Ministerio de Cultura. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos. (BOE-A-2024-26011)
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos, y para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de diciembre de 2024
3.

Sec. II.B. Pág. 170429

Curso Selectivo

El curso selectivo será organizado por la Secretaría de Estado de Cultura y tendrá
como finalidad primordial la adquisición de conocimientos y habilidades en orden a la
preparación específica de las personas aspirantes para el ejercicio de las funciones
propias del Cuerpo convocado. El carácter selectivo del curso exigirá la superación de
pruebas teóricas, prácticas o de ambos tipos en relación con las áreas básicas de
formación que se impartan. El curso selectivo será de hasta tres meses de duración. Una
parte de este se podrá realizar en régimen de estancia en unidades designadas por la
Secretaría de Estado de Cultura, como período de prácticas. Dicha estancia podrá
realizarse en Unidades de la Secretaría de Estado de Cultura, en organismos adscritos
al Ministerio u otros departamentos ministeriales.
Durante esta fase la persona aspirante tendrá la condición de personal funcionario en
prácticas.
La Secretaría de Estado de Cultura, designará una Comisión de Valoración, que será
la encargada de calificar el curso de «Apto» o «No Apto», siendo necesario obtener la
calificación de «Apto» para superar el curso selectivo.
Las personas aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho a su
nombramiento como funcionarios de carrera, por resolución motivada de la autoridad
convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Las personas aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de
fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por el órgano convocante, podrán
efectuarlo incorporándose al inmediatamente posterior que tuviese lugar, siempre que las
pruebas selectivas fueran de igual carácter, intercalándose en el lugar que les
corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida. A estos efectos, no se considerará
causa de fuerza mayor, la coincidencia en el tiempo del desarrollo de cursos selectivos o
períodos de prácticas correspondientes a diferentes convocatorias.
4.

Calificación final

Para las personas aspirantes que superen el curso selectivo, la calificación final
vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y
en la de concurso.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación
obtenida en la fase de oposición. De persistir el empate, el orden se establecerá
atendiendo a los siguientes criterios:
1. Mayor puntuación en el tercer ejercicio.
2. Mayor puntuación en el primer ejercicio.
3. Por último, se aplicará el orden de actuación de los aspirantes publicado
mediante Resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Función
Pública.
No podrá declararse que ha superado el proceso selectivo un número de aspirantes
superior al de plazas convocadas.
Las personas aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos
Internacionales estarán exentas de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la
Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar
conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.

cve: BOE-A-2024-26011
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Núm. 300