Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2024-26052)
Resolución de 9 de diciembre de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Melilla, para la prestación del servicio del comedor escolar del Centro de Educación Infantil y Primaria «Mediterráneo» en las instalaciones del Centro de Día «San Francisco» y la elaboración de menús para el alumnado del Centro de Educación Infantil y Primaria «Hipódromo».
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 171550
Contando con los informes preceptivos ambas partes acuerdan suscribir el presente
convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El objeto de este convenio es, en primer lugar, ejecutar el servicio de comedor para
el alumnado con beca de comedor escolar del CEIP «Mediterráneo» de Melilla en las
dependencias del Centro de Día «San Francisco», sito en la Calle General Picasso s/n,
de Melilla.
En segundo lugar, sobre la base de este convenio, el Centro de Día elaborará,
mediante gestión directa o externa, los menús para los alumnos con beca de comedor
del CEIP «Hipódromo».
La Ciudad de Melilla asume su función como entidad colaboradora de la gestión de las
ayudas de comedor en Melilla en el marco de la Resolución de 4 de abril de 2024 de la
Secretaría de Estado de Educación por la que se convocan ayudas para sufragar los
servicios de comedor escolar para alumnado matriculado en centros públicos docentes no
universitarios en las Ciudades de Ceuta y Melilla durante el curso académico 2024/2025
(BOE núm. 141, de 11 de junio de 2024), siendo de aplicación las especificaciones para
entidades colaboradoras del capítulo II del título preliminar de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre.
Segunda.
A)
Actuaciones acogidas al convenio.
Servicio de comedor para el alumnado del CEIP «Mediterráneo».
a) Planificación de los menús.
b) Adquisición de materias primas alimenticias para la elaboración de los menús.
c) Adquisición de productos y equipamiento de limpieza tanto para la cocina como
para el comedor escolar, en suficiente cantidad que permita garantizar siempre un stock.
d) Almacenamiento de las materias primas y otros productos fungibles: servilletas,
manteles de papel, recipientes de un único uso, y en refrigeración o congelación para los
productos que lo requieran.
e) Preparación de las materias y alimentos para su cocina: limpieza, pelaje, remojo,
etc.
f) Cocción en todas sus variantes posibles, según requiera la receta.
g) Preparación y puesta a disposición del alumnado de otros productos necesarios:
pan, servilletas, agua, etc.
h) Conservación en caliente, si se requiere, de los productos cocinados hasta su
servicio al alumnado.
i) Servicio al alumnado que, según las instalaciones, podrá ser mediante servicio
por fila única y bandejas o directamente en platos con el alumnado sentado.
j) Almacenaje, si es posible, de la alimentación restante.
cve: BOE-A-2024-26052
Verificable en https://www.boe.es
Para la prestación del servicio de comedor escolar, el Centro de Día pondrá a
disposición el personal necesario para la adecuada prestación del proceso de cocinado y
distribución al alumnado. Este personal contará con, al menos, un cocinero y dos
auxiliares de cocina.
Se prestarán un máximo de 90 servicios diarios de comedor, dependiendo del
número de alumnos beneficiarios de la beca de comedor de dicho centro educativo,
durante al menos 165 días a lo largo del curso escolar, incluyendo sus correspondientes
servicios de vigilancia organizados por la Dirección Provincial del Ministerio. Cabe
recordar que el servicio se puede prestar en un único turno o en dos turnos, según
considere el Centro de Día que mejor convenga para su organización.
Este servicio de comedor incluye, entre otras, las siguientes actuaciones:
Núm. 300
Viernes 13 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 171550
Contando con los informes preceptivos ambas partes acuerdan suscribir el presente
convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El objeto de este convenio es, en primer lugar, ejecutar el servicio de comedor para
el alumnado con beca de comedor escolar del CEIP «Mediterráneo» de Melilla en las
dependencias del Centro de Día «San Francisco», sito en la Calle General Picasso s/n,
de Melilla.
En segundo lugar, sobre la base de este convenio, el Centro de Día elaborará,
mediante gestión directa o externa, los menús para los alumnos con beca de comedor
del CEIP «Hipódromo».
La Ciudad de Melilla asume su función como entidad colaboradora de la gestión de las
ayudas de comedor en Melilla en el marco de la Resolución de 4 de abril de 2024 de la
Secretaría de Estado de Educación por la que se convocan ayudas para sufragar los
servicios de comedor escolar para alumnado matriculado en centros públicos docentes no
universitarios en las Ciudades de Ceuta y Melilla durante el curso académico 2024/2025
(BOE núm. 141, de 11 de junio de 2024), siendo de aplicación las especificaciones para
entidades colaboradoras del capítulo II del título preliminar de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre.
Segunda.
A)
Actuaciones acogidas al convenio.
Servicio de comedor para el alumnado del CEIP «Mediterráneo».
a) Planificación de los menús.
b) Adquisición de materias primas alimenticias para la elaboración de los menús.
c) Adquisición de productos y equipamiento de limpieza tanto para la cocina como
para el comedor escolar, en suficiente cantidad que permita garantizar siempre un stock.
d) Almacenamiento de las materias primas y otros productos fungibles: servilletas,
manteles de papel, recipientes de un único uso, y en refrigeración o congelación para los
productos que lo requieran.
e) Preparación de las materias y alimentos para su cocina: limpieza, pelaje, remojo,
etc.
f) Cocción en todas sus variantes posibles, según requiera la receta.
g) Preparación y puesta a disposición del alumnado de otros productos necesarios:
pan, servilletas, agua, etc.
h) Conservación en caliente, si se requiere, de los productos cocinados hasta su
servicio al alumnado.
i) Servicio al alumnado que, según las instalaciones, podrá ser mediante servicio
por fila única y bandejas o directamente en platos con el alumnado sentado.
j) Almacenaje, si es posible, de la alimentación restante.
cve: BOE-A-2024-26052
Verificable en https://www.boe.es
Para la prestación del servicio de comedor escolar, el Centro de Día pondrá a
disposición el personal necesario para la adecuada prestación del proceso de cocinado y
distribución al alumnado. Este personal contará con, al menos, un cocinero y dos
auxiliares de cocina.
Se prestarán un máximo de 90 servicios diarios de comedor, dependiendo del
número de alumnos beneficiarios de la beca de comedor de dicho centro educativo,
durante al menos 165 días a lo largo del curso escolar, incluyendo sus correspondientes
servicios de vigilancia organizados por la Dirección Provincial del Ministerio. Cabe
recordar que el servicio se puede prestar en un único turno o en dos turnos, según
considere el Centro de Día que mejor convenga para su organización.
Este servicio de comedor incluye, entre otras, las siguientes actuaciones: