Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-25850)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta híbrida Gecama, con un módulo de generación fotovoltaica de 250,08 MW de potencia instalada y un módulo de almacenamiento por baterías de 100 MW de potencia, así como sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Cuenca».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298
Miércoles 11 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 168640
servidumbre afectada. Además, las medidas incluidas en el apartado de atmósfera y
otros de esta resolución (como agua, suelo o paisaje), también contribuirán a disminuir el
impacto sobre la población del entorno.
La Dirección General de Salud Pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha emite informe favorable respecto al proyecto, si bien señala que se debe cumplir
con el Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, sobre los criterios técnico-sanitarios de la
calidad del agua de consumo, su control y suministro.
La Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha informa que, respecto a los municipios de Atalaya
del Cañavate y Cañada Juncosa, son de aplicación las Normas Subsidiarias de
Planeamiento Municipal con Ámbito Provincial, mientras que, en el municipio de Tébar,
se aplican las Normas Subsidiarias aprobadas por la Comisión Provincial de Urbanismo.
Todas las obras que se realicen y todos los usos que se desarrollen en suelo clasificado
como rústico, deberán ajustarse a legislación sectorial que, en cada caso, los regule.
Además, se deben respetar las condiciones, requisitos y limitaciones del Decreto
Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, por el Decreto 242/2004, de 27
de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Suelo Rústico, y/o el planeamiento
territorial y urbanístico. Por último, deben tenerse en cuenta los requisitos de la
Orden 4/2020, de 8 de enero, de la Consejería de Fomento, por la que se aprueba la
Instrucción Técnica de Planeamiento sobre determinados requisitos sustantivos que
deberán cumplir las Obras, Construcciones e Instalaciones en Suelo Rústico.
El Servicio de Carreteras de la Diputación Provincial de Cuenca indica que la
carretera CUV-8307: CU-V-8.306-Casas de Guijarro-Casas de Benítez-N-310-Tébar-N-III
(Presa de Alarcón), se verá afectada por el trazado de la LSAT, por lo que será necesaria
la solicitud de la correspondiente autorización a la Administración titular y hace referencia
al cumplimiento de la Ley 9/1990 de Carreteras y Caminos de Castilla -La Mancha.
El promotor muestra conformidad con lo informado por los anteriores organismos.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha considera que se deberá realizar un análisis del aprovechamiento
cinegético de la zona (régimen cinegético, superficies, especies de caza, etc.), con el fin
de evaluar la incidencia del proyecto en el movimiento de las piezas de caza y un posible
aumento de presión en zonas de cultivo, que pudieran quedar aisladas. El organismo
indica que la PSFV será una Zona de Seguridad, en la que el ejercicio de la caza se
encuentra prohibido. El promotor deberá asumir la responsabilidad por los daños que los
conejos, procedentes de la PSFV, pudieran ocasionar en cultivos colindantes. Al
respecto, el promotor responde que aplicará medidas de control de conejos dentro de la
poligonal de la planta solar y se realizarán batidas para su captura. Los ejemplares
capturados servirán para repoblar las áreas de campeo de rapaces. La responsabilidad
de los daños realizados por conejos fuera de las instalaciones solares no se puede
asociar, en exclusiva, a esta instalación.
Teniendo en cuenta lo anterior, para compatibilizar el desarrollo de las actuaciones
con la población, la salud humana y sus bienes, la presente resolución incluye varias
condiciones.
Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario (HIC).
El EsIA integra información bibliográfica y el resultado de trabajos de campo, que
permiten determinar la vegetación actual del ámbito afectado por el proyecto. Tomando
como base el inventario Corine Land Cover 2018 de España, las parcelas donde se
pretende implantar la PSFV se encuentran ocupadas, en su mayoría, por tierras de labor
y cultivos de secano; si bien, albergan islas de vegetación natural que serán respetadas
por el proyecto.
