Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-25850)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta híbrida Gecama, con un módulo de generación fotovoltaica de 250,08 MW de potencia instalada y un módulo de almacenamiento por baterías de 100 MW de potencia, así como sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Cuenca».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 11 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 168638
Con fecha 20 de julio y 3 de agosto de 2023, se reciben los informes del Servicio de
Cultura de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Cuenca y de la
Confederación Hidrográfica del Júcar, respectivamente. Además, se aportan a la
tramitación, nuevos informes de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad
de Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de la Subdirección General de
Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO, así como las respuestas del promotor a
dicho informes.
Una vez completado formalmente el expediente, con fecha 15 de septiembre
de 2023, se solicita al promotor información adicional en virtud del artículo 40.3 de la Ley
de evaluación ambiental, que se recibe con fecha 25 de octubre de 2023.
El 15 de noviembre de 2023, en virtud del artículo 40.5, se requiere al órgano
sustantivo que consulte sobre la documentación complementaria recibida, tanto a la
Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha como a la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina
del MITECO, con el fin de asegurar que la configuración final del proyecto sea
compatible con la conservación de los valores ambientales que alberga el área de
implantación. Los informes de los citados organismos tienen entrada en esta Dirección
General el 6 de marzo de 2024.
Con objeto de compatibilizar la construcción de la planta híbrida Gecama con la
explotación del parque eólico existente Gecama y garantizar la adecuada protección de
la avifauna, la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha pone de manifiesto, en varios informes, la
necesidad de incluir condicionantes ambientales en la presente declaración de impacto
ambiental, que afectan a la explotación del parque eólico existente, a lo que el promotor
contesta que dichos condicionantes deben establecerse en el marco del seguimiento de
la declaración de impacto ambiental del parque eólico y no en este procedimiento.
Con fecha 17 de mayo de 2024, esta Dirección General insta al promotor a que
acepte los condicionantes solicitados por la Dirección General de Medio Natural y
Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en relación a la
explotación y seguimiento del parque eólico existente Gecama, con objeto de que sean
incluidos en el condicionado de la presente declaración de impacto ambiental, o bien,
que solicite el inicio de un procedimiento de modificación de las condiciones de la
declaración de impacto ambiental del parque eólico Gecama, en virtud del artículo 44 de
Ley de evaluación ambiental.
El promotor responde, el 17 de junio de 2024, que realizará una nueva propuesta de
medidas de la planta híbrida Gecama en coordinación y consenso con la Delegación
Provincial de Medio Ambiente la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en
Cuenca, para su incorporación al presente procedimiento de evaluación ambiental.
Además, manifiesta su disposición para que, en el condicionado de la presente
declaración de impacto ambiental, se incluyan las medidas que resulten de dicho
acuerdo y renuncia a iniciar un procedimiento de modificación de las condiciones de la
declaración de impacto ambiental del parque eólico Gecama.
Con fecha 1 de agosto de 2024, se recibe el nuevo aporte documental del promotor
en el que detalla las medidas acordadas con la Dirección General de Medio Natural y
Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha e incluye un nuevo
informe de dicho organismo sobre la propuesta del promotor.
Finalmente, el 28 de agosto de 2024, tiene entrada un último informe de la Dirección
General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha solicitando un documento actualizado y completo, que integre todas las medidas
asumidas por el promotor.
El contenido de la documentación aportada por el promotor y de los informes
recibidos, se integra en el apartado 3 del «análisis técnico del expediente» de la presente
resolución.
cve: BOE-A-2024-25850
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 298
Miércoles 11 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 168638
Con fecha 20 de julio y 3 de agosto de 2023, se reciben los informes del Servicio de
Cultura de la Delegación Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Cuenca y de la
Confederación Hidrográfica del Júcar, respectivamente. Además, se aportan a la
tramitación, nuevos informes de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad
de Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de la Subdirección General de
Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO, así como las respuestas del promotor a
dicho informes.
Una vez completado formalmente el expediente, con fecha 15 de septiembre
de 2023, se solicita al promotor información adicional en virtud del artículo 40.3 de la Ley
de evaluación ambiental, que se recibe con fecha 25 de octubre de 2023.
El 15 de noviembre de 2023, en virtud del artículo 40.5, se requiere al órgano
sustantivo que consulte sobre la documentación complementaria recibida, tanto a la
Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha como a la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina
del MITECO, con el fin de asegurar que la configuración final del proyecto sea
compatible con la conservación de los valores ambientales que alberga el área de
implantación. Los informes de los citados organismos tienen entrada en esta Dirección
General el 6 de marzo de 2024.
Con objeto de compatibilizar la construcción de la planta híbrida Gecama con la
explotación del parque eólico existente Gecama y garantizar la adecuada protección de
la avifauna, la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha pone de manifiesto, en varios informes, la
necesidad de incluir condicionantes ambientales en la presente declaración de impacto
ambiental, que afectan a la explotación del parque eólico existente, a lo que el promotor
contesta que dichos condicionantes deben establecerse en el marco del seguimiento de
la declaración de impacto ambiental del parque eólico y no en este procedimiento.
Con fecha 17 de mayo de 2024, esta Dirección General insta al promotor a que
acepte los condicionantes solicitados por la Dirección General de Medio Natural y
Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en relación a la
explotación y seguimiento del parque eólico existente Gecama, con objeto de que sean
incluidos en el condicionado de la presente declaración de impacto ambiental, o bien,
que solicite el inicio de un procedimiento de modificación de las condiciones de la
declaración de impacto ambiental del parque eólico Gecama, en virtud del artículo 44 de
Ley de evaluación ambiental.
El promotor responde, el 17 de junio de 2024, que realizará una nueva propuesta de
medidas de la planta híbrida Gecama en coordinación y consenso con la Delegación
Provincial de Medio Ambiente la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en
Cuenca, para su incorporación al presente procedimiento de evaluación ambiental.
Además, manifiesta su disposición para que, en el condicionado de la presente
declaración de impacto ambiental, se incluyan las medidas que resulten de dicho
acuerdo y renuncia a iniciar un procedimiento de modificación de las condiciones de la
declaración de impacto ambiental del parque eólico Gecama.
Con fecha 1 de agosto de 2024, se recibe el nuevo aporte documental del promotor
en el que detalla las medidas acordadas con la Dirección General de Medio Natural y
Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha e incluye un nuevo
informe de dicho organismo sobre la propuesta del promotor.
Finalmente, el 28 de agosto de 2024, tiene entrada un último informe de la Dirección
General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha solicitando un documento actualizado y completo, que integre todas las medidas
asumidas por el promotor.
El contenido de la documentación aportada por el promotor y de los informes
recibidos, se integra en el apartado 3 del «análisis técnico del expediente» de la presente
resolución.
cve: BOE-A-2024-25850
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 298