Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2024-26052)
Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Melilla, para la prestación del servicio del comedor escolar del Centro de Educación Infantil y Primaria «Mediterráneo» en las instalaciones del Centro de Día «San Francisco» y la elaboración de menús para el alumnado del Centro de Educación Infantil y Primaria «Hipódromo».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300

Viernes 13 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 171552

En el curso escolar 2024/2025 se ha fijado una cuantía de 940,00 euros por alumno.
Los fondos se financian con cargo a la aplicación presupuestaria 18.08.323M.483.03 del
Ministerio. El total máximo de financiación será de 141.000,00 euros,
correspondiendo 84.600,00 euros al alumnado del CEIP «Mediterráneo» y 56.400,00
euros al del CEIP «Hipódromo».
Cuarta.
A)

Compromisos de la Ciudad de Melilla.
Servicio de comedor para el alumnado del CEIP «Mediterráneo».

La Ciudad de Melilla asumirá la prestación del servicio de comedor de los alumnos
del CEIP «Mediterráneo» como gestor de la subvención en especie y velará por el
correcto funcionamiento del servicio de vigilancia ejecutado por el Ministerio en
dependencias del Centro de Día, conforme a la cláusula segunda y respetando los
requisitos de calidad y las condiciones indicadas.
La gestión de este servicio de comedor podrá integrarse en el marco de la propia
gestión del servicio de comedor que presta el Centro de Día a sus usuarios.
La Ciudad de Melilla se encargará de seleccionar y gestionar el personal encargado
de las funciones del servicio de comedor –con exclusión de la vigilancia del alumnado–
descritas en la cláusula segunda, pudiendo ser personal propio o bien personal
procedente de la concesión de contratos públicos u otros mecanismos jurídicos. En todo
caso, la Ciudad garantizará un nivel de personal suficiente y efectivo para la cobertura
del servicio.
Habida cuenta de que dicho personal tendrá contacto habitual con menores, éste
deberá acreditar conforme al artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de
protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, no haber sido
condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad
sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del
Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el
título VII bis de ese mismo Código. Para ello, ese personal deberá acreditar esta
circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central
de delincuentes sexuales.
Asimismo, la Ciudad de Melilla se encargará de adquirir la materia prima para
elaborar los menús, y el material necesario para prestar un efectivo servicio de comedor,
garantizando la misma calidad que la ofrecida al resto de usuarios de su comedor del
Centro de Día. El servicio de comedor se prestará en condiciones análogas a como se
efectuaría en un comedor escolar.
La Ciudad informará al personal directivo del CEIP «Mediterráneo» acerca de las
normas de régimen interior aplicables al Centro de Día, tanto de convivencia y de
emergencias del edificio, como cualquier otra consideración que entienda conveniente.
La Ciudad a través del personal del Centro de Día, velará para evitar el contacto de
los alumnos con personas ajenas al ámbito educativo, en especial con otros usuarios del
Centro Día. Los alumnos sólo podrán tener contacto con su profesorado de referencia, el
personal que preste el servicio de comedor, el encargado de la vigilancia y otro personal
del Centro de Día que resulte indispensable.

El servicio de elaboración de los menús destinados al alumnado becado del CEIP
«Hipódromo» se considera una subvención en especie, si bien la entrega del alimento
cocinado requiere de la colaboración de los servicios que provea el Ministerio.
En este caso, la Ciudad se compromete a elaborar los menús y a envasar de manera
individual cada comida, acompañado del menaje desechable que se considere pertinente
por las partes. El envase deberá estar bien cerrado, manteniendo el calor durante el
mayor tiempo posible y será recogido por el personal que indique el Ministerio para su

cve: BOE-A-2024-26052
Verificable en https://www.boe.es

B) Servicio de elaboración de comidas para el alumnado del CEIP «Hipódromo».