Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-25850)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta híbrida Gecama, con un módulo de generación fotovoltaica de 250,08 MW de potencia instalada y un módulo de almacenamiento por baterías de 100 MW de potencia, así como sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Cuenca».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298

Miércoles 11 de diciembre de 2024
Paisaje.

El estudio de paisaje aportado califica la calidad paisajística del entorno del proyecto
como baja. El análisis de impactos sobre el paisaje se basa en el cálculo de las cuencas
visuales en un radio de 10 km alrededor de las instalaciones y la identificación de las
zonas de concentración potencial de observadores, desde los cuales la percepción de
las PSFV puede resultar conflictiva.
En fase de construcción, la calidad del paisaje se puede ver afectada por las
variaciones de color y textura derivadas de los movimientos de tierra y explanación.
Además, la presencia de maquinaria, la apertura de zanjas o los acopios de materiales
influirán negativamente sobre el medio perceptual pues producirán una alteración de los
componentes del paisaje que definen su calidad y fragilidad. El promotor considera que
las afecciones en esta fase son temporales y de intensidad baja, por lo que su magnitud
global se estima como compatible-moderada para todas las infraestructuras del proyecto.
En fase de explotación, los elementos que conforman el proyecto interferirán sobre el
medio perceptual por la presencia de la PSFV. Teniendo en cuenta el análisis de la
cuenca visual, las instalaciones son visibles en el 13,82 % del área total del radio
estudiado. Se prestará especial atención a la visibilidad desde la autovía A-3, así como
desde las carreteras N-III y CUV-8307, por lo que deben plantearse soluciones que
minimicen el impacto visual como plantaciones de vegetación arbolada a modo de
pantalla fuera de la poligonal del parque eólico. Las infraestructuras de evacuación, al
ser soterradas, no causarán un impacto visual.
Para reducir la incidencia sobre el paisaje, el EsIA contempla la armonización de las
construcciones asociadas con el entorno inmediato; el tipo de zahorra utilizada en los
viales de acceso será lo más similar posible al sustrato existente; las áreas circundantes
a los módulos fotovoltaicos y las zanjas deberán ser revegetadas y se llevará a cabo el
Plan de integración ambiental y paisajística que se desarrolla en el anejo I del EsIA. Tras
las labores de desbroce de material, se incorporará de nuevo al suelo por medio de
trituradora en aquellas zonas no útiles y que sean objeto de restauración. Asimismo, se
proveerá de maquinaria de triturado de piedra excedente que pueda originarse durante
las obras de zanjeado para la obtención de árido reciclado. También se prevé la
descompactación de aquellas áreas que lo precisen y la reincorporación de la tierra
vegetal almacenada, la revegetación mediante la plantación de especies autóctonas
arbustivas en la parte exterior del vallado para formar una pantalla vegetal de 5 m
anchura, junto con la adopción de medidas que favorezcan la colonización de la
vegetación autóctona bajo los paneles. Durante la fase de explotación, se prevé controlar
la eficacia y el desarrollo de la vegetación tras la ejecución de la restauración.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha advierte que se deberán plantear soluciones que minimicen el
impacto visual desde las vías de comunicación cercanas al proyecto, como plantaciones
de vegetación arbolada a modo de pantalla y fuera de la poligonal del parque eólico.
Respecto a la pantalla vegetal que se proyecta como corredor natural y refugio de fauna,
el organismo indica cuáles han de ser las características generales y el origen de la
vegetación a emplear en dichas plantaciones. Considera necesaria la entrega de un
documento específico que detalle esta medida de integración paisajística para su
aprobación por parte del Servicio Provincial competente. Añade que se deberá utilizar el
mismo material previamente retirado para el relleno de las zanjas y destaca la
importancia del empleo del estilo de construcción, materiales y colores que favorezca en
mayor grado la integración paisajística. Incide en la necesaria retirada de las
instalaciones temporales, residuos y escombros producidos durante las obras.
En su repuesta, el promotor acepta la implementación de pantallas vegetales en las
zonas de concentración de observadores de las visuales de las instalaciones solares
desde las dos principales vías de comunicación indicada. Por otro lado, respecto a la
medida de integración paisajística mediante plantaciones perimetrales en la implantación
de la PSFV, considera que sería una contradicción llevarla a cabo, debido a que las
plantaciones próximas a los aerogeneradores pueden derivar en el aumento del uso del

cve: BOE-A-2024-25850
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