Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo. Estatuto. (BOE-A-2024-25789)
Real Decreto 1246/2024, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal «Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298

Miércoles 11 de diciembre de 2024

Sec. I. Pág. 168353

principalmente en el ámbito de la Unión Europea y del sistema de las Naciones Unidas,
en coordinación con los órganos competentes del Ministerio de Asuntos Exteriores,
Unión Europea y Cooperación.
e) Promover y gestionar alianzas con la Comisión Europea y los organismos,
fondos e iniciativas multilaterales en el ámbito de la cooperación financiera para el
desarrollo sostenible, en coordinación con los órganos competentes del Ministerio de
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, así como con otros departamentos
ministeriales y organismos competentes en este ámbito. En este ámbito, promover la
realización de proyectos y programas conjuntos con otros actores bilaterales, europeos y
multilaterales, incluidas agencias de cooperación, fondos multilaterales y bancos de
desarrollo, en coordinación, en su caso, con la representación de España en dichos
organismos.
f) Realizar un adecuado seguimiento y, en su caso, evaluación de sus actuaciones
de cooperación, de acuerdo con los lineamientos de, y en coordinación con, la
Subdirección de Estrategia, Seguimiento y Calidad de la AECID y la Oficina de
Evaluación de la Cooperación Española.
g) Llevar a cabo un adecuado seguimiento de los riesgos financieros de las
operaciones y de la cartera en su conjunto.
h) Representar a la AECID en reuniones, foros e instituciones nacionales e
internacionales relacionados con las materias y funciones de su competencia.
i) Prestar apoyo y colaboración a los actores de otros departamentos ministeriales y
a otras administraciones públicas y organismos dependientes de las comunidades
autónomas y entidades locales, en materia de información sobre cooperación financiera
para el desarrollo sostenible.
j) Aplicar en su ámbito de actuación, aquellas medidas que se determinen con
carácter general para toda la organización relativas la promoción de la gestión del
conocimiento, innovación, calidad y mejora organizativa.
k) Realizar la gestión económica y presupuestaria de las actuaciones financiadas
con su presupuesto, en coordinación con la Secretaría General.
2. Las Subdirecciones dependientes de la Dirección de Cooperación Financiera y
Gerencia General del Fondo Español para el Desarrollo Sostenible tendrán las siguientes
funciones:
a) La Subdirección de Asociaciones Estratégicas y Créditos de Estado, a la que
corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en las letras a) a e) del apartado
anterior en el ámbito de las operaciones con el sector público de los países socios.
b) La Subdirección de Operaciones de Sector Privado, a la que corresponde el
ejercicio de las funciones enumeradas en las letras a) a e) del apartado anterior en el
ámbito de las operaciones de sector privado.
Artículo 24. Secretaría General.
La Secretaría General ejercerá las siguientes funciones:

a) La gestión y administración de recursos humanos, incluida la selección del
personal laboral, la gestión de la acción social y la formación de los recursos humanos,
bajo la supervisión de la persona titular de la Dirección de la Agencia y siguiendo los
criterios y directrices del Consejo Rector. Se incluyen aquí la propuesta de relación de
puestos de trabajo, la previsión de necesidades de recursos humanos, los procesos de
selección, provisión y movilidad del personal, la elaboración del convenio colectivo del
personal laboral, el diseño y actualización del sistema de evaluación del desempeño
para el personal de la AECID establecido en el artículo 48.4, la formación continua, el
régimen disciplinario y la prevención de riesgos laborales, así como el diseño de
mecanismos de colaboración con organismos internacionales y otras agencias de

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