Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Organización. (BOE-A-2024-25790)
Real Decreto 1247/2024, de 10 de diciembre, por el que se aprueba la transformación de la sociedad mercantil estatal SEPI Desarrollo Empresarial, SA, S.M.E., en la Sociedad Estatal de Promoción Industrial y Desarrollo Empresarial Entidad Pública Empresarial, y se aprueba su Estatuto.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298
Miércoles 11 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 168379
Disposición final tercera. Modificación de los Estatutos del Organismo Autónomo
Parque Móvil del Estado, O.A., aprobados por Real Decreto 663/2022, de 1 de
agosto.
Los Estatutos del Organismo Autónomo Parque Móvil del Estado, O.A., aprobados
por Real Decreto 663/2022, de 1 de agosto, quedan modificados como sigue:
Uno. Se añade una letra d) al artículo 4, que queda redactada en los términos
siguientes:
«d)
Dos.
Servicios especiales.»
Se añade un artículo 8 bis, que queda redactado en los términos siguientes:
«Artículo 8 bis. Servicios especiales.
1. Se considerarán servicios especiales aquellos que se precisen con motivo
de grandes cumbres internacionales en las que, por su duración, elevado número
de participantes, costes inherentes o circunstancias análogas, se planteen
necesidades especiales que requieran una cobertura específica.
2. Las condiciones de prestación de estos servicios se establecerán en el
correspondiente Convenio a suscribir entre el Organismo Autónomo Parque Móvil
del Estado, O.A., y los organismos, entidades o instituciones que requieran los
servicios.»
Disposición final cuarta.
Entrada en vigor.
Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 10 de diciembre de 2024.
FELIPE R.
El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,
cve: BOE-A-2024-25790
Verificable en https://www.boe.es
FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA
Núm. 298
Miércoles 11 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 168379
Disposición final tercera. Modificación de los Estatutos del Organismo Autónomo
Parque Móvil del Estado, O.A., aprobados por Real Decreto 663/2022, de 1 de
agosto.
Los Estatutos del Organismo Autónomo Parque Móvil del Estado, O.A., aprobados
por Real Decreto 663/2022, de 1 de agosto, quedan modificados como sigue:
Uno. Se añade una letra d) al artículo 4, que queda redactada en los términos
siguientes:
«d)
Dos.
Servicios especiales.»
Se añade un artículo 8 bis, que queda redactado en los términos siguientes:
«Artículo 8 bis. Servicios especiales.
1. Se considerarán servicios especiales aquellos que se precisen con motivo
de grandes cumbres internacionales en las que, por su duración, elevado número
de participantes, costes inherentes o circunstancias análogas, se planteen
necesidades especiales que requieran una cobertura específica.
2. Las condiciones de prestación de estos servicios se establecerán en el
correspondiente Convenio a suscribir entre el Organismo Autónomo Parque Móvil
del Estado, O.A., y los organismos, entidades o instituciones que requieran los
servicios.»
Disposición final cuarta.
Entrada en vigor.
Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 10 de diciembre de 2024.
FELIPE R.
El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,
cve: BOE-A-2024-25790
Verificable en https://www.boe.es
FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA