Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo. Estatuto. (BOE-A-2024-25789)
Real Decreto 1246/2024, de 10 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal «Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 11 de diciembre de 2024

Sec. I. Pág. 168339

5. El régimen aplicable al Consejo Rector se ajustará a lo dispuesto en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre. El Consejo Rector adoptará un reglamento interno.
6. Corresponden al Consejo Rector las siguientes funciones:
a) Aprobar la propuesta del contrato de gestión de la AECID.
b) Aprobar los objetivos de la Agencia, el Plan de acción anual de la misma, así
como los criterios cuantitativos y cualitativos de evaluación de su cumplimiento y del
grado de eficiencia, en el marco del contrato de gestión.
c) Aprobar el anteproyecto de presupuestos de la Agencia, de conformidad con lo
establecido en el artículo 108 sexies.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre y, en su caso,
la contracción de obligaciones de carácter plurianual dentro de los límites establecidos
en el artículo 108 sexies.5 de la citada ley, y los que queden fijados en el contrato de
gestión. También le corresponde proponer al Ministerio de Hacienda, a iniciativa de la
Dirección, las variaciones presupuestarias cuya aprobación compete al titular del citado
Departamento ministerial, en aplicación de lo previsto en el artículo 108 sexies.3 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
d) Nombrar y separar a la persona titular de la Dirección, a propuesta de la persona
titular de la Presidencia.
e) Controlar la gestión de la Dirección y la exigencia a su titular de las
responsabilidades que procedan.
f) Realizar el seguimiento, la supervisión y el control superiores de la actuación de
la AECID.
g) Aprobar el informe anual de seguimiento del contrato de gestión.
h) Aprobar la Memoria Anual de la AECID y cuantos informes extraordinarios
considere necesarios sobre la gestión, valorando los resultados obtenidos y consignando
las deficiencias observadas.
i) Aprobar las cuentas anuales.
j) Aprobar la propuesta de la oferta anual de empleo de la AECID para su
integración, en su caso, en la oferta de empleo público estatal, así como los criterios de
selección del personal directivo y la relación de puestos de trabajo de la Agencia, a
propuesta de la Dirección, en el marco establecido por el contrato de gestión.
k) Aprobar la modificación de la adscripción de las unidades con nivel orgánico
inferior a la Subdirección entre las distintas direcciones de la Agencia y la Secretaría
General.
l) Dictar las normas internas de funcionamiento, desarrollo orgánico y de adopción
de acuerdos del propio Consejo Rector en lo no previsto en el presente Estatuto, de
acuerdo con la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
m) Designar a las personas integrantes de la Comisión Permanente y de la
Comisión de Control.
n) Acordar la celebración de contratos en los que es necesaria la solicitud de
autorización al Consejo de Ministros, cuando por su importe o características así se
establezca en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la
que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE de 26 de febrero de 2014.
ñ) Nombrar y cesar al personal directivo, a propuesta de la Dirección, salvo cuando
se trate de renuncias o desistimientos voluntarios, en cuyo caso sólo será necesaria
comunicación al Consejo Rector.
o) Establecer criterios y porcentajes del incentivo de rendimiento del personal
directivo que se establezcan por el Consejo Rector, a propuesta de los órganos
directivos de la Agencia Estatal, de acuerdo con el apartado 10 del artículo 108 quater.
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
p) Crear o participar en sociedades mercantiles o fundaciones, cuyo objeto sea
acorde con los objetivos de la AECID.
q) Aprobar la participación de la AECID en asociaciones al amparo del artículo 3 g)
de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
r) Aprobar el Código Ético de la AECID.

cve: BOE-A-2024-25789
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Núm. 298