Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2024-26056)
Resolución de 10 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión al Instituto Valenciano de Investigaciones Agrarias, para la realización de los trabajos relacionados con los exámenes técnicos de identificación varietal de cítricos y frutales de diversas especies necesarios para el registro de variedades vegetales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300

Viernes 13 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 171587

– Fijar y facilitar los criterios y protocolos a utilizar en los trabajos y participar en el
seguimiento de los mismos. Esta participación se llevará a cabo mediante visitas
periódicas por técnicos especialistas de la OEVV y reuniones relacionadas con la
ejecución de los trabajos.
– Financiar los gastos derivados de la relación de las actuaciones encomendadas en
los términos previstos en la cláusula cuarta.
Cuarta. Presupuesto y financiación.
El presupuesto necesario para la financiación de esta encomienda de gestión asciende a un
total de seiscientos sesenta mil seiscientos veinte euros (660.620,00 euros) que se imputarán a
la aplicación presupuestaria 21.05.412C.640.08 o aquella que le sustituya de acuerdo con la Ley
de Presupuestos Generales del Estado correspondiente.
La cuantía de cada pago anual podrá variar, en función de los trabajos entregados,
sin sobrepasar en ningún caso, la cuantía máxima establecida en el presupuesto total,
según la siguiente tabla:
Anualidad

Total anual

Euros

2024

46.917

2025

305.047

2026

308.656

Total.

660.620

En el anexo 1 del convenio se incluye un desglose por actividades de dicho
presupuesto.
Los trabajos comenzarán tras la entrada en vigor del convenio y se abonarán tras la
certificación de los mismos por el director de los trabajos, el Jefe del Área de Registro de
Variedades. Los trabajos y la documentación se realizarán y entregarán de acuerdo con
lo establecido en el anexo 2.
Las anualidades se abonarán en un pago anual una vez verificados los trabajos
realizados y detallados en el anexo 2. Se ingresarán mediante transferencia bancaria en
la cuenta corriente que indique el IVIA, previa presentación de la cuenta justificativa a
través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración
General del Estado y fiscalización del pago.
Quinta.

Comisión de seguimiento y control.

– El Subdirector de Medios de Producción Agrícola y OEVV o persona que éste
designe del MAPA.
– El Jefe del Área de Registro de Variedades Vegetales del MAPA.
– La persona que ostente la dirección del IVIA o la persona del IVIA que ésta
designe.
– La persona que ostente la gerencia del IVIA o la persona del IVIA que ésta
designe.
Esta comisión se reunirá al menos una vez al año y, en cualquier caso, cuando una
de las partes lo solicite.

cve: BOE-A-2024-26056
Verificable en https://www.boe.es

Se crea una comisión de seguimiento y control, con el fin de que se resuelvan los
problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del
presente convenio de encomienda de gestión.
La comisión de seguimiento y control estará constituida por cuatro miembros: