Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2024-26052)
Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Melilla, para la prestación del servicio del comedor escolar del Centro de Educación Infantil y Primaria «Mediterráneo» en las instalaciones del Centro de Día «San Francisco» y la elaboración de menús para el alumnado del Centro de Educación Infantil y Primaria «Hipódromo».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 171551
k) Recogida y limpieza de los utensilios de cocina y maquinaria utilizados.
l) Recogida y limpieza del comedor.
Los menús que se oferten deberán constar de primero, segundo plato y postre,
además, se tendrán en cuenta las consideraciones descritas en la Guía de comedores
escolares realizada conjuntamente por los Ministerios con competencias en Sanidad y
Educación https://sede.educacion.gob.es/publiventa/d/15130/19/0.
El Ministerio a través de su Dirección Provincial y del personal del CEIP
«Mediterráneo», se responsabilizará del servicio de vigilancia del alumnado durante la
prestación del comedor en dependencias del Centro de Día. Asimismo, velará por la
adecuada prestación del servicio de comedor descrito.
Cuando las circunstancias sanitarias lo requieran o cuando concurran otras
consideraciones determinadas por la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública o
por la Dirección Provincial del Ministerio de Melilla, el servicio de comedor podrá
ofrecerse en envases a fin de que el alumnado se lo lleve a su domicilio.
B)
Servicio de elaboración de comidas para el alumnado del CEIP «Hipódromo».
La Ciudad Autónoma de Melilla prestará un máximo de 60 servicios diarios de
comedor durante al menos 165 días a lo largo del curso escolar. Dicho servicio se
prestará fuera de las instalaciones del comedor «San Francisco» con el compromiso de
preparar y poner a disposición, mediante envases desechables, las comidas para que el
Ministerio decida cómo proveer dicha alimentación de la mejor manera al alumnado
según su capacidad.
Este servicio de comedor incluye, entre otras, las siguientes actuaciones:
a) Planificación de los menús.
b) Adquisición de materias primas alimenticias para la elaboración de los menús.
c) Adquisición de productos y equipamiento de limpieza para la elaboración de los
referidos menús y para actuaciones conexas, y siempre en suficiente cantidad que
permita garantizar un stock.
d) Almacenamiento de las materias primas y otros productos fungibles como
servilletas, manteles de papel y recipientes de un solo uso, y en refrigeración o
congelación para los productos que lo requieran.
e) Preparación de las materias y alimentos para su cocina: limpieza, pelaje, remojo,
etc.
f) Cocción en todas sus variantes posibles, según requiera la receta.
g) Preparación y puesta a disposición del alumnado de otros productos necesarios:
pan, servilletas, agua y menaje desechable, etc.
h) Envasado de los alimentos mediante envases transportables y resistentes.
i) Puesta a disposición para su recogida por el pertinente servicio de entrega que
encomiende el Ministerio.
Aportación económica.
Este servicio de comedor escolar se financiará con las ayudas de comedor que
reciban los alumnos beneficiarios del CEIP «Mediterráneo» y del CEIP «Hipódromo»
convocadas por la Secretaría de Estado de Educación en la Resolución de 4 de abril
de 2024 de la Secretaría de Estado de Educación por la que se convocan ayudas para
sufragar los servicios de comedor escolar para alumnado matriculado en centros
públicos docentes no universitarios en las Ciudades de Ceuta y Melilla durante el curso
académico 2024/2025.
Para ello, una vez resuelta la convocatoria de ayudas de comedor escolar para
Ceuta y Melilla, el Ministerio remitirá a la Consejería de Políticas Sociales y Salud
Pública de la Ciudad de Melilla los fondos correspondientes a los alumnos beneficiarios
del CEIP «Mediterráneo» y del CEIP «Hipódromo».
cve: BOE-A-2024-26052
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 171551
k) Recogida y limpieza de los utensilios de cocina y maquinaria utilizados.
l) Recogida y limpieza del comedor.
Los menús que se oferten deberán constar de primero, segundo plato y postre,
además, se tendrán en cuenta las consideraciones descritas en la Guía de comedores
escolares realizada conjuntamente por los Ministerios con competencias en Sanidad y
Educación https://sede.educacion.gob.es/publiventa/d/15130/19/0.
El Ministerio a través de su Dirección Provincial y del personal del CEIP
«Mediterráneo», se responsabilizará del servicio de vigilancia del alumnado durante la
prestación del comedor en dependencias del Centro de Día. Asimismo, velará por la
adecuada prestación del servicio de comedor descrito.
Cuando las circunstancias sanitarias lo requieran o cuando concurran otras
consideraciones determinadas por la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública o
por la Dirección Provincial del Ministerio de Melilla, el servicio de comedor podrá
ofrecerse en envases a fin de que el alumnado se lo lleve a su domicilio.
B)
Servicio de elaboración de comidas para el alumnado del CEIP «Hipódromo».
La Ciudad Autónoma de Melilla prestará un máximo de 60 servicios diarios de
comedor durante al menos 165 días a lo largo del curso escolar. Dicho servicio se
prestará fuera de las instalaciones del comedor «San Francisco» con el compromiso de
preparar y poner a disposición, mediante envases desechables, las comidas para que el
Ministerio decida cómo proveer dicha alimentación de la mejor manera al alumnado
según su capacidad.
Este servicio de comedor incluye, entre otras, las siguientes actuaciones:
a) Planificación de los menús.
b) Adquisición de materias primas alimenticias para la elaboración de los menús.
c) Adquisición de productos y equipamiento de limpieza para la elaboración de los
referidos menús y para actuaciones conexas, y siempre en suficiente cantidad que
permita garantizar un stock.
d) Almacenamiento de las materias primas y otros productos fungibles como
servilletas, manteles de papel y recipientes de un solo uso, y en refrigeración o
congelación para los productos que lo requieran.
e) Preparación de las materias y alimentos para su cocina: limpieza, pelaje, remojo,
etc.
f) Cocción en todas sus variantes posibles, según requiera la receta.
g) Preparación y puesta a disposición del alumnado de otros productos necesarios:
pan, servilletas, agua y menaje desechable, etc.
h) Envasado de los alimentos mediante envases transportables y resistentes.
i) Puesta a disposición para su recogida por el pertinente servicio de entrega que
encomiende el Ministerio.
Aportación económica.
Este servicio de comedor escolar se financiará con las ayudas de comedor que
reciban los alumnos beneficiarios del CEIP «Mediterráneo» y del CEIP «Hipódromo»
convocadas por la Secretaría de Estado de Educación en la Resolución de 4 de abril
de 2024 de la Secretaría de Estado de Educación por la que se convocan ayudas para
sufragar los servicios de comedor escolar para alumnado matriculado en centros
públicos docentes no universitarios en las Ciudades de Ceuta y Melilla durante el curso
académico 2024/2025.
Para ello, una vez resuelta la convocatoria de ayudas de comedor escolar para
Ceuta y Melilla, el Ministerio remitirá a la Consejería de Políticas Sociales y Salud
Pública de la Ciudad de Melilla los fondos correspondientes a los alumnos beneficiarios
del CEIP «Mediterráneo» y del CEIP «Hipódromo».
cve: BOE-A-2024-26052
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.