Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-26187)
Resolución de 3 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de Enercon Windenergy Spain, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Lunes 16 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 172385

problemas, incluyéndose la preparación, realización y documentación de trabajos
especiales, la evaluación de la seguridad, la definición de medidas de protección, la
realización de reuniones de seguridad (toolbox meetings) y la responsabilidad del
rendimiento cualitativo y cuantitativo del equipo.
Experiencia mínima de acceso: Más de 2 años de experiencia en puesto equivalente.
Formación de acceso: La determinada para el grupo en cada una de las diferentes
áreas (eléctrica, mecánica) por el Departamento de Formación de Enercon.
Requerimientos adicionales de acceso: Evaluación de rendimiento e idoneidad
favorable por parte de la Supervisión de Mantenimiento de la zona, evaluación de calidad
(Field Training Verification) superior al 98 % por parte del departamento de Calidad de
Enercon, superación del nivel correspondiente en el examen técnico de acceso en cada
una de las diferentes áreas (eléctrica, mecánica), cumplimiento con los objetivos de
productividad anuales.
B)

Área de trabajadores/as de oficina: Subárea de Asistentes de Administración:

Grupo 1: Auxiliares Administrativos/as.
Criterios generales: Personal que ejecuta un trabajo de índole rutinaria y baja/media
complejidad en la subárea de administración bajo instrucciones concretas con una
dependencia jerárquica y funcional total.
Grupo 2: Asistentes Administrativos/as.
Criterios generales: Personal que realiza trabajos complejos bajo especificaciones
precisas y con cierto grado de autonomía (por ejemplo, le compete la toma de decisiones
en relación a operaciones y procesos relevantes). Puede ayudar a la coordinación del
trabajo de otras personas solucionando los problemas que se les planteen. Esta labor la
realiza en base a que ejecuta con carácter habitual aquellas tareas correspondientes al
personal que gestiona o puede gestionar.
Entre las tareas que le competen se encuentran las relaciones con personas o
entidades ajenas a la Empresa (clientes, proveedores, etc.) con carácter burocrático
(envío de información, solicitud presupuestos, etc.).
Grupo 3: Responsables Administrativos/as.
Criterios generales: Alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad. Participa
en la definición de objetivos concretos a alcanzar en un campo determinado y establece
normas, guías y estrategias conforme a los principios de la Empresa. Coordina, planifica
y dirige las funciones realizadas por el personal a su cargo, si los tuviese.
Entre las tareas que le competen se encuentran el contacto diario con personas o
entidades ajenas a la Empresa (clientes, proveedores, etc.).
C)

Área de trabajadores/as de oficina: Subárea de Asistentes Técnicos:

Criterios generales: Personal que ejecuta un trabajo técnico complejo bajo
instrucciones concretas siendo supervisado sobre resultados finales.
Entre las tareas que le competen se encuentran las relaciones internas con Dirección
para la organización de tareas y la planificación de las acciones a realizar anualmente,
así como las relaciones con personas o entidades ajenas a la Empresa (clientes,
proveedores, etc.) con carácter burocrático (envío de información, solicitud
presupuestos, etc.).
Grupo 2: Oficiales de PRL.
Criterios generales: Personal que ejecuta un trabajo técnico de alta complejidad en el
área de PRL, siendo supervisado sobre resultados finales.

cve: BOE-A-2024-26187
Verificable en https://www.boe.es

Grupo 1: Responsables de Función y Gestión de Materiales.