Ministerio de Hacienda. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2024-25710)
Resolución de 2 de diciembre de 2024, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de plazas de personal laboral fijo, fuera de convenio, con la categoría de Titulado Superior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 10 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 167945
derivadas de la calidad de la copia, se podrá solicitar de manera motivada el cotejo de
las copias aportadas por el interesado, para lo que se podrá requerir la exhibición del
documento o de la información original (artículo 28 de la LPACAP).
6.5 El Tribunal publicará en la sede del mismo, en el Punto de Acceso General
(http://administracion.gob.es) y en la página web de la AIReF (www.airef.es), así como
en cuantos lugares considere oportuno, la relación que contenga la valoración
provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la valoración obtenida
en cada uno de los méritos y la puntuación total. Las personas aspirantes dispondrán de
un plazo de cinco días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha
relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo, el Tribunal
publicará la relación con la valoración definitiva de la fase del concurso.
6.6 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la
acreditación del cumplimiento de los requisitos exigidos a las personas aspirantes, así
como la acreditación de su identidad. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno
de las personas aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la
convocatoria, previa audiencia al interesado o interesada, deberá proponer su exclusión
a la autoridad convocante.
6.7 Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o
de parto, alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar
algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del
proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas. La realización
de estas pruebas no podrá conllevar una demora que menoscabe el derecho del resto de
las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo
que deberá ser valorado por el Tribunal. En todo caso, la realización de las citadas
pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado
el proceso selectivo.
7.
Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizadas las fases de concurso y de oposición, el Presidente o Presidenta del
Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido,
al menos, la calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo, por orden de
puntuación total.
Esta relación se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», en la sede del Tribunal,
en el Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es) y en la página web de la
AIReF (www.airef.es), así como en cuantos lugares se considere oportuno, disponiendo
la primera persona aspirante de dicha relación, de un plazo de veinte días hábiles para la
presentación de la documentación necesaria para la formalización del contrato:
a) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
En el caso de ser nacional de otro Estado deberán presentar, además de la declaración
relativa al Estado español, declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
b) Declaración de no hallarse desempeñando ninguna otra actividad pública o
privada que pudiera requerir autorización o reconocimiento previo de compatibilidad.
c) Copia auténtica del título académico que se requiere para la obtención de la
plaza o certificación acreditativa de estar en condiciones de obtenerlo y de haberlo
solicitado. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la
credencial de su homologación o convalidación en su caso.
d) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o
psíquicas que le imposibiliten para el desempeño de las funciones del puesto, resultando
de aplicación lo previsto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre
de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de
cve: BOE-A-2024-25710
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 297
Martes 10 de diciembre de 2024
Sec. II.B. Pág. 167945
derivadas de la calidad de la copia, se podrá solicitar de manera motivada el cotejo de
las copias aportadas por el interesado, para lo que se podrá requerir la exhibición del
documento o de la información original (artículo 28 de la LPACAP).
6.5 El Tribunal publicará en la sede del mismo, en el Punto de Acceso General
(http://administracion.gob.es) y en la página web de la AIReF (www.airef.es), así como
en cuantos lugares considere oportuno, la relación que contenga la valoración
provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la valoración obtenida
en cada uno de los méritos y la puntuación total. Las personas aspirantes dispondrán de
un plazo de cinco días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha
relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo, el Tribunal
publicará la relación con la valoración definitiva de la fase del concurso.
6.6 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la
acreditación del cumplimiento de los requisitos exigidos a las personas aspirantes, así
como la acreditación de su identidad. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno
de las personas aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la
convocatoria, previa audiencia al interesado o interesada, deberá proponer su exclusión
a la autoridad convocante.
6.7 Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o
de parto, alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar
algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del
proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas. La realización
de estas pruebas no podrá conllevar una demora que menoscabe el derecho del resto de
las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo
que deberá ser valorado por el Tribunal. En todo caso, la realización de las citadas
pruebas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado
el proceso selectivo.
7.
Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizadas las fases de concurso y de oposición, el Presidente o Presidenta del
Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido,
al menos, la calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo, por orden de
puntuación total.
Esta relación se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», en la sede del Tribunal,
en el Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es) y en la página web de la
AIReF (www.airef.es), así como en cuantos lugares se considere oportuno, disponiendo
la primera persona aspirante de dicha relación, de un plazo de veinte días hábiles para la
presentación de la documentación necesaria para la formalización del contrato:
a) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
En el caso de ser nacional de otro Estado deberán presentar, además de la declaración
relativa al Estado español, declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
b) Declaración de no hallarse desempeñando ninguna otra actividad pública o
privada que pudiera requerir autorización o reconocimiento previo de compatibilidad.
c) Copia auténtica del título académico que se requiere para la obtención de la
plaza o certificación acreditativa de estar en condiciones de obtenerlo y de haberlo
solicitado. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la
credencial de su homologación o convalidación en su caso.
d) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o
psíquicas que le imposibiliten para el desempeño de las funciones del puesto, resultando
de aplicación lo previsto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre
de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de
cve: BOE-A-2024-25710
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Núm. 297