Respecto a las infraestructuras de evacuación, la nueva subestación eléctrica, el
sistema de almacenamiento energético y las líneas de media tensión se localizan sobre
terreno agrícola, por lo que no se identifican efectos sobre vegetación natural. Respecto
cve: BOE-A-2024-25850
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 298
Miércoles 11 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 168640
servidumbre afectada. Además, las medidas incluidas en el apartado de atmósfera y
otros de esta resolución (como agua, suelo o paisaje), también contribuirán a disminuir el
impacto sobre la población del entorno.
La Dirección General de Salud Pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha emite informe favorable respecto al proyecto, si bien señala que se debe cumplir
con el Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, sobre los criterios técnico-sanitarios de la
calidad del agua de consumo, su control y suministro.
La Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha informa que, respecto a los municipios de Atalaya
del Cañavate y Cañada Juncosa, son de aplicación las Normas Subsidiarias de
Planeamiento Municipal con Ámbito Provincial, mientras que, en el municipio de Tébar,
se aplican las Normas Subsidiarias aprobadas por la Comisión Provincial de Urbanismo.
Todas las obras que se realicen y todos los usos que se desarrollen en suelo clasificado
como rústico, deberán ajustarse a legislación sectorial que, en cada caso, los regule.
Además, se deben respetar las condiciones, requisitos y limitaciones del Decreto
Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, por el Decreto 242/2004, de 27
de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Suelo Rústico, y/o el planeamiento
territorial y urbanístico. Por último, deben tenerse en cuenta los requisitos de la
Orden 4/2020, de 8 de enero, de la Consejería de Fomento, por la que se aprueba la
Instrucción Técnica de Planeamiento sobre determinados requisitos sustantivos que
deberán cumplir las Obras, Construcciones e Instalaciones en Suelo Rústico.
El Servicio de Carreteras de la Diputación Provincial de Cuenca indica que la
carretera CUV-8307: CU-V-8.306-Casas de Guijarro-Casas de Benítez-N-310-Tébar-N-III
(Presa de Alarcón), se verá afectada por el trazado de la LSAT, por lo que será necesaria
la solicitud de la correspondiente autorización a la Administración titular y hace referencia
al cumplimiento de la Ley 9/1990 de Carreteras y Caminos de Castilla -La Mancha.
El promotor muestra conformidad con lo informado por los anteriores organismos.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha considera que se deberá realizar un análisis del aprovechamiento
cinegético de la zona (régimen cinegético, superficies, especies de caza, etc.), con el fin
de evaluar la incidencia del proyecto en el movimiento de las piezas de caza y un posible
aumento de presión en zonas de cultivo, que pudieran quedar aisladas. El organismo
indica que la PSFV será una Zona de Seguridad, en la que el ejercicio de la caza se
encuentra prohibido. El promotor deberá asumir la responsabilidad por los daños que los
conejos, procedentes de la PSFV, pudieran ocasionar en cultivos colindantes. Al
respecto, el promotor responde que aplicará medidas de control de conejos dentro de la
poligonal de la planta solar y se realizarán batidas para su captura. Los ejemplares
capturados servirán para repoblar las áreas de campeo de rapaces. La responsabilidad
de los daños realizados por conejos fuera de las instalaciones solares no se puede
asociar, en exclusiva, a esta instalación.
Teniendo en cuenta lo anterior, para compatibilizar el desarrollo de las actuaciones
con la población, la salud humana y sus bienes, la presente resolución incluye varias
condiciones.
Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario (HIC).
El EsIA integra información bibliográfica y el resultado de trabajos de campo, que
permiten determinar la vegetación actual del ámbito afectado por el proyecto. Tomando
como base el inventario Corine Land Cover 2018 de España, las parcelas donde se
pretende implantar la PSFV se encuentran ocupadas, en su mayoría, por tierras de labor
y cultivos de secano; si bien, albergan islas de vegetación natural que serán respetadas
por el proyecto.
Respecto a las infraestructuras de evacuación, la nueva subestación eléctrica, el
sistema de almacenamiento energético y las líneas de media tensión se localizan sobre
terreno agrícola, por lo que no se identifican efectos sobre vegetación natural. Respecto
cve: BOE-A-2024-25850
Verificable en https://www.boe.es
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