Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-25850)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta híbrida Gecama, con un módulo de generación fotovoltaica de 250,08 MW de potencia instalada y un módulo de almacenamiento por baterías de 100 MW de potencia, así como sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Cuenca».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298

Miércoles 11 de diciembre de 2024

Sec. III. Pág. 168639

3. Análisis técnico del expediente
a.

Análisis de alternativas.

El promotor valora la alternativa cero, que supone no realizar los proyectos, la cual
descarta por ser contrario a las exigencias de las vigentes políticas energéticas. A
continuación, realiza un estudio global de alternativas para el conjunto de
infraestructuras, que se hibridarán con el parque eólico existente.
La selección del emplazamiento se fundamenta sobre un análisis multicriterio que se
desarrolla a partir de modelos de criterios de restricciones y de acogida, con el que se
obtienen tres alternativas de ubicación de las PSFV. La alternativa 1 ocupa una
superficie de 414,81 ha, con una gran afección sobre vegetación natural presente en los
alrededores de la implantación y en el interior del vallado. La alternativa 2 ocupa una
superficie de 400 ha, se sitúa a 600 m del Área Crítica del águila perdicera y, además,
conlleva la afección a vegetación natural dentro del vallado. Por último, la alternativa 3,
ocupa 394,47 ha y se encuentra más alejada de zonas relevantes para la fauna, sin
afección a vegetación natural. El promotor selecciona la alternativa 3 pues, según su
análisis, conlleva menos impactos ambientales por su menor superficie, menor afección
a hábitats de interés comunitario (HIC) y por ser la más alejada de zonas pertenecientes
a la Red Natura 2000 y otros espacios protegidos, además, cumple con la
recomendación del Servicio de Medio Ambiente de Cuenca, al ubicarse la implantación
dentro de la poligonal del parque eólico Gecama y utilizar las infraestructuras existentes.
Respecto a la LSAT de 132 kV, se plantean dos alternativas: la alternativa 1,
de 11,90 km, cuyo trazado sigue pocos caminos existentes y atraviesa teselas de HIC
en 7.421 m y cruza dos cauces. La alternativa 2, de 11,24 km, cuyo trazado sigue
caminos existentes e infraestructuras del parque eólico Gecama, atraviesa teselas de
HIC, aproximadamente en una longitud de 3.700 m y atraviesa un cauce. Por sus
menores impactos ambientales, el promotor selecciona la alternativa 2.
Con el fin de disminuir el impacto sobre el medio, durante la tramitación del
procedimiento de evaluación ambiental, el promotor ha realizado ajustes sobre el
proyecto inicial, que afectan tanto a la PSFV como a la LSAT.

b.1

Tratamiento de los principales impactos del proyecto:
Población y salud humana.

Según el estudio de impacto ambiental (EsIA), los núcleos de población más
cercanos al proyecto son Cañada Juncosa y Atalaya de Cañavate, situados
respectivamente, a 2.000 y 2.900 m de las poligonales de la PSFV. Durante la fase de
obras podrán producirse molestias sobre la población por tráfico, ruido, emisiones de
polvo y gases, fundamentalmente. Estos impactos se tratan en el apartado sobre
«atmósfera» de la presente resolución. El acceso a la PSFV se realizará por caminos
públicos y podrían producirse incidencias sobre las servidumbres de paso en las zonas
afectadas por las obras. En lo que respecta a los recursos cinegéticos, no se dispone de
datos sobre la existencia de cotos de caza en las parcelas afectadas por la implantación
del proyecto, ni en el ámbito de estudio.
Durante el funcionamiento, el proyecto modificará la propiedad y productividad del
suelo como consecuencia del cambio de uso, de agrícola a industrial. También, podrá
afectar a los caminos públicos por trasiego de la maquinaria. Por el contrario, se espera
un efecto positivo sobre la población por activación económica.
Para minimizar los impactos detectados durante las obras, el promotor contempla la
realización del transporte por carretera en las horas de menor intensidad de tráfico; la
realización de las obras en el menor tiempo posible; la señalización de las zanjas de
alojamiento de las líneas eléctricas subterráneas mediante hitos y el cumplimiento de las
distancias reglamentarias a infraestructuras existentes. Durante la fase de explotación,
en caso de observar deterioro de la red viaria como consecuencia del tráfico inducido por
el proyecto, se procederá a la restitución de los viales, infraestructuras o cualquier otra

cve: BOE-A-2024-25850
Verificable en https://www.boe.es

b.