Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-25839)
Resolución de 8 de noviembre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Barcelona, por la que se publica el Convenio con el Consorcio del Gran Teatre del Liceu, para la ejecución del proyecto Liceu Mar y la urbanización de los espacios exteriores.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298

Miércoles 11 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 168552

– Solicitar, llegado el momento, una concesión demanial a la APB para la
construcción y explotación del edificio en el que se ubicará el Teatro, en los términos que
exige la normativa portuaria.
Tercera. Plazos de ejecución y financiación.
A)

Plazos de ejecución y presupuesto:

La ejecución del proyecto se llevará a cabo de acuerdo con los requisitos
establecidos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y se
tramitará por fases, de acuerdo con lo establecido en el anexo 1.
Para las tres fases se ha estimado un presupuesto máximo total de un millón
doscientos mil euros (1.200.000 €), y un plazo de ejecución por fases. Se adjunta como
anexo I las diferentes fases consideradas.
B)

Financiación:

La financiación del convenio se llevará a cabo por ambas partes de la siguiente
forma:
– Consorcio: 50 %.
– APB: 50 %.
Concluida la Fase 3, cada una de las partes, en función de su disponibilidad
presupuestaria, continuarán colaborando hasta la finalización de la construcción del
edificio y su entorno exterior.
En consecuencia, y siempre sujeto a la existencia de crédito por ambas entidades al
tratarse de un proyecto que exige la ejecución tanto de las obras del entorno, como del
edificio:
– La APB, respecto del proyecto de urbanización del entorno, contratará:
● La redacción del Proyecto Ejecutivo y Dirección de Obra,
● su ejecución, y
● el Project Management.
– El Consorcio del Gran Teatre del Liceu, respecto de la construcción del edificio,
contratará:
● La redacción del Proyecto Ejecutivo y Dirección de Obra,
● su ejecución, y
● el Project Management.
Cuarta.

Comité de seguimiento del convenio.

Las actuaciones previstas en el presente convenio serán coordinadas y supervisadas
por una Comisión de Seguimiento formada por los siguientes representantes de cada
una de las partes firmantes del mismo:

– Gerente de la Gerencia Urbanística del Port Vell.
– Jefe de Proyectos de Infraestructuras y Conservación de la APB.
Por el Consorcio del Gran Teatre del Liceu:
– Director General del GTL.
– Director Técnico del GTL.
– Directora Económico-Financiera del GTL.

cve: BOE-A-2024-25839
Verificable en https://www.boe.es

Por la Autoridad Portuaria de Barcelona: