Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo. Estatuto. (BOE-A-2024-25789)
Real Decreto 1246/2024, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal «Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo».
55 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 11 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 168354
cooperación, españolas o extranjeras, para el intercambio y estancias temporales de
personal.
b) La secretaría de las Comisiones paritarias de Formación, de Acción Social y de
Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales, establecidas en el artículo 49.
c) La tramitación de los expedientes de contratación para adquisición de bienes y
servicios, así como la habilitación del material.
d) La formación y mantenimiento actualizado de los inventarios de los bienes
muebles e inmuebles, tanto propios como adscritos, así como la custodia de estos
últimos y la tramitación de los expedientes de adquisición, arrendamiento, adscripción
y/o descripción.
e) La seguridad, régimen interior, asuntos generales y la coordinación e inspección
de las unidades, instalaciones y servicios de la Agencia.
f) La gestión del archivo y registro de la AECID.
g) La gestión presupuestaria, de los ingresos y gastos, la realización de los cobros
y pagos y la gestión de la tesorería de la Agencia. Se incluyen aquí la elaboración del
anteproyecto de presupuestos y la cuenta anual de la AECID.
h) La gestión económico-financiera que le corresponda, en estrecha coordinación
con el resto de unidades gestoras.
i) El impulso de la transformación digital de la Agencia para una cooperación más
eficiente, sostenible y segura, incluyendo las funciones relacionadas con la elaboración
del Plan de Transformación Digital en el marco de la Comisión de Transformación Digital,
así como la colaboración en el desarrollo y ejecución de proyectos de transformación
digital e innovación tecnológica en el ámbito de la cooperación para el desarrollo
sostenible y la coordinación de la citada Comisión.
j) El análisis, diseño, desarrollo y mantenimiento de los servicios públicos digitales y
de las herramientas tecnológicas necesarias, incluida la gestión y dotación de medios
materiales, para la ejecución de los procesos propios de la Agencia, así como de la
innovación en la analítica de datos y explotación de información, incluyendo la
promoción, asesoramiento y formación en el ámbito de las tecnologías de la información
y las comunicaciones a todas las unidades de la AECID.
k) El seguimiento económico-financiero de los instrumentos y actuaciones de la
agencia y el impulso de la gestión de riesgos en la actividad de la agencia.
l) La implantación y seguimiento de un plan de identificación y clasificación de
riesgos legales y mecanismos de prevención, gestión, control y reacción, en el marco de
lo que disponga el contrato de gestión.
m) La organización, tramitación y producción normativa en el ámbito de la Agencia
y la gestión de la sede electrónica de la AECID.
n) La secretaría del Consejo Rector y de su Comisión Permanente.
ñ) Ejercer las potestades administrativas derivadas de las funciones de la Agencia,
de la gestión de los recursos y del personal de la Agencia, así como la gestión de los
asuntos horizontales que no se correspondan con competencias específicamente
atribuidas a otras unidades de la Agencia y las que le sean atribuidas por normas legales
o reglamentarias.
o) Las relaciones con los órganos de la Administración General del Estado
responsables del control y supervisión contable y administrativo.
p) El impulso y la promoción de mejoras de la calidad en la gestión, los
procedimientos de organización del trabajo y mecanismos de simplificación
administrativa y reducción de cargas.
q) Aplicar en su ámbito de actuación, aquellas medidas que se determinen con
carácter general para toda la organización relativas la promoción de la gestión del
conocimiento, innovación, calidad y mejora organizativa.
cve: BOE-A-2024-25789
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 298
Miércoles 11 de diciembre de 2024
Sec. I. Pág. 168354
cooperación, españolas o extranjeras, para el intercambio y estancias temporales de
personal.
b) La secretaría de las Comisiones paritarias de Formación, de Acción Social y de
Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales, establecidas en el artículo 49.
c) La tramitación de los expedientes de contratación para adquisición de bienes y
servicios, así como la habilitación del material.
d) La formación y mantenimiento actualizado de los inventarios de los bienes
muebles e inmuebles, tanto propios como adscritos, así como la custodia de estos
últimos y la tramitación de los expedientes de adquisición, arrendamiento, adscripción
y/o descripción.
e) La seguridad, régimen interior, asuntos generales y la coordinación e inspección
de las unidades, instalaciones y servicios de la Agencia.
f) La gestión del archivo y registro de la AECID.
g) La gestión presupuestaria, de los ingresos y gastos, la realización de los cobros
y pagos y la gestión de la tesorería de la Agencia. Se incluyen aquí la elaboración del
anteproyecto de presupuestos y la cuenta anual de la AECID.
h) La gestión económico-financiera que le corresponda, en estrecha coordinación
con el resto de unidades gestoras.
i) El impulso de la transformación digital de la Agencia para una cooperación más
eficiente, sostenible y segura, incluyendo las funciones relacionadas con la elaboración
del Plan de Transformación Digital en el marco de la Comisión de Transformación Digital,
así como la colaboración en el desarrollo y ejecución de proyectos de transformación
digital e innovación tecnológica en el ámbito de la cooperación para el desarrollo
sostenible y la coordinación de la citada Comisión.
j) El análisis, diseño, desarrollo y mantenimiento de los servicios públicos digitales y
de las herramientas tecnológicas necesarias, incluida la gestión y dotación de medios
materiales, para la ejecución de los procesos propios de la Agencia, así como de la
innovación en la analítica de datos y explotación de información, incluyendo la
promoción, asesoramiento y formación en el ámbito de las tecnologías de la información
y las comunicaciones a todas las unidades de la AECID.
k) El seguimiento económico-financiero de los instrumentos y actuaciones de la
agencia y el impulso de la gestión de riesgos en la actividad de la agencia.
l) La implantación y seguimiento de un plan de identificación y clasificación de
riesgos legales y mecanismos de prevención, gestión, control y reacción, en el marco de
lo que disponga el contrato de gestión.
m) La organización, tramitación y producción normativa en el ámbito de la Agencia
y la gestión de la sede electrónica de la AECID.
n) La secretaría del Consejo Rector y de su Comisión Permanente.
ñ) Ejercer las potestades administrativas derivadas de las funciones de la Agencia,
de la gestión de los recursos y del personal de la Agencia, así como la gestión de los
asuntos horizontales que no se correspondan con competencias específicamente
atribuidas a otras unidades de la Agencia y las que le sean atribuidas por normas legales
o reglamentarias.
o) Las relaciones con los órganos de la Administración General del Estado
responsables del control y supervisión contable y administrativo.
p) El impulso y la promoción de mejoras de la calidad en la gestión, los
procedimientos de organización del trabajo y mecanismos de simplificación
administrativa y reducción de cargas.
q) Aplicar en su ámbito de actuación, aquellas medidas que se determinen con
carácter general para toda la organización relativas la promoción de la gestión del
conocimiento, innovación, calidad y mejora organizativa.
cve: BOE-A-2024-25789
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 298