Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. I. Disposiciones generales. Personal docente. Retribuciones. (BOE-A-2024-25791)
Orden EFD/1392/2024, de 9 de diciembre, por la que se actualizan para el año 2024 las retribuciones del personal docente y los conceptos incluidos en el Anexo V de los Presupuestos Generales del Estado del año 2023, prorrogados para el año 2024, referidos a la distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados ubicados en las Ciudades de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 298

Miércoles 11 de diciembre de 2024

Sec. I. Pág. 168398

La norma respeta, asimismo, el principio de proporcionalidad, puesto que no contiene
restricciones de derechos ni impone obligaciones a sus destinatarios, toda vez que,
como puede inferirse del análisis de su contenido, sólo se establece la regulación
imprescindible para alcanzar estrictamente los objetivos perseguidos.
A su vez, respeta el principio de eficiencia, al evitar cargas administrativas
innecesarias o accesorias, al tiempo que racionaliza en su aplicación la gestión de los
recursos públicos.
Observa el principio de seguridad jurídica, dado que se regula por el rango normativo
correspondiente y resulta coherente con el ordenamiento jurídico, en particular, con el
marco legal y reglamentario mencionado. En cuanto al principio de transparencia, esta
orden se ampara en las excepciones contempladas en los apartados 2 y 6 del artículo 26
de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, por tratarse de una norma de
contenido presupuestario.
En su virtud, dispongo:
Artículo único. Actualización del anexo V de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
De acuerdo con el artículo 6.7 del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que
se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y
sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas
urgentes en materia fiscal, energética y social, se actualizan, con efectos de 1 de enero
de 2024, las cuantías recogidas en el anexo V al que se refiere el artículo 13. Siete de la
Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023, prorrogados para 2024, relativo a los módulos económicos de distribución de
fondos públicos para sostenimiento de centros concertados ubicados en las ciudades
autónomas de Ceuta y Melilla.
Dichas cuantías quedan establecidas según se detalla a continuación:
«ANEXO V
Módulos económicos de distribución de fondos públicos para sostenimiento
de centros concertados ubicados en las Ciudades de Ceuta y Melilla
Conforme a lo dispuesto en el artículo único de esta orden, los importes anuales y
desglose de los módulos económicos por unidad escolar en los centros concertados
de los distintos niveles y modalidades educativas ubicados en las Ciudades de Ceuta y
Melilla, quedan establecidos, con efectos de 1 de enero de 2024, de la siguiente forma:
EDUCACIÓN INFANTIL.
Relación profesor / unidad: 1,17:1.
40.460,34

Gastos variables.

4.494,65

Otros gastos.

7.916,65

IMPORTE TOTAL ANUAL.

52.871,64

EDUCACIÓN PRIMARIA.
Relación profesor / unidad: 1,17:1.
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales.

40.460,34

Gastos variables.

4.494,65

Otros gastos.

7.916,65

IMPORTE TOTAL ANUAL.

52.871,64

cve: BOE-A-2024-25791
Verificable en https://www.boe.es

Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales.