Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-25773)
Resolución de 21 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Alfanar Energía España, SL, de autorización administrativa previa de la instalación eólica Pico de la Iglesia, de 84 MW de potencia instalada, y de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Burgos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 10 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 168241
Con fechas 29 de diciembre de 2021, 20 de enero de 2022 y 21 de abril de 2022, se
recibieron informes complementarios relativos a la primera tramitación realizada por la
Dependencia de Industria y Energía en Burgos.
Cuarto. Iniciación del trámite de evaluación de impacto ambiental y nueva solicitud de
autorización administrativa previa.
Con fecha 22 de diciembre de 2021 se remite a la Subdirección General de
Evaluación Ambiental (SGEA) dicho expediente para inicio del procedimiento de
evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Con fechas 28 de enero de 2022 y 26 de abril de 2022, se remitió la documentación
complementaria recibida por parte de la Dependencia de Industria y Energía, a fin de que
sea añadida al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria iniciado.
En el marco del trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria iniciado, con
fecha 30 de marzo de 2022, ha tenido entrada en el Registro de este Ministerio escrito
de Alfanar Energía España, SL, por el que presenta solicitud de modificación de
autorización administrativa previa para el parque eólico Pico de la Iglesia, de 84 MW, y
su infraestructura de evacuación hasta la red de transporte en los términos municipales
de Medina de Pomar, Valle de Losa, Merindad de Cuesta-Urria, Trespaderne y Valle de
Tobalina, en la provincia de Burgos.
En la citada solicitud de 30 de marzo de 2022, Alfanar Energía España pone de
manifiesto las siguientes modificaciones en el proyecto:
– Modificación de la potencia unitaria de los aerogeneradores, los cuales pasan a
ser de 6 MW, sin modificar ni sus dimensiones ni las coordenadas donde estaban
ubicados. Resultado de esta modificación, la instalación de referencia tendrá una
potencia instalada de 84 MW.
– Modificación del trazado de la LAT por incumplimiento ITC‐LAT‐07 en base a las
alegaciones de Fundación Oxígeno y Asociación Mesa Eólica Merindades de Burgos y
particulares y otras asociaciones que se han adscrito a estas alegaciones.
– Derivado de la modificación del trazado de la línea se propone la modificación de
la SET Pico de la Iglesia.
En relación a las modificaciones realizadas, Alfanar Energía España presenta nuevos
anteproyectos del parque eólico y de su infraestructura de evacuación, así como un
nuevo Estudio de Impacto Ambiental. En consecuencia, con fecha 12 de abril de 2022, la
Subdirección General de Energía Eléctrica remitió escrito a la Dependencia de Industria
y Energía de Burgos informando de que la nueva solicitud deberá ser sometida a trámite
de información pública y consultas.
Quinto. Segunda tramitación de la solicitud conforme al Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre.
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la nueva solicitud de
autorización administrativa previa, acompañada del proyecto y estudio de impacto
ambiental se somete a información pública, con la debida publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» y Boletín Oficial de las provincias afectadas, habiéndose solicitado
igualmente los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y
empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la
instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo, así como a los organismos
que deben presentar informe conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Con fecha 31 de octubre de 2022, se recibe el nuevo informe y el expediente de la
segunda tramitación de la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Burgos, complementado a su vez con fechas 10 de noviembre de 2022 y 29
de junio de 2023.
cve: BOE-A-2024-25773
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 297
Martes 10 de diciembre de 2024
Sec. III. Pág. 168241
Con fechas 29 de diciembre de 2021, 20 de enero de 2022 y 21 de abril de 2022, se
recibieron informes complementarios relativos a la primera tramitación realizada por la
Dependencia de Industria y Energía en Burgos.
Cuarto. Iniciación del trámite de evaluación de impacto ambiental y nueva solicitud de
autorización administrativa previa.
Con fecha 22 de diciembre de 2021 se remite a la Subdirección General de
Evaluación Ambiental (SGEA) dicho expediente para inicio del procedimiento de
evaluación de impacto ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Con fechas 28 de enero de 2022 y 26 de abril de 2022, se remitió la documentación
complementaria recibida por parte de la Dependencia de Industria y Energía, a fin de que
sea añadida al procedimiento de evaluación ambiental ordinaria iniciado.
En el marco del trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria iniciado, con
fecha 30 de marzo de 2022, ha tenido entrada en el Registro de este Ministerio escrito
de Alfanar Energía España, SL, por el que presenta solicitud de modificación de
autorización administrativa previa para el parque eólico Pico de la Iglesia, de 84 MW, y
su infraestructura de evacuación hasta la red de transporte en los términos municipales
de Medina de Pomar, Valle de Losa, Merindad de Cuesta-Urria, Trespaderne y Valle de
Tobalina, en la provincia de Burgos.
En la citada solicitud de 30 de marzo de 2022, Alfanar Energía España pone de
manifiesto las siguientes modificaciones en el proyecto:
– Modificación de la potencia unitaria de los aerogeneradores, los cuales pasan a
ser de 6 MW, sin modificar ni sus dimensiones ni las coordenadas donde estaban
ubicados. Resultado de esta modificación, la instalación de referencia tendrá una
potencia instalada de 84 MW.
– Modificación del trazado de la LAT por incumplimiento ITC‐LAT‐07 en base a las
alegaciones de Fundación Oxígeno y Asociación Mesa Eólica Merindades de Burgos y
particulares y otras asociaciones que se han adscrito a estas alegaciones.
– Derivado de la modificación del trazado de la línea se propone la modificación de
la SET Pico de la Iglesia.
En relación a las modificaciones realizadas, Alfanar Energía España presenta nuevos
anteproyectos del parque eólico y de su infraestructura de evacuación, así como un
nuevo Estudio de Impacto Ambiental. En consecuencia, con fecha 12 de abril de 2022, la
Subdirección General de Energía Eléctrica remitió escrito a la Dependencia de Industria
y Energía de Burgos informando de que la nueva solicitud deberá ser sometida a trámite
de información pública y consultas.
Quinto. Segunda tramitación de la solicitud conforme al Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre.
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la nueva solicitud de
autorización administrativa previa, acompañada del proyecto y estudio de impacto
ambiental se somete a información pública, con la debida publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» y Boletín Oficial de las provincias afectadas, habiéndose solicitado
igualmente los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y
empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la
instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo, así como a los organismos
que deben presentar informe conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Con fecha 31 de octubre de 2022, se recibe el nuevo informe y el expediente de la
segunda tramitación de la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Burgos, complementado a su vez con fechas 10 de noviembre de 2022 y 29
de junio de 2023.
cve: BOE-A-2024-25773
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Núm. 297