, mejorando la asunción de responsabilidades y competencia socio familiar de
menor/joven.
Aportación de información relevante de carácter técnico en los procesos judiciales de
los/las menores/jóvenes cuando ésta sea requerida por la dirección.
cve: BOE-A-2024-26188
Verificable en https://www.boe.es
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