Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2024-25759)
Resolución 420/38522/2024, de 3 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, para la realización de acciones conjuntas que impulsen la incorporación al ámbito laboral civil de personal militar.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 297
Martes 10 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 168137
aquellos puestos de trabajo en los que se especifique esta posibilidad, y de los que
resulten adjudicatarios, de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, previa
participación en la correspondiente convocatoria pública para la provisión de dichos
puestos, y previo cumplimiento de los requisitos que, en su caso, se puedan establecer
para este fin por el Ministerio de Defensa.
Undécimo.
Que la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) es la Asociación de
Entidades Locales de ámbito estatal con mayor implantación, constituida al amparo de lo
previsto en la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local, y declarada de utilidad pública por acuerdo del Consejo de
Ministros de 26 de junio de 1985, que agrupa a ayuntamientos, diputaciones, consejos y
cabildos insulares, y entre cuyos fines se encuentran la representación y defensa de los
intereses generales de los entes locales y la prestación, directamente o a través de
sociedades o de entidades, de toda clase de servicios a las corporaciones locales.
Duodécimo.
Que ambas partes consideran de interés establecer mecanismos que canalicen la
mutua colaboración y permitan un mejor aprovechamiento de los recursos dependientes
de cada una de ellas, para el desarrollo de actividades y proyectos de interés común,
destinados a lograr la incorporación al ámbito laboral civil de los militares de las Fuerzas
Armadas.
Por lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá
por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre el Ministerio de
Defensa (MINISDEF) y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), para
impulsar la incorporación al ámbito laboral civil del personal militar.
Para ello, en los términos que la normativa aplicable lo permita, se propiciará:
a) La valoración como mérito del tiempo de servicio prestado como militar
profesional en el acceso a las plazas de personal funcionario y laboral de las
corporaciones locales.
b) La reserva de plazas para los militares profesionales de tropa y marinería con
más de cinco años de servicios en las convocatorias de acceso a los cuerpos de Policía
Local, en la categoría de policía.
c) La participación de personal militar de carrera en las convocatorias públicas para
la provisión de puestos de personal funcionario.
Actuaciones del Ministerio de Defensa.
a) Promover y facilitar la formación específica de preparación para el acceso a las
convocatorias de los cuerpos de Policía Local.
b) Promover y facilitar la formación específica de preparación para el acceso a las
convocatorias de personal funcionario y laboral.
c) Difundir las convocatorias de oferta de empleo público que se produzcan en los
ayuntamientos de la FEMP a través de los medios internos de información del
MINISDEF.
d) Difundir las convocatorias públicas para la provisión de puestos de personal
funcionario.
cve: BOE-A-2024-25759
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 297
Martes 10 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 168137
aquellos puestos de trabajo en los que se especifique esta posibilidad, y de los que
resulten adjudicatarios, de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, previa
participación en la correspondiente convocatoria pública para la provisión de dichos
puestos, y previo cumplimiento de los requisitos que, en su caso, se puedan establecer
para este fin por el Ministerio de Defensa.
Undécimo.
Que la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) es la Asociación de
Entidades Locales de ámbito estatal con mayor implantación, constituida al amparo de lo
previsto en la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local, y declarada de utilidad pública por acuerdo del Consejo de
Ministros de 26 de junio de 1985, que agrupa a ayuntamientos, diputaciones, consejos y
cabildos insulares, y entre cuyos fines se encuentran la representación y defensa de los
intereses generales de los entes locales y la prestación, directamente o a través de
sociedades o de entidades, de toda clase de servicios a las corporaciones locales.
Duodécimo.
Que ambas partes consideran de interés establecer mecanismos que canalicen la
mutua colaboración y permitan un mejor aprovechamiento de los recursos dependientes
de cada una de ellas, para el desarrollo de actividades y proyectos de interés común,
destinados a lograr la incorporación al ámbito laboral civil de los militares de las Fuerzas
Armadas.
Por lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá
por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre el Ministerio de
Defensa (MINISDEF) y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), para
impulsar la incorporación al ámbito laboral civil del personal militar.
Para ello, en los términos que la normativa aplicable lo permita, se propiciará:
a) La valoración como mérito del tiempo de servicio prestado como militar
profesional en el acceso a las plazas de personal funcionario y laboral de las
corporaciones locales.
b) La reserva de plazas para los militares profesionales de tropa y marinería con
más de cinco años de servicios en las convocatorias de acceso a los cuerpos de Policía
Local, en la categoría de policía.
c) La participación de personal militar de carrera en las convocatorias públicas para
la provisión de puestos de personal funcionario.
Actuaciones del Ministerio de Defensa.
a) Promover y facilitar la formación específica de preparación para el acceso a las
convocatorias de los cuerpos de Policía Local.
b) Promover y facilitar la formación específica de preparación para el acceso a las
convocatorias de personal funcionario y laboral.
c) Difundir las convocatorias de oferta de empleo público que se produzcan en los
ayuntamientos de la FEMP a través de los medios internos de información del
MINISDEF.
d) Difundir las convocatorias públicas para la provisión de puestos de personal
funcionario.
cve: BOE-A-2024-25759
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.