Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2024-26101)
Orden CNU/1418/2024, de 9 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a participantes directos y asociados en el Proyecto Importante de Interés Común Europeo de Salud (Med4Cure) y se procede a la convocatoria de las ayudas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301
Sábado 14 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 171847
4. Las solicitudes se presentarán mediante el formulario electrónico
correspondiente, junto con las declaraciones y documentación que se relaciona a
continuación (en formato «pdf», y en ningún caso superará 6 Mbytes de información):
a) El participante directo deberá aportar la siguiente documentación:
1.º Una memoria ejecutiva del proyecto aprobado en el IPCEI con el contenido
propuesto en el anexo II de la presente orden.
b)
Los participantes asociados deberán aportar la siguiente documentación:
1.º Memoria técnica del proyecto del participante asociado, con la justificación del
encaje en el IPCEI, su contribución a la línea de trabajo principal (core WS) y la
descripción del proyecto individual de I+D con el contenido mínimo descrito en el anexo
III de la presente orden, excluyendo las actividades de primer despliegue industrial.
2.º Memoria justificativa del cumplimiento del principio DNSH conforme al anexo I
de la Comunicación de la Comisión «Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no
causar un perjuicio significativo al medioambiente», según detalle del anexo IV de esta
orden, con el contenido mínimo reflejado.
3.º Declaración responsable del compromiso del beneficiario de realizar una
difusión de los resultados del proyecto por medio de conferencias, publicaciones, bases
de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.
4.º Declaración responsable del compromiso de difusión de los resultados del
proyecto de Investigación y Desarrollo en al menos tres Estados miembros o Partes
Contratantes en el Acuerdo EEE por medio de conferencias, publicaciones, bases de
libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.
5.º Declaración responsable del compromiso del beneficiario de poner a
disposición, a su debido tiempo, licencias de los resultados de investigación de proyectos
de Investigación y Desarrollo subvencionados protegidos por derechos de propiedad
intelectual, a precios de mercado y de forma no exclusiva y no discriminatoria para su
uso por las partes interesadas en el EEE.
6.º Declaración responsable del cumplimiento del principio de «no causar un
perjuicio significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación
y Resiliencia» (2021/C 58/01).
1.º En el supuesto de que se identifique la entidad a subcontratar en la solicitud y el
importe del contrato con dicha entidad supere las cuantías establecidas para el contrato
menor previstos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,
deberán aportarse como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, salvo que por
sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades
que los realicen, presten o suministren, en cuyo caso deberá aportarse la
correspondiente memoria justificativa.
2.º En el caso de que se subcontraten actividades con entidades vinculadas,
solicitud de autorización de dicha subcontratación y declaración responsable de que se
realiza de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.
3.º Acreditación del cumplimiento de la obligación de depósito de cuentas al
menos hasta el ejercicio 2023 en el registro oficial correspondiente (Registro
Mercantil, de cooperativas o el que proceda) a la fecha de presentación de la solicitud
de ayuda. Esta acreditación deberá realizarse mediante nota informativa del Registro
Mercantil (o registro oficial correspondiente) donde conste el último depósito contable
y el contenido de las situaciones especiales, de existir. En el caso de que la sociedad
consolide cuentas en un grupo superior, deberá aportar, adicionalmente, la misma
acreditación respecto del depósito de las cuentas consolidadas. A estos efectos, se
cve: BOE-A-2024-26101
Verificable en https://www.boe.es
c) Tanto el participante directo como los asociados deberán aportar la siguiente
documentación y declaraciones:
Núm. 301
Sábado 14 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 171847
4. Las solicitudes se presentarán mediante el formulario electrónico
correspondiente, junto con las declaraciones y documentación que se relaciona a
continuación (en formato «pdf», y en ningún caso superará 6 Mbytes de información):
a) El participante directo deberá aportar la siguiente documentación:
1.º Una memoria ejecutiva del proyecto aprobado en el IPCEI con el contenido
propuesto en el anexo II de la presente orden.
b)
Los participantes asociados deberán aportar la siguiente documentación:
1.º Memoria técnica del proyecto del participante asociado, con la justificación del
encaje en el IPCEI, su contribución a la línea de trabajo principal (core WS) y la
descripción del proyecto individual de I+D con el contenido mínimo descrito en el anexo
III de la presente orden, excluyendo las actividades de primer despliegue industrial.
2.º Memoria justificativa del cumplimiento del principio DNSH conforme al anexo I
de la Comunicación de la Comisión «Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no
causar un perjuicio significativo al medioambiente», según detalle del anexo IV de esta
orden, con el contenido mínimo reflejado.
3.º Declaración responsable del compromiso del beneficiario de realizar una
difusión de los resultados del proyecto por medio de conferencias, publicaciones, bases
de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.
4.º Declaración responsable del compromiso de difusión de los resultados del
proyecto de Investigación y Desarrollo en al menos tres Estados miembros o Partes
Contratantes en el Acuerdo EEE por medio de conferencias, publicaciones, bases de
libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.
5.º Declaración responsable del compromiso del beneficiario de poner a
disposición, a su debido tiempo, licencias de los resultados de investigación de proyectos
de Investigación y Desarrollo subvencionados protegidos por derechos de propiedad
intelectual, a precios de mercado y de forma no exclusiva y no discriminatoria para su
uso por las partes interesadas en el EEE.
6.º Declaración responsable del cumplimiento del principio de «no causar un
perjuicio significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación
y Resiliencia» (2021/C 58/01).
1.º En el supuesto de que se identifique la entidad a subcontratar en la solicitud y el
importe del contrato con dicha entidad supere las cuantías establecidas para el contrato
menor previstos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público,
deberán aportarse como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, salvo que por
sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades
que los realicen, presten o suministren, en cuyo caso deberá aportarse la
correspondiente memoria justificativa.
2.º En el caso de que se subcontraten actividades con entidades vinculadas,
solicitud de autorización de dicha subcontratación y declaración responsable de que se
realiza de acuerdo con lo previsto en el artículo 7.
3.º Acreditación del cumplimiento de la obligación de depósito de cuentas al
menos hasta el ejercicio 2023 en el registro oficial correspondiente (Registro
Mercantil, de cooperativas o el que proceda) a la fecha de presentación de la solicitud
de ayuda. Esta acreditación deberá realizarse mediante nota informativa del Registro
Mercantil (o registro oficial correspondiente) donde conste el último depósito contable
y el contenido de las situaciones especiales, de existir. En el caso de que la sociedad
consolide cuentas en un grupo superior, deberá aportar, adicionalmente, la misma
acreditación respecto del depósito de las cuentas consolidadas. A estos efectos, se
cve: BOE-A-2024-26101
Verificable en https://www.boe.es
c) Tanto el participante directo como los asociados deberán aportar la siguiente
documentación y declaraciones: