Ministerio de Cultura. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos. (BOE-A-2024-26010)
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos, y para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de diciembre de 2024

Sec. II.B. Pág. 170357

solicitud de admisión serán tratados con la única finalidad de gestionar las pruebas
selectivas, las comunicaciones necesarias para ello y la gestión de los órganos de
selección.
Las personas aspirantes podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación,
supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así
como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado
de sus datos personales, cuando procedan, en la sede electrónica del Ministerio,
presencialmente en las oficinas de registro o por correo postal.
Se puede consultar la información adicional sobre protección de datos en el portal del
Ministerio de Cultura (https://www.cultura.gob.es), apartado «Servicios al ciudadano >
Protección de datos personales > Registro de actividades de tratamiento».
8.

Tribunal calificador

8.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III
a esta convocatoria.
8.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará
por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos
sexos.
8.3 La composición y funcionamiento del Tribunal calificador garantizarán los
principios de imparcialidad, profesionalidad y especialización de sus integrantes, los
principios de agilidad y celeridad en la realización de las pruebas, así como la presencia
equilibrada entre mujeres y hombres.
8.4 El Tribunal calificador actuará con sujeción a lo dispuesto en la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en las
demás disposiciones vigentes.
Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando
concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre.
8.5 Los miembros titulares y suplentes del Tribunal podrán actuar indistinta o
conjuntamente debido a la complejidad técnica de los ejercicios a calificar.
8.6 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estime pertinentes.
8.7 El Tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas
de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo
que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio y actuará
de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por el que se
aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2023 y en la Orden
HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán
los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la
Administración General del Estado.
Las plantillas correctoras de los ejercicios se harán públicas en el plazo máximo de
dos días hábiles contados desde la finalización de la prueba específica. En el plazo de
tres días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las plantillas podrán
presentarse alegaciones a través del modelo disponible en la web del proceso selectivo
al correo electrónico , que se entenderán
contestadas mediante la publicación de las plantillas correctoras definitivas.
En la página web oficial del proceso selectivo se encontrará el modelo normalizado
para la presentación de alegaciones que las personas interesadas deberán de adjuntar
en el correo electrónico dirigido al Tribunal calificador. No se admitirán alegaciones fuera
de plazo ni presentadas por cualquier otro medio distinto del indicado.

cve: BOE-A-2024-26010
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 300