Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Navegación aérea. (BOE-A-2024-25841)
Resolución de 10 de noviembre de 2024, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, con código GR-D-031, por la que se aprueban escenarios estándar nacionales (STS-ES-NE) para operaciones de UAS en la categoría «Específica» en actividades o servicios no EASA de conformidad con el Real Decreto 517/2024, de 4 de junio, por el que se desarrolla el régimen jurídico para la utilización civil de sistemas de aeronaves no tripuladas (UAS).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298
Miércoles 11 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 168567
C) la zona de prevención de riesgos en tierra, cuya distancia más allá de los límites
exteriores de la zona de contingencia deberá cumplir, como mínimo, los parámetros
siguientes:
Distancia mínima que debe abarcar la zona de prevención de riesgos
en tierra en el caso de una aeronave no tripulada de vuelo libre
Altura máxima sobre el suelo
con una MTOM de hasta 10 kg
30 m
15 m
60 m
20 m
90 m
25 m
120 m
30 m
ii. para la utilización de una aeronave no tripulada anclada, un radio igual a la
longitud del cable más 5 m, centrado en el punto de anclaje del cable en la superficie
terrestre;
e) a una velocidad respecto al suelo inferior a 5 m/s en el caso de aeronaves no
tripuladas de vuelo libre;
f) por un piloto a distancia que:
i.
sea titular de:
A) un certificado de conocimientos teóricos de piloto a distancia, de conformidad
con artículo 20 punto a) del Real Decreto 517/2024, expedido por AESA;
B) un certificado de conocimientos teóricos de piloto a distancia, de conformidad
con el apéndice A del capítulo I del apéndice I del anexo del Reglamento de Ejecución
(UE) 2019/947 de la Comisión para la realización de operaciones en escenarios
estándar, expedido por la autoridad competente o por una entidad designada por la
autoridad competente de un Estado miembro; o
C) un certificado de conocimientos teóricos de piloto a distancia en escenarios
estándar nacionales (STS-ES), de conformidad con el capítulo II de la Resolución de la
dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea por la que se aprueban escenarios
estándar nacionales (STS-ES) para operaciones de UAS en la categoría «específica» al
amparo de una declaración operacional de conformidad con el Reglamento de Ejecución
(UE) 2019/947 de la Comisión, de 24 de mayo de 2019, relativo a las normas y
procedimientos aplicables a la utilización de aeronaves no tripuladas; y
ii.
sea titular de:
I. una entidad que haya declarado cumplir los requisitos del apéndice 3 del anexo
del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 de la Comisión y esté reconocida por la
autoridad competente de un Estado miembro; o
II. un operador de UAS que haya declarado cumplir los requisitos para el STS-01 a
la autoridad competente del Estado miembro de registro y que haya declarado cumplir
los requisitos del apéndice 3 del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 de
la Comisión; o
cve: BOE-A-2024-25841
Verificable en https://www.boe.es
A) una acreditación de formación completa de aptitudes prácticas para el STSES-01NE, de conformidad con el artículo 20 punto b) del Real Decreto 517/2024,
expedida por una entidad facultada;
B) una acreditación de formación completa de aptitudes prácticas para el STS-01,
de conformidad con el apéndice A del capítulo I del apéndice I del anexo del Reglamento
de Ejecución (UE) 2019/947 de la Comisión, expedida por:
Núm. 298
Miércoles 11 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 168567
C) la zona de prevención de riesgos en tierra, cuya distancia más allá de los límites
exteriores de la zona de contingencia deberá cumplir, como mínimo, los parámetros
siguientes:
Distancia mínima que debe abarcar la zona de prevención de riesgos
en tierra en el caso de una aeronave no tripulada de vuelo libre
Altura máxima sobre el suelo
con una MTOM de hasta 10 kg
30 m
15 m
60 m
20 m
90 m
25 m
120 m
30 m
ii. para la utilización de una aeronave no tripulada anclada, un radio igual a la
longitud del cable más 5 m, centrado en el punto de anclaje del cable en la superficie
terrestre;
e) a una velocidad respecto al suelo inferior a 5 m/s en el caso de aeronaves no
tripuladas de vuelo libre;
f) por un piloto a distancia que:
i.
sea titular de:
A) un certificado de conocimientos teóricos de piloto a distancia, de conformidad
con artículo 20 punto a) del Real Decreto 517/2024, expedido por AESA;
B) un certificado de conocimientos teóricos de piloto a distancia, de conformidad
con el apéndice A del capítulo I del apéndice I del anexo del Reglamento de Ejecución
(UE) 2019/947 de la Comisión para la realización de operaciones en escenarios
estándar, expedido por la autoridad competente o por una entidad designada por la
autoridad competente de un Estado miembro; o
C) un certificado de conocimientos teóricos de piloto a distancia en escenarios
estándar nacionales (STS-ES), de conformidad con el capítulo II de la Resolución de la
dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea por la que se aprueban escenarios
estándar nacionales (STS-ES) para operaciones de UAS en la categoría «específica» al
amparo de una declaración operacional de conformidad con el Reglamento de Ejecución
(UE) 2019/947 de la Comisión, de 24 de mayo de 2019, relativo a las normas y
procedimientos aplicables a la utilización de aeronaves no tripuladas; y
ii.
sea titular de:
I. una entidad que haya declarado cumplir los requisitos del apéndice 3 del anexo
del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 de la Comisión y esté reconocida por la
autoridad competente de un Estado miembro; o
II. un operador de UAS que haya declarado cumplir los requisitos para el STS-01 a
la autoridad competente del Estado miembro de registro y que haya declarado cumplir
los requisitos del apéndice 3 del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 de
la Comisión; o
cve: BOE-A-2024-25841
Verificable en https://www.boe.es
A) una acreditación de formación completa de aptitudes prácticas para el STSES-01NE, de conformidad con el artículo 20 punto b) del Real Decreto 517/2024,
expedida por una entidad facultada;
B) una acreditación de formación completa de aptitudes prácticas para el STS-01,
de conformidad con el apéndice A del capítulo I del apéndice I del anexo del Reglamento
de Ejecución (UE) 2019/947 de la Comisión, expedida por